Prólogo - - - 30 años del proceso constituyente y la constitución de 1991: pasado, presente y futuro - Libros y Revistas - VLEX 940462691

Prólogo

AutorAllan R. Brewer-carías
Cargo del AutorProfesor Emérito, Universidad Central de Venezuela, Profesor Honorario, Universidad del Rosario
Páginas25-69
P
E P C C
 1990     
P C P
P  L
30 A  P C  
C  1991. P, P 
F
A R. B- 
Profesor Emérito, Universidad Central de Venezuela

INTRODUC CIÓN
Se ha dicho que el proceso constituyente de Colombia dio inicio en
América Latina a lo que ha dado por llamarse, por algunos, como el
“nuevo constitucionalismo latinoamericano,” el cual luego se manifestaría
en Venezuela, Ecuador y Bolivia, consistente en la convocatoria, luego de
una consulta popular, de una Asamblea Constituyente no reguladas en las
Constituciones respectivas1, que luego asumieron el poder total, como poder
constituyente originario, desplazando a los poderes constituidos.
En mi criterio, esta apreciación, además de simplista, ubica en una misma
categoría a procesos constituyentes radicalmente distintos, que no pueden
1 Véase  Roberto. “Los procesos constituyentes latinoamericanos y el nuevo
paradigma constitucional,” en , Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla,
No 25, Verano 2010, pp. 12, 16, 17.
26    
confundirse, siendo el caso colombiano único entre los procesos constituyentes
de los últimos treinta años en América Latina, el cual solo podría encontrar
parangón político con el proceso constituyente que en 2021 ha comenzado a
tener lugar en Chile.
Y ese particularismo del caso colombiano en mi criterio, como se puede
apreciar del conjunto de estudios que conforman esta obra que me honro en
presentar, tiene su razón en el hecho fundamental de que en Colombia, el
proceso constituyente fue producto de un gran pacto político entre todas las
fuerzas y tendencias políticas de la sociedad, y eso es precisamente lo que lo
diferencia de los procesos constituyentes de Venezuela, Ecuador y Bolivia,
que no fueron producto de ningún pacto político y fueron más bien impuestos
por un grupo minoritario que asaltó el poder, contra el resto de la sociedad.
Como años después, en 1999, lo explicaría en Venezuela el Presidente Cesar
, cuando trazó las líneas del particularismo del caso colombiano:
“Nuestra Asamblea Const ituyente fue fruto de un sano equilibrio entre el
pragmatismo político y la creatividad jurídica. A mbos se combinaron para
abrir un cam ino nuevo que parecía inalcanzable, par a movilizar políticamente
a todo un país en tor no a la idea de la necesidad de cambiar la Constitu ción por
fuera del Congreso de la Re pública. Y de que tal cambio tenía que trascender
la simple operación de algunas i nstituciones. Lo que se requer ía era un cambio
en los principios que fund aban la nacionalidad, en lo que comú nmente se
denomina la par te dogmática de la Constitución”.
Agregando sobre el Acuerdo político que hizo posible lograr el consenso
para convocar la Asamblea, lo siguiente:
“Apelamos entonces al mecanismo que fue usado pa ra regresar a la democrac ia
y hacerle frente a la violencia par tidista, después de la ruptu ra constitucional
del General Rojas, de crear el Frente Nacional. Ello fue u n Acuerdo político que
esta vez incluiría no solo a los par tidos tradicionales de Colombia, el liberal y el


Después de una extensa negocia ción suscribimos dos acuerdos políticos con
los jefes de los partidos y fuerzas políticas que obtuvieron en esas m ismas

generales para la convocación, elección, integración y organización de la

sus poderes y su competencia, que estaba limitada a los temas de reforma
señalados expresamente en él. Además, mediante esos acuerdos se convocó
a la ciudadanía a votar el 8 de diciembre de 1990. Así, las fuerzas políticas
27
eran las que respaldaba n, en representación del pueblo, esta segunda et apa de
auto convocatoria”2.
Es decir, a pesar de que la Asamblea Constituyente no estaba prevista en
la Constitución, además de la consulta popular efectuada mediante la llamada
“séptima papeleta”, y de la intervención de la Corte Suprema de Justicia –lo
cual fue esencial, como lo dice Álvaro en el trabajo que publica en este
libro al indicar que: ”sin la Corte Suprema de Justicia Colombia no hubiera
tenido Constitución de 1991”– , lo que realmente permitió convocar la Asamblea
Constituyente como un mecanismo democrático para contribuir a recomponer el
proceso político del país, fue precisamente el gran pacto político que se materializó
entre todos los sectores de la sociedad, que representaban el 96 % de los votos.
Ello, además, hizo posible que el proceso de elaboración de la nueva
Constitución en la Asamblea Constituyente en Colombia, como lo destaca
el profesor Juan Carlos  en su trabajo que también se publica en
este libro, fuera completamente producto de consensos y diálogo, y no de
imposiciones por mayorías circunstanciales. Dice  que la:
“multiplicidad de caras y esa d isparidad de ideologías, que el primer día d e la
asamblea solo parecían anunciar i nfértiles desencuent ros, cinco meses después
le entregaron al país una nueva Con stitución Política, hecha casi toda a base
de consensos. Unos consensos de los que debe comenzarse por destacar –y
la historia habrá de ha cerlo algún día en mayúsculas – que el instrumento que
los construyó f ue el diálogo. Diálogo en el más elevado sentido de la palabra:
el socrático; que es, no una sucesión de disc ursos retóricos, sino una relación
de comunicación entre p ersonas que se hablan y se escuchan de veras.”
Por ello, apunta como una de “las características más destacada s
de la Constitución de 1991, [] la de haber sido aprobada fundamentalmente
mediante consensos”.
Qué diferencia con el caso de Venezuela, donde a pesar de que también
intervino la Corte Suprema de Justicia –aun cuando con una sentencia no tan
clara como la que se dictó en Colombia– 3, y también se realizó una consulta
2
Véase Palabras del

Caracas,


3
Véase sobre las sentencias  Allan R. 
Constituyente. Caracas: Academia de Ciencias Políticas y Sociales, 1999.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR