El procedimiento por admisión de los hechos
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El procedimiento
por admisión de los hechos
(Allanamiento a la im putación)
A la Dra. Raquel ,
con el cariño, respeto y la a dmiración de siempre.
establecida en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal,
constituye lo que en otras legislaciones, se denomina el allanamiento
a la imputación (Colombia), institución que está regulada en el Título
IV del Libro Tercero de los Procedimientos Especiales, cuyos
antecedentes se ubican en el Plea Guilty americano y lo que en España
se menciona como “Conformidad”, aunque la aplicación de ambos
procedimientos son disímiles a la situación procesal venezolana que
instauraba el denominado procedimiento de Corte de la Causa en
Providencia (artículos 9º al 11º) que conforme al artículo 235 del otrora
Código de Enjuiciamiento Criminal, facultaba al reo, para solicitar en
el acto de cargos, previo acuerdo con su defensor y después de
reconocer su culpabilidad, el tribunal, según los cargos formulados
por el Ministerio Público, lo acordaba imponiéndole al justiciable
menor pena o la conversión de la misma, en amonestación o el
apercibimiento que contempla el Código Penal, y se consultaba al
tribunal superior antes de ser ejecutada. Para el jurista y profesor,
Numa Humberto 1, la admisión de los hechos,
es “aquella manifestación personal, libre y espontánea del imputado,
formulada ante el Juez Competente, en virtud de la cual admite su
autoría o participación en la comisión de un hecho que la ley calica
1 Numa Humbe rto. El Procedimie nto por Admisión de los
Hechos en el Nuevo Có digo Orgánico Procesal Penal. Valencia – Edo. Car abobo.
Venezuela: Editado por Imp resos Edumar, s.r.l., 1998, p. 17.
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