PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Directiva presidencial número 03 de 2011 - 13 de Enero de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 242552903

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Directiva presidencial número 03 de 2011

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín47951

NUMERO 03 DE 2011 Que entre las entidades y organismos de que trata el inciso anterior se encuentran: el Ministerio del Interior y de Justicia, la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional - Accion Social y las gobernaciones y alcaldias.

Que es necesario definir un procedimiento para realizar el mencionado registro de damnificados, por lo cual a continuacion se indica el que deberan observar tales entidades en lo que les corresponda: 1. El Departamento Administrativo Nacional de Estadistica, DANE, diseñara y entregara a las Gobernaciones que reporten municipios con poblacion afectada, los formularios e instructivos para el Registro Unico de Damnificados por Emergencia Invernal 2010 - 2011.

  1. Las Gobernaciones deberan distribuir los formularios a las alcaldias de los municipios afectados en su jurisdiccion, de acuerdo con los reportes entregados a la Direccion de Gestion del Riesgo del Ministerio del Interior y de Justicia. Por cada hogar afectado se diligenciara un formulario de conformidad con las instrucciones impartidas por el DANE.

  2. Las alcaldias se responsabilizaran del diligenciamiento de los formularios con el apoyo de los funcionarios de Accion Social y/o entidades sociales territoriales que sean capacitados por el la de fijar las politicas DANE. La fecha limite de la etapa de diligenciamiento es el 15 de marzo de 2011. Los formularios diligenciados deberan ser enviados a su respectiva gobernacion, mediante oficio firmado por el alcalde.

  3. Los alcaldes al termino del registro en cada municipio, segun lo definido en esta directiva, deben generar un Acta Oficial de Cierre del Registro en el cual se certifique la fecha de cierre y el numero total de damnificados registrados, la cual debidamente firmada sera enviada al gobernador con copia a la sede Territorial del DANE, de acuerdo con la siguiente distribucion: Los departamentos de La Guajira, Magdalena, Bolivar, Atlantico, San Andres y Providencia y Sucre a la Territorial Norte, con sede en Barranquilla, ubicada en la Calle 72 N° 58 - 65. Primero y segundo Piso, Edificio Centro 72, Barrio Prado.

    Los departamentos de Santander, Norte de Santander y Arauca a la Territorial Centro Oriente, con sede en Bucaramanga, ubicada en la Avenida Quebradaseca N° 30 - 12, Piso 4.

    Los departamentos...

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