Ponencia para segundo debate al proyecto de ley orgánica 058 de 2010 cámara 141 de 2010 senado - 12 de Noviembre de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451390194

Ponencia para segundo debate al proyecto de ley orgánica 058 de 2010 cámara 141 de 2010 senado

PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA 058 DE 2010 CÁMARA, 141 DE 2010 SENADOpor la cual se dictan Normas Orgánicas de Ordenamiento Territorial

Bogotá, D. C.,

Doctor

BÉRNER ZAMBRANO ERASO

Presidente

Comisión Primera Constitucional Permanente

Honorable Cámara de Representantes

Ciudad.

Respetado señor Presidente:

En cumplimiento a la honrosa designación efectuada por la mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional permanente de la honorable Cámara de Representantes, nos permitimos rendir ponencia favorable para segundo debate al Proyecto de Ley Orgánica número 058 de 2010 Cámara, acumulado con el Proyecto de ley número 141 de 2010 Senado, por la cual se dictan normas orgánicas de ordenamiento territorial, en los siguientes términos:

1. TRAMITE DEL PROYECTO

El presente proyecto de ley orgánica fue presentado por el señor Ministro del Interior y de Justicia, recibido en la Comisión Primera Constitucional de la Cámara de Representantes el 25 de agosto de 2010, definiendo como ponentes a los honorables Representantes Victoria Eugenia Vargas Vives, Carlos Eduardo Hernández Mogollón, ponentes coordinadores, Adriana Franco Castaño, Efraín Antonio Torres Monsalvo, Jorge Enrique Rozo Rodríguez, Gustavo Hernán Puentes Díaz, Henry Humberto Arcila Moncada, Hernando Alfonso Prada Gil, Fernando de la Peña Márquez y Roosvelt Rodríguez Rengifo.

En cumplimiento del trámite legislativo y del principio de publicidad el proyecto de ley presentado por el señor Ministro del Interior y de Justicia fue publicado en la Gaceta número 537 de 2010.

El 2 de septiembre de 2010 se radicó en la Secretaría General del Senado de la República proyecto de ley de autoría del honorable Senador Javier Cáceres, por medio de la cual se dictan normas orgánicas del ordenamiento territorial y se dictan otras disposiciones, que en la misma fecha fue reseñado con el número 141 de 2010 Senado y repartido a la Comisión Primera Constitucional de esa honorable Corporación. Este proyecto fue publicado en la Gaceta número 592 de 2010.

Posteriormente y por disposición de la Presidencia de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, se celebraron audiencias públicas en las ciudades de Cartagena el 10 de septiembre de 2010, Cartago el 16 de septiembre de 2010, Manizales el 20 de septiembre de 2010, Medellín el 24 de septiembre de 2010 y Leticia, 30 de septiembre de 2010, con la participación de ciudadanía y diferentes estamentos regionales, públicos y privados.

Mediante Oficio número C.P.C.P. 3.1. - 274 - 2010 suscrito por el Secretario de la Comisión Primera Constitucional de la Cámara de Representantes, de fecha octubre 4 de 2010, se notificó a los Ponentes sobre la decisión adoptada por los señores Presidentes de la Cámara de Representantes y del Senado de la República, mediante Oficio número G.G.2. 1823 - 2010, relativa a la acumulación del Proyecto de ley número 141 de 2010 Senado, por medio de la cual se dictan normas orgánicas del ordenamiento territorial y se dictan otras disposiciones, al Proyecto de ley número 058 de 2010 Cámara, por la cual se dictan normas orgánicas de ordenamiento territorial.

Respecto de los proyectos de ley acumulados se precisa que el primero de ellos, radicado por el Gobierno Nacional en desarrollo del mandato constitucional relativo a la expedición de normas en materia de ordenamiento territorial, prevé la constitución de Regiones Administrativas y de Planificación y su conversión en Entidades Territoriales, con la proyección legislativa que por vía legal permita canalizar de mejor manera los recursos destinados a compensar a aquellas regiones que buscan integrarse en modelos asociativos de región y ser beneficiarias de los grandes proyectos de inversión de los recursos de regalías y de otras fuentes de inversión que provienen de la Nación y que pueden ser objeto de delegación específica de competencias.

A su vez el proyecto de iniciativa senatorial establecía los argumentos para considerar a la Región como Entidad Territorial, a través de la regulación de la conversión de las regiones administrativas y de planificación (RAP) en regiones entidades territoriales (RET), consultando la preceptiva establecida en el artículo 307 Constitucional y previendo que las regiones como entidades territoriales tengan los mismos derechos que el artículo 287 consagra para las demás entidades territoriales del país, especialmente de participar en los recursos corrientes de la nación y del fondo de regalías.

