Presentación - - - Los tributos territoriales en el ordenamiento jurídico colombiano - Libros y Revistas - VLEX 950069635

Presentación

AutorJulio Roberto Piza Rodríguez
Páginas21-24
21
presentacin
Los tributos territoriales en el ordenamiento jurídico colombiano es resultado
del proyecto “Dogmática del Derecho Tributario”, del Centro de Estudios
Fiscales, desarrollado en el marco de la Línea de Investigación “Análisis Crí-
tico de las fuentes del Derecho Tributario”, de la cual resultó la Colección
Derecho Tributario discutida y revisada dentro del seminario profesoral
Aurelio Camacho Rueda, y que se publica en homenaje al Maestro Fernando
Hinestrosa Forero, quien impulsó de forma decidida y generosa la creación
de este escenario de discusión, así como el mantenimiento de una carrera
académica y profesoral en el Área de Derecho Fiscal en la Universidad
Externado de Colombia.
El punto de partida de la presente investigación fue la vocación des-
centralista contenida en la Constitución Política de Colombia de 1991
que ha generado varios debates jurídicos sobre la necesidad de un sistema
tributario consolidado. Sin embargo, pese a dicha voluntad política, y a la
urgente necesidad de modernizar el régimen tributario de las entidades
territoriales, en pleno año 215 este aún adolece de las mismas y serias
debilidades representadas en su precariedad y dispersión normativa, lo
cual deja su aplicación a la labor hermenéutica de las autoridades o de los
sujetos obligados.
A lo anterior se suma la circunstancia de que el área tributaria es una
de las más litigiosas tanto en el control constitucional ejercido sobre las
leyes que establecen y regulan los tributos territoriales, como en el control
de legalidad de los actos administrativos que las desarrollan en sus juris-
dicciones, y en las relaciones entre las autoridades y los sujetos obligados
en virtud de las acciones de nulidad y de restablecimiento del derecho.
Adicionalmente, la mayoría de las administraciones locales carecen de
un aparato administrativo con capacidad para gestionar adecuadamente los
impuestos a su cargo, de manera que el espacio para la evasión, la elusión
y la cartera morosa es muy amplio.
Otra de las causas de este ambiente jurídico es que la Constitución de
1991 exige que sea el legislador quien determine de manera directa los
elementos de la obligación tributaria, pero las normas que rigen nuestro
sistema impositivo territorial son en ocasiones anteriores a nuestra Carta
Política, circunstancia que hace de estas herramientas precarias que no
garantizan certeza e igualdad al momento de su aplicación; por tanto, las

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