Secretaría de Hacienda del Departamento de Cundinamarca La Profesional Universitaria de la Dirección de Pensiones de la Secretaría de Hacienda del Departamento de Cundinamarca, hace saber que el día 6 de mayo de 2012, falleció Libia María Parra de Bello.
Emisor | Varios |
Número de Boletín | 48462 |
51
Edición 48.462
Viernes, 15 de junio de 2012 D I A R I O O F I C I A L
Artículo 37. Vigencia y derogatorias. Esta resolución regirá a partir de su publicación
en el y deroga la Resolución 5630 de 27 de diciembre de 2004 y todas las
Dada en Bogotá, D. C., a 14 de junio de 2012.
La Contralora General de la República,
Sandra Morelli Rico.
Agencia Presidencial de Cooperación Internacional
de Colombia (APC), Colombia
Acuerdos
ACUERDO NÚMERO 05 DE 2012
(junio 8)
criterios para la asignación de prima técnica en la Agencia Presidencial de Cooperación
El Consejo Directivo de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Co-
lombia (APC), Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las conferidas
en el Decreto 1661 de 1991 y en los artículos 7° y 8° del Decreto 2164 de 1991, y
CONSIDERANDO:
-
diante el cual se establecen los criterios para la asignación de prima técnica en la Agencia
Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC), Colombia.
Que el Presidente de la República, mediante Decreto 1164 del 1° de junio de 2012,
reglamentó el otorgamiento de la prima técnica por evaluación del desempeño.
lo reglamentado en el mencionado decreto.
En mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 9
-
noventa por ciento (90 %), como mínimo, del total de la evaluación del desempeño, corres-
pondiente a un período no inferior a tres (3) meses en el ejercicio del cargo en propiedad.
del interesado, previa evaluación de los criterios con base en los cuales fue otorgada. Los
administrativo.
Artículo 2°. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Dado en Bogotá, D. C., a 8 de junio de 2012.
El Presidente Consejo Directivo,
Luis Armando Soto Boutin.
La Secretaria Técnica,
María Andrea Albán Durán.
(C. F.).
(junio 8)
El Consejo Directivo de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Co-
del Decreto 4152 de 2011,
ACUERDA:
para el Desarrollo (PNUD). En el caso de contratos para ejecutar cooperación sur - sur y
triangular, se aplicarán las tarifas acordadas en la negociación de los mismos.
Artículo 2°. El presente acuerdo rige a partir de su expedición.
Dado en Bogotá, D. C. a 8 de junio de 2012.
El Presidente Consejo Directivo,
Luis Armando Soto Boutin.
La Secretaria Técnica,
María Andrea Albán Durán.
(C. F.).
Secretaría de Hacienda del Departamento
de Cundinamarca
EDICTO EMPLAZATORIO
La Profesional Universitaria de la Dirección de Pensiones de la Secretaría de Hacienda
del Departamento de Cundinamarca,
HACE SABER:
Cundinamarca, y a reclamar el reconocimiento y pago de la Pensión de Sobrevivientes se
313275, en calidad de cónyuge supérstite de la pensionada.
-
la Ley 1204 de 2008.
La Profesional Universitaria,
Silvia Janeth Cortés Jaramillo.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21201033. 14-VI-2012. Valor $32.200.
Fondo Nacional de Prestaciones Sociales
del Magisterio
EDICTOS
El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio,
AVISA:
Villavicencio (Meta) en calidad de esposa, ha solicitado al Fondo Prestacional del magisterio
de Bogotá, D. C., mediante radicado E-2012-85355 del 7 de mayo de 2012, el reconoci-
deberá hacerlo valer ante el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio de Bogotá, D.
segundo aviso, respectivamente.
Segundo aviso.
La Profesional Universitaria Fondo Prestacional del Magisterio de Bogotá, D. C.,
Luz Elena Cortés Castellanos.
Radicación: S-2012
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21200957. 30-V-2012. Valor $32.200.
El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio,
AVISA:
52600238 de Pacho (Cundinamarca) en calidad de compañera permanente y representante
identidad número 1010109863 en calidad de hija, ha solicitado al Fondo Prestacional del
Magisterio de Bogotá, D. C., mediante radicado E-2012-95570 del 25 de mayo de 2012,
Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio de Bogotá, D. C., dentro de los treinta (30)
Segundo aviso.
La Profesional Universitaria Fondo Prestacional del Magisterio de Bogotá, D. C.,
Luz Elena Cortés Castellanos.
Radicación: S-2012-77415
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21200962. 30-V-2012. Valor $32.200.
El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio,
AVISA:
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