Ponencia para segundo debate, texto propuesto y texto definitivo aprobado en primer debate al Proyecto de ley número 472 de 2022 Cámara, 76 de 2021 Senado - 6 de Diciembre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 916321013

Ponencia para segundo debate, texto propuesto y texto definitivo aprobado en primer debate al Proyecto de ley número 472 de 2022 Cámara, 76 de 2021 Senado

Fecha de publicación06 Diciembre 2022
Número de Gaceta1602
Página 18 Martes, 6 de diciembre de 2022 G 1602
TEXTO DEFINITIVO APROBADO EN
PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE
LEY NÚMERO 161 DE 2022 CÁMARA
por medio de la cual se modica el Código Sustantivo
de Trabajo con el n de establecer la licencia
matrimonial.
(Aprobado en la sesión presencial del 23 de
noviembre de 2022, Comisión VII Constitucional
Permanente de la H. Cámara de Representantes,
Acta No. 22)
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por
objeto el otorgamiento de una licencia remunerada
para aquellas parejas que contraen matrimonio
o declaren judicialmente a través de escritura
pública o acta de conciliación la unión marital de
hecho.
Artículo 2°. Adiciónese un numeral al artículo 57
del Código Sustantivo del Trabajo, el cual quedará
así:
13. Licencia por matrimonio. Conceder al
trabajador o trabajadora que contraiga
matrimonio o haya declarado la unión marital
de hecho, de conformidad con el literal a)
del artículo 2° de la Ley 54 de 1990, una
licencia remunerada de tres (3) días hábiles
independiente del tipo de vinculación o el
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hacerse efectivo solamente durante los treinta
(30) días siguientes de haberse llevado a
cabo el matrimonio o haber sido declarada la
unión marital de hecho.
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antelación no menor a treinta (30) días calendario
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programar la fecha en la cual el trabajador o
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Los soportes válidos para el otorgamiento de la
licencia por matrimonio son el Registro Civil de
Matrimonio o la prueba declaratoria de la unión
marital de hecho en los términos exigidos por el
artículo 4° de la Ley 54 de 1990.
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este artículo serán también aplicables para los
trabajadores del sector público.
Parágrafo 2°. La licencia de matrimonio será
otorgada hasta por una única vez dos veces, bien
sea por el primer matrimonio o la declaración de
la unión marital de hecho, en tanto medie la misma
relación laboral.
Artículo 3°. La licencia por matrimonio y sus
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normas especiales que regulan las relaciones de esto
servidores, según el tipo de vinculación laboral que
los rigen.
Parágrafo 1°. Cuando en las Convenciones
Colectivas de Trabajo, Acuerdos Colectivos,
Pactos o Laudos Arbitrales, Reglamentos de
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establecidos en la presente ley, se entenderá que
aquellos tienen prevalencia a lo instituido en esta
disposición.
Artículo 4 °. Los contratistas que coticen como
independientes tendrán derecho a la licencia por
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artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo.
Artículo 5°. Vigencia. La presente ley entrará a
regir dos (2) años después de su promulgación.
* * *
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 472 DE 2022
CÁMARA, 76 DE 2021 SENADO
por medio de la cual se otorga cuota de sostenimiento
con cargo a la pensión del cónyuge culpable en el
divorcio, a favor del inocente.
Bogotá, D. C., noviembre de 2022
Doctor
AGMETH JOSÉ SCAF TIGERINO
Presidente Comisión Séptima Constitucional
Cámara de Representantes.
Asunto: Informe de ponencia para segundo
debate al Proyecto de ley número 472 de 2022
Cámara, 76 de 2021 Senado.
Respetado Presidente:
En cumplimiento al encargo que nos hiciera
la Mesa Directiva de la Comisión Séptima de la
Cámara de Representantes, y en desarrollo de lo
dispuesto en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5a
de 1992, nos permitimos rendir informe de ponencia
para segundo debate del Proyecto de ley 472 de
2022 Cámara, 76 de 2021 Senado, por medio de
la cual se otorga cuota de sostenimiento con cargo
a la pensión del cónyuge culpable en el divorcio, a
favor del inocente.
La presente ponencia se desarrollará de la
siguiente manera:
I. Trámite de la iniciativa
II. Antecedentes del proyecto de ley
III. Objeto y contenido del proyecto de ley
IV. Fundamentos constitucionales y legales
V. Derecho comparado

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