Avisos judiciales 162 El Juzgado Promiscuo de Familia de Puerto Boyacá, Boyacá, emplaza a Ricardo Antonio Torres López - 31 de Diciembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 74585532

Avisos judiciales 162 El Juzgado Promiscuo de Familia de Puerto Boyacá, Boyacá, emplaza a Ricardo Antonio Torres López

EmisorVarios
Número de Boletín47579
179
Edición 47.579
Jueves 31 de diciembre de 2009 DIARIO OFICIAL
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détérmino a la presente actuación.
7. Formar el expediente correspondiente debidamente foliado (artículo 29 C.C.A.).
8. Contra este auto no procede recurso alguno. Una vez cumplido lo ordenado, esta
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Comuníquese y cúmplase.
La Registradora Seccional II.PP, Piedecuesta, (Fdo.),
Luz Janeth Quintero Rojas.
(C.F.)
AVISOS JUDICIALES
El Juzgado Promiscuo de Familia de Puerto Boyacá, Boyacá,
EMPLAZA:
Al señor Ricardo Antonio Torres López de estado civil casado, quien tuvo su último
domicilio en este municipio, y se desconoce su domicilio y residencia actual, para que
comparezca por sí o por intermedio de apoderado judicial, a estar en derecho en el proceso
de jurisdicción voluntaria (presunción de muerte por desaparecimiento), que por intermedio
de apoderado ha iniciado la señora Martha Elena Ortiz Rúa.
EXTRACTO DE LA DEMANDA:
El señor Ricardo Antonio Torres López, contrajo matrimonio con Martha Elena Ortiz
Rúa, de cuya unión nacieron sus hijos Viviana del Pilar e Idinael Torres Ortiz; el señor Ri-
cardo Antonio Torres López, tuvo su domicilio y asiento principal de sus negocios en Puerto
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que se hayan tenido noticias de su paradero; al momento de su desaparecimiento el señor
Torres López, laboraba en la Vereda Puerto Pinzón del municipio de Puerto Boyacá, con el
Ministerio de Salud, Servicio Especial de La Malaria, donde llevaba diez años de trabajo. Se
encuentran cumplidos los plazos y circunstancias exigidos por la ley para la declaración de
muerte presunta por causa de desaparecimiento del señor Ricardo Antonio Torres López, y
por tanto se solicita al despacho que se haga tal declaración, señalando como fecha presunta
de dicho acontecimiento el 15 de febrero de 1984.
Se indica al emplazado que si no se presenta a este Juzgado, se le designará un curador
ad lítem con quien se proseguirá el proceso.
Igualmente, se previene a las personas que tengan noticias del desaparecido Ricardo
Antonio Torres López, para que las comuniquen a este Juzgado.
Para dar cumplimiento a los artículos 657 del Código de Procedimiento Civil y 97 del
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ocho de la mañana de hoy dieciséis (16) de mayo de dos mil tres (2003) y se expiden copias
del mismo con destino a la parte demandante para sus respectivas publicaciones.
La Secretaria del Juzgado,
Neyla Adalgiza Bautista Serna.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 20904338. 31-XII-2009. Valor $29.500.00.
El suscrito Secretario (e) del Juzgado Primero Promiscuo de Familia del Circuito de
Facatativá, Cundinamarca,
CITA Y EMPLAZA:
Al señor Abel An tonio Castaño Rozo, para que comparezca person almente o a
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en fecha del siete (7) de octubre de 2008 dentro del proc eso de Declarac ión de Muerte
Presunt a por Desa parecimiento N° 2008-30 1, pr omovido por la s eñora Irma Delia
Forero Martínez.
El señor Abel Antonio Castaño Rozo, tuvo su domicilio permanente y asiento principal
de sus negocios en Facatativá, (Cundinamarca), hasta el día veintiséis (26) de julio de 2002,
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formulación de la demanda no ha habido ninguna otra referencia que tienda a dar con la
localización del señor Abel Antonio Castaño Rozo, o que conduzca a conocer el destino
del desaparecido. A pesar de las averiguaciones que se han adelantado entre sus familiares
y amigos, han transcurrido aproximadamente más de seis (6) años. Se previene a quienes
tengan noticias del ausente, para que los comuniquen a este Juzgado.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 318 del Código de Procedimiento
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zatorio en lugar público de la Secretaría del Juzgado, hoy 23 de octubre de 2008 a las ocho
(8) de la mañana. y se expiden copias para su publicación en el Fkctkq"QÝekcn en un perió-
dico de amplio circulación en la Capital de la República (El Tiempo, El Espectador {1q La
República) y una radiodifusora de esta localidad si los hubiere, publicación que se hará tres
(3) veces, por lo menos, debiendo correr más de cuatro mese s entre cada dos citacion es.
El Secretario (E.),
Gustavo Alfonso Torres Castillo.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo. 20904326. 30-XII-2009. Valor $29.500.
MINISTERIO DE HACIENDA
Y CRÉDITO PÚBLICO
RESOLUCIONES
RESOLUCION NUMERO 3745 DE 2009
(diciembre 23)
por la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento
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los artículos 19 de la Ley 1260 de 2008 y 20 del Decreto 4841 de 2008
CONSIDERANDO:
Que los artículos 19 de la Ley 1260 de 2008 y 20 del Decreto 4841 de 2008 disponen
que: “Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su
destinación ni cuantía, mediante resolución suscrita por el Jefe del respectivo órgano. En el
caso de los establecimientos públicos del orden nacional estas distribuciones se harán por
resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Si no existen Juntas o Consejos
Directivos lo hará el representante legal de estos”;
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los casos en los cuales la distribución afecte el Presupuesto de otro órgano que haga parte
del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo, servirá de base para
disminuir las apropiaciones del órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor.
La ejecución presupuestal de estas deberá iniciarse en la misma vigencia de la distribución;
en caso de requerirse se abrirán subordinales;
Que en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y
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Cuenta 3 Transferencias Corrientes, Subcuenta 2 Transferencias al Sector Público, Objeto
del Gasto 1 Orden Nacional, Ordinal 32 “Recursos para las Universidades Públicas para
Distribuir”, que requieren ser distribuidos;
Que la Coordinadora del Grupo de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito
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RESUELVE:
Artículo 1°. Efectuar la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcio-
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SECCION 1301
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
UNIDAD 1301-01 GESTION GENERAL
CUENTA 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
SUBCUENTA 2 TRANSFERENCIAS AL SECTOR PUBLICO
OBJETO DE GASTO 1 ORDEN NACIONAL
ORDINAL 32 RECURSOS PARA LAS UNIVERSIDADES PUBLICAS
PARA DISTRIBUIR
RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES
TOTAL A DISTRIBUIR $5.225.000.000
DISTRIBUCION:
SECCION 2201
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
UNIDAD EJECUTORA 2201-01 GESTION GENERAL
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
CUENTA 3TRANSFERENCIAS CORRIENTES
SUBCUENTA 2 TRANSFERENCIAS AL SECTOR PUBLICO
OBJETO DE GASTO 1 ORDEN NACIONAL
ORDINAL 32 RECURSOS PARA LAS UNIVERSIDADES PUBLI-
CAS PARA DISTRIBUIR
RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES $5.225.000.000
TOTAL DISTRIBUCION $5.225.000.000
Artículo 2°. La presente resolución requiere para su validez de la aprobación de la
Dirección General del Presupuesto Nacional.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D. C., a 23 de diciembre de 2009.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
Aprobado:
El Director General del Presupuesto Público Nacional (e),
José Mauricio Cuestas Gómez.
(C. F.)

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