Los ponentes consideramos en su momento y con el debido respeto por la iniciativa acumulada, que la base para la discusión y aprobación del proyecto de ley debía ser el proyecto puesto a consideración de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, en atención a la identidad de propósito y al desarrollo dado en materia de trámite legislativo a través de Audiencias Públicas, incorporación de conceptos y aportes técnicos y a la dinámica de socialización y enriquecimiento de la propuesta en diversos foros, razón por la cual se acogió el texto presentado originalmente para su tramitación en esta Corporación, unificando como título el asignado a dicha iniciativa.

Junto con las propuestas, iniciativas y aportes recibidos en las audiencias públicas antes señaladas, se evaluaron e incluyeron en el informe de ponencia para primer debate los elementos de juicio y las recomendaciones de los miembros de la Comisión Especial de Seguimiento al Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial de la Cámara de Representantes, contenidos en el Concepto número CESPDOT 3.14.3.2.21-195/2010, de fecha octubre 6 de 2010, y se recepcionaron declaraciones, observaciones y conceptos de variados estamentos y representantes de lo local, lo municipal, lo metropolitano y lo departamental, también incorporados en lo pertinente. A este respecto obran en el expediente legislativo de la Comisión Primera Constitucional los documentos aportados por los Alcaldes de las Ciudades Capitales del Caribe, por el Departamento Administrativo de Planeación de la Gobernación de Antioquia y por la Federación Colombiana de Municipios, para su consulta.

La ponencia para primer debate en la honorable Cámara de Representantes fue publicada en la Gaceta 753 de 2010 y se sometió a consideración de la Comisión el día 13 de octubre de 2010, el texto propuesto fue aprobado con modificaciones según consta en el acta número 22 de esa misma fecha, con el objetivo de continuar su trámite reglamentario en la Plenaria de la Cámara. Dentro del debate en la Comisión Primera los integrantes de la Comisión presentaron constancias que han sido evaluadas por los ponentes para la integración del texto que conforma la presente ponencia.

El 5 de noviembre de 2010 se realizó en la ciudad de Cúcuta un foro con enfoque de desarrollo territorial y zonas de frontera, el cual contó con la asistencia de miembros de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, funcionarios del Gobierno nacional, autoridades departamentales y locales, representantes de la academia, de organizaciones civiles y representantes de la ciudadanía, del que surgieron aportes que han sido incorporados en lo pertinente al proyecto.

Los ponentes asignados para el segundo debate del proyecto de ley orgánica somos los honorables Representantes Victoria Eugenia Vargas Vives, Carlos Eduardo Hernández Mogollón, ponentes coordinadores, Adriana Franco Castaño, Efraín Antonio Torres Monsalvo, Jorge Enrique Rozo Rodríguez, Gustavo Hernán Puentes Díaz, Henry Humberto Arcila Moncada, Hernando Alfonso Prada Gil, Fernando de la Peña Márquez y Roosvelt Rodríguez Rengifo.

2. CONSIDERACIONES SOBRE EL PRIMER DEBATE EN LA COMISIÓN PRIMERA DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES

Durante la discusión del Proyecto de ley número 058 de 2010 Cámara, acumulado con el Proyecto de ley número 141 de 2010 Senado, en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, se presentaron proposiciones y constancias que dieron lugar a las siguientes modificaciones:

Se presentó proposición relativa al artículo 5°, según la cual se modificó el numeral 2 complementando la referencia al Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, como integrante de la Comisión de Ordenamiento Territorial, con la expresión ¿o quien haga sus veces¿ en consideración a la escisión de dicho Ministerio en los términos del Proyecto de ley 053 de 2010 Cámara, aprobado en Plenaria de esta Corporación y actualmente en curso en el Senado de la República.

Se presentó proposición relativa al artículo 5°, según la cual se modificó el numeral 9 incluyendo la expresión ¿quién¿ referida al Instituto Geográfico Agustín Codazzi, con el propósito de definir de manera expresa el carácter de sus actuaciones en el seno de la Comisión de Ordenamiento Territorial, y se eliminó la redacción final ¿en los casos que la COT lo requiera¿, para evitar dudas frente a la obligatoriedad de acudir al concepto técnico de esta entidad en las actuaciones de la Comisión.

Se presentó proposición para la eliminación del artículo 20 del proyecto de ley, referida a las Áreas Metropolitanas, en atención a que este recogía íntegramente la redacción contenida en el tercer inciso del artículo 15 que trata de las asociaciones de las áreas metropolitanas.

Se presentó proposición modificatoria al parágrafo 1º del artículo 37 del proyecto de ley que se refiere a desarrollo y armonización de la legislación territorial, estableciendo lo siguiente ¿El Gobierno Nacional presentará al Congreso en un período no superior a los 6 meses de la vigencia de la presente ley, los proyectos de ley sobre un código de régimen departamental, un código de régimen distrital y un código de régimen municipal que integre la legislación vigente sobre la materia¿.

Se presentó proposición modificatoria al segundo inciso del parágrafo 2º del mismo artículo 37 del proyecto de ley, para incluir junto a los ya previstos representantes de las comunidades indígenas, a los representantes de otras comunidades...

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