Del proceso administrativo y contencioso administrativo - Derecho procesal administrativo - Libros y Revistas - VLEX 940526675

Del proceso administrativo y contencioso administrativo

Páginas215-215
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Los procesos contenciosos, implican una serie de actuaciones ante la
jurisdicción; pero que, no solo se determinan por trámites ante los jueces
administrativos en sentido genérico, sino que, por el contrario, se deben
tener en cuenta las actuaciones surtidas a nte la propia Administración, como
requisito para poder al proceso contencioso288.
En el derecho español, por ejemplo, el recurso contencioso administrativo
es procedente en relación con actuaciones administrativas, al igual que contra
la inactividad de las administraciones públicas289
del ordenamiento jurídico francés, donde este procedimiento contencioso es
el resultado de controvertir actuaciones de la Administración, lo que lleva
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el estudio de los litigios suscitados por la acción administrativa290.
En esta medida, es pertinente hacer un análisis de las actuaciones surtidas
ante las entidades públicas, para poder abordar el estudio de las actuaciones
típicamente jurisdiccionales; siendo las primeras, requisito para acudir a la
jurisdicción, en cuanto a que las controversias surtidas, devienen de las decisiones
administrativas, producto de un procedimiento igualmente administrativo;
por esta circunstancia, el nuevo CPACA ha establecido unos requisitos de
procedibilidad para acudir a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo,
los cuales se surten fundamentalmente ante las autoridades administrativas291.
288 El agotamiento de la vía adm inistrativa, es una clar a muestra de la necesidad de sur tir
trámites ad ministrativos previos, para acudi r a la jurisdicción contenciosa.
289 La Ley 29 de 1998, reguladora de la Jurisdicción C ontencioso Administrativa espa-
ñola, así lo prevé cuando e n el artículo 25 dice:
“1. El recurso contencioso administrativo es admisible en relación con las disposi-
ciones de carácter general y co n los actos expresos y presuntos de la Adminis tración
públicaque pongann alavía administrat iva,ya seandenit ivosode trámite, si
estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la
imposibilidad de continua r el procedimiento, producen indefensión o per juicio irre-
parable a derechos o intereses leg ítimos.
2. También es admisible el recurso contra la i nactividad de la Administ ración y contra
sus actuaciones mat eriales que constituyan vía de hecho, en los té rminos establecidos
en esta Ley”.
290 Así lo plantea    omin ique. Contenctieux administrat if, 3a. ed., París: Editorial
Hachette, 2005, p. 5.
291 El artículo 161 de la Ley 1437 de 2011 establece los requisitos previos para de mandar,
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control, incluyendo además las que t ienen un carácte r constitucional.

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