Resolución número 15-000-0172-2010, por medio de la cual se ordena la inscripción en el Catastro de todos los predios urbanos y rurales del municipio de Tutazá y se determina su vigencia. - 17 de Diciembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 233489455

Resolución número 15-000-0172-2010, por medio de la cual se ordena la inscripción en el Catastro de todos los predios urbanos y rurales del municipio de Tutazá y se determina su vigencia.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47926
10
DIARIO OFICIAL
Edición 47.926
Viernes, 17 de diciembre de 2010
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución SSPD 006229 del 29 de agosto de 2001 se ordenó la liquidación
de las Empresas Públicas Municipales de Caucasia ESP.
Que mediante Resolución SSPD 20101300024705 del 21 de julio de 2010, se amplió el plazo
para la culminación del proceso liquidatorio de las Empresas Públicas Municipales de Caucasia
ESP hasta el día 31 de diciembre de 2010.
Que el liquidador de las Empresas Públicas Municipales de Caucasia ESP en Liquidación,
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cia el 8 de diciembre de 2010 bajo el número SSPD 2010529063382-2, solicitó la ampliación
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pensionales a cargo de la liquidación, así como el cierre contable y la rendición de cuentas a los
acreedores con su respectivo traslado.
De acuerdo a lo anterior
RESUELVE:
Artículo 1°. Ampliar el plazo de la liquidación de las Empresas Públicas de Caucasia ESP
en Liquidación, hasta el día 18 de abril de 2011.
Artículo 2°. Comunicar el contenido de la presente resolución al liquidador de las Empresas
Públicas de Caucasia ESP en Liquidación.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
èpignc"Rcvtkekc"Tqlcu Combariza.
(C. F.).
RESOLUCIÓN NÚMERO SSPD-20104400016135 DE 2010
(mayo 13)
por la cual se resuelve un recurso de reposición.
Expediente: 2007440350600008E
RESUELVE:
Artículo 1°. Revocar el artículo 3° de la Resolución SSPD 20104400005345 del 19 de
febrero de 2010 proferida por la Superintendente Delegada para Acueducto, Alcantarillado y
Aseo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución.
Artículo 2°. En los demás términos, la Resolución SSPD 20104400005345 del 19 de febrero
de 2010 se mantiene incólume.
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doctor Jimmy García Villalobos, en calidad de apoderado de la Empresa Cerros de Yerbabuena
S. A., o a quien haga sus veces, quien puede ser citado en la Cra. 13 A N° ;3/75"QÝekpc"324"fg"
la ciudad de Bogotá, D. C., haciéndole entrega de una copia de la misma, y advirtiéndole que
contra esta resolución no procede recurso alguno.
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del Código Contencioso Administrativo.
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Calvo, en calidad de apoderado de la Asociación de Usuarios Prestadora de Servicios Públicos
(Progresar E.S.P.) o a quien haga sus veces, quien puede ser citado en el Centro Comercial Centro
Chía Local 2011 del municipio de Chía (Cundinamarca), haciéndole entrega de una copia de la
misma, y advirtiéndole que contra esta resolución no procede recurso alguno.
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del Código Contencioso Administrativo.
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del Grupo de Pequeños Prestadores de la Superintendencia Delegada, para lo de su competencia.
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Publíquese, notifíquese, comuníquese y cúmplase.
La Superintendente de Servicios Públicos,
Evamaría Uribe.
(C. F.).
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
Instituto Colombiano Agropecuario
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 004113 DE 2010
(diciembre 15)
por medio de la cual se levanta la suspensión en el municipio de Cubará (Boyacá) y se amplía el
término para la realización del segundo ciclo de vacunación contra la Fiebre Aftosa y la Brucelosis
Bovina en la Zona de Alta Vigilancia (ZAV) de este municipio y del departamento de Arauca.
La Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en ejercicio de sus
atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 6° de la Ley 395 de 1997, el
artículo 4° del Decreto 3761 de 2009 y el literal a) del artículo 4° del Decreto 1840 de 1994, y
CONSIDERANDO:
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Resolución 380 de 2010 es-
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el Sinigán en la Zona de Alta Vigilancia (ZAV), así mismo determinó que el procedimiento de
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El ICA a través de la Resolución 3420 de 2010 estableció como segundo ciclo de vacunación
contra la Fiebre Aftosa y la Brucelosis Bovina el período comprendido entre el 2 de noviembre
y el 16 de diciembre de 2010.
