Resolución Número 2073 de 2008, octubre 2, por la cual se procede a hacer uso de la modalidad de Selección de Contratación Directa - 2 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47000349

Resolución Número 2073 de 2008, octubre 2, por la cual se procede a hacer uso de la modalidad de Selección de Contratación Directa

EmisorEstablecimientos Públicos - Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia
Número de Boletín47137

El Director General del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia,en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las que le confiere la Ley 1150 de 2007, el artículo 77 del Decreto 2474 de 2008, y CONSIDERANDO: Primero.

Que mediante Decreto-ley 1586 del 18 de julio de 1989 se ordenó la liquidación de la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia.

Segundo.

Que en su artículo 25 dispuso que los bienes de la empresa Ferrocarriles Nacionales de Colombia podrán ser transferidos a título gratuito al Fondo que se cree para atender el pasivo social al cual se refiere el artículo 7° de la Ley 21 de 1988, para que este los comercialice con dicho fin.

Tercero.

Que mediante Decreto número 1591 de julio 18 de 1989 se creó el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia y, de acuerdo con lo establecido en su artículo 11 literal c), el patrimonio del Fondo de Pasivo Social estará integrado entre otros por los bienes y Derechos que con ocasión de la liquidación de Ferrocarriles Nacionales de Colombia sean transferidos al Fondo.

Cuarto.

Que el Alcalde Municipal de Paipa (Boyacá), de acuerdo con el Oficio 100 Radicado número A.

M 711 de fecha 23 de julio de 2008 fue recibido en la dependencia de correspondencia con el número 026388 de fecha veintitrés (23) de junio de 2008, presentó solicitud para suscribir Contrato de Comodato de cuatro (4) carrotanques y un (1) coche.

Quinto.

Que en el oficio 100-Radicado número A.

M 711 de fecha 23 de julio de 2008 el señor Jorge Alberto Herrera Jaime, en su calidad de Alcalde del Municipio de Paipa (Boyacá) manifiesta que la destinación de los bienes muebles objeto del presente Contrato Interadministrativo de Comodato consiste en dar desarrollo a un proyecto de tren turístico en el departamento de Boyacá.

Sexto.

Que el Fondo considera viable acceder a la petición del Alcalde Municipal de Paipa (Boyacá), frente a los siguientes bienes muebles: [VER TABLA EN PDF ADJUNTO] Séptimo.

Que de conformidad con el literal l) del artículo del Decreto 1591 de 1989, en concordancia con el literal i) del artículo 15 del Decreto 1435 de julio 5 de 1990, facultan al Director General del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, para administrar los bienes que forman parte de su patrimonio.

Octavo.

Que mediante Oficio DG-1410 de fecha 25 de julio de 2008 el doctor Pedro Pablo Cadena Farfán, Director del Fondo de Pasivo...

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