Ponencia primer debate (segunda vuelta) al proyecto de acto legislativo 123 de 2010 cámara 13 de 2010 senado - 24 de Mayo de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451398726

Ponencia primer debate (segunda vuelta) al proyecto de acto legislativo 123 de 2010 cámara 13 de 2010 senado

PONENCIA PRIMER DEBATE (SEGUNDA VUELTA) AL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO 123 DE 2010 CÁMARA, 13 DE 2010 SENADOpor el cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones.

Bogotá, D. C., 24 de mayo de 2011

Doctor

BÉRNER ZAMBRANO ERAZO

Presidente Comisión Primera

Honorable Cámara de Representantes

Ciudad

Ref.: Proyecto de ley número 123 de 2010 Cámara, 13 de 2010 Senado, por la cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y compensaciones.

Respetado Presidente Zambrano:

Atendiendo la honrosa designación hecha por usted de conformidad con el Acta número 006 de la Mesa Directiva de la Comisión Primera Constitucional de la honorable Cámara de Representantes y con base en lo establecido en los artículos 144, 150 y 156 de la Ley 5ª de 1992, nos permitimos rendir informe de ponencia para primer debate segunda vuelta al Proyecto de ley número 123 de 2010 Cámara, 13 de 2010 Senado, por la cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y compensaciones, en los siguientes términos:

1. ANTECEDENTES DEL PROYECTO

Por intermedio de los señores Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía, el Gobierno Nacional presentó a consideración del Congreso un proyecto de Acto Legislativo para reformar los artículos 360 y 361 constitucionales y crear el Sistema General de Regalías.

Razones de equidad regional e intergeneracional; de estabilización del gasto público de las entidades territoriales; de financiación ¿parcial- de las pensiones territoriales; de control de la inflación y del manejo de las divisas para neutralizar la revaluación del peso y la consiguiente pérdida de competividad internacional de la economía colombiana; de redistribución de la riqueza nacional disponiendo de mayores recursos para las comunidades más pobres y marginadas; de fomento de la competitividad regional incentivando las asociaciones de las entidades territoriales para la ejecución de proyectos de gran impacto socioeconómico; y transversal a todas las anteriores, de fortalecimiento de la ciencia, innovación y tecnología como soporte de un desarrollo con redistribución del ingreso sostenible en el mediano y largo plazo; son, entre otras, las razones expuestas por el Gobierno Nacional para justificar una nueva propuesta de redistribución de las regalías y compensaciones originadas por la explotación de los recursos naturales no renovables, atendiendo a la titularidad que tiene el Estado como propietario de estos.

Discutido y aprobado en primer y segundo debate por el Senado, se le introdujeron al Proyecto de Acto Legislativo una serie de modificaciones, especialmente en lo relacionado con el número de Fondos, quedando los de Ahorro y Estabilización, de Compensación Regional, de Desarrollo Regional, el de Ciencia, tecnología e Innovación, el de Participación de Entidades Productoras y el de Ahorro...

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