La Federación Colombiana de Ganaderos Fedegan-FNG solicitó al ICA la prolongación del
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17 de diciembre de 2010 hasta el 29 de enero de 2011, teniendo en cuenta que las actividades
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al de la vacunación y que a la fecha de un inventario de alrededor de 260.000 animales, faltan
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promedios de 3.200 animales día.
En virtud de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1°. Qdlgvq. Levántese la suspensión en el municipio de Cubará (Boyacá) y amplíese
hasta el 29 de enero de 2011 el término para la realización del segundo ciclo de vacunación contra
la Fiebre Aftosa y la Brucelosis Bovina en la Zona de Alta Vigilancia (ZAV) de este municipio
y del departamento de Arauca.
Artículo 2°. Xcewpcek„p"g"kfgpvkÝecek„p0 Durante el período establecido en el artículo 1° de
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total de la población bovina y bufalina en la ZAV.
Artículo 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2010.
La Gerente General,
Teresita Beltrán Ospina.
(C. F.).
Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Territorial Boyacá
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 15-000-0171-2010
(diciembre 13 )
por medio de la cual se ordena la inscripción en el Catastro de todos los predios
urbanos y rurales del municipio de Pisba y se determina su vigencia.
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CONSIDERANDO:
Que con fundamento en los artículos 3°, 4° y 5° de la Ley 14 de 1983; el artículo 74 de la
Ley 75 de 1986, los artículos 87 y 91 de la Resolución 2555 de 1988 y la Ley 223 de 1995,
artículo 90 parágrafo 1°, el Director de la Territorial de Boyacá, expidió la Resolución número
15-000-0017-2010 (marzo 5), por medio de la cual se ordenó la Actualización de la Formación
Catastral zonas Urbana y Rural del municipio de Pisba.
Qué los trabajos ordenados en el artículo 31 de la Resolución número 2555 de 1988, y la
Resolución 133 de 1994, relacionados con el reconocimiento predial y el estudio de las zonas
Homogéneas Geoeconómicas fue incluido y se dictó la Resolución número 15-000-0168-2010
(diciembre 13), por la cual se aprueba dicho estudio e igualmente el valor unitario de los diferentes
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Que en virtud de lo anterior y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8° de la
Ley 14 de 1983 y el artículo 7° de la Resolución 2555 de 1988,
RESUELVE:
Artículo 1°. Ordenar a partir de la fecha de la presente providencia, la inscripción de los
predios urbanos y rurales del municipio de Pisba (Boyacá) cuyos datos aparecen en el listado
de propietarios y predios.
Artículo 2°. Determinar que los avalúos resultantes de la Actualización de la Formación
Catastral del municipio de Pisba zonas urbana y rural, entren en vigencia a partir del 01-01-2011.
Artículo 3°. Remitir copia de la presente Providencia a la Alcaldía Municipal de Pisba.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Tunja, a los trece (13) días del mes de diciembre de dos mil diez (2010).
El Director Territorial Boyacá (e),
Hernando Losada Cedeño.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0174661. 15-XII-2010.
Valor $233.800.
RESOLUCIÓN NUMERO 15-000-0172-2010
(diciembre 13)
por medio de la cual se ordena la inscripción en el Catastro de todos los predios urbanos y
rurales del municipio de Tutazá y se determina su vigencia.
Gn"uwuetkvq"Fktgevqt"*g+"fgn"Kpuvkvwvq"IgqitƒÝeq"Ciwuvp"Eqfc¦¦k"Vgttkvqtkcn"Dq{ceƒ."gp"wuq"
fg"uwu"hcewnvcfgu"ngicngu"{"gp"gurgekcn"ncu"swg"ng"eqpÝgtg"gn"ctvewnq";3"fg"nc"Tguqnwek„p"p¿ogtq"
4777"fg"3;::"gocpcfc"fg"nc"Fktgeek„p"Igpgtcn"fgn"Kpuvkvwvq"IgqitƒÝeq"Ciwuvp"Eqfc¦¦k."{
CONSIDERANDO:
Que con fundamento en los artículos 3°, 4° y 5° de la Ley 14 de 1983; el artículo 74 de la
Ley 75 de 1986, los artículos 87 y 91 de la Resolución 2555 de 1988 y la Ley 223 de 1995,

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