Propiedad Intelectual - Núm. 4, Junio 2021 - Industria Legal - Libros y Revistas - VLEX 870554143

Propiedad Intelectual

AutorMaría José Bohorquéz
Páginas56-57
Industria Legal
mbohorquez@bbgscolombia.com
María José Bohorquéz
Carrera 9, Número 80 - 15, Oficina 301, Bogotá
www.bbgslegal.com
El pasado 19 de mayo, el Ministerio de Cultura
expidió el Decreto No. 525 de 2021, mediante
el cual se faculta a la Dirección de
Audiovisuales, Cine y Medios del Ministerio
para certificar el carácter de producto nacional
de las obras cinematográficas, certificación
que se hará a través de la plataforma digital
que se disponga para el efecto.
El reconocimiento se hará con respecto a
las producciones o coproducciones de
largometraje y cortometraje que cumplan con
los porcentajes de participación económica,
artística y/o técnica y con los tiempos de
duración previstos tanto en la Ley 397 de 1997
y demás normas que la modifiquen o
adicionen, como en los establecidos en
convenios internacionales de coproducción
celebrados por Colombia cuando sea el caso.
Especifica también el Decreto los requisitos
para acceder al trámite de reconocimiento del
carácter de producto nacional de la obra
cinematográfica a través de la emisión del
Certificado de Producto Nacional -CPN-.
El Decreto 525 modifica a su vez al
Decreto No. 1080 de 2015, en el sentido de
especificar el personal artístico y técnico y los
cargos que deben componer los porcentajes
necesarios para las producciones nacionales
discriminando tipo de producción
(largometraje, cortometraje, producción o
coproducción) y género (ficción, documental y
animación).
Por último, se regula la homologación de
cargos del personal artístico y técnico en los
casos en los que los cargos mencionados en
los créditos tengan denominaciones sinónimas
u homólogas. Con la expedición de esta
norma, el Gobierno Nacional buscó ampliar y
proteger el reconocimiento, tanto de las
producciones cinematográficas nacionales,
como de quienes participan en ellas (artistas,
productores, personal técnico etc).
Se podría afirmar que la norma propende por la
protección de las creaciones y obras
cinematográficas incluyendo, entre otros, los
derechos de autor y conexos que se puedan derivar
de las mismas.
Finalmente, no se puede dejar de comentar la
interesante y oportuna referencia que hace el
Decreto a la utilización de medios tecnológicos
contemplada para el trámite del reconocimiento de
las producciones. Claramente una correcta y poco
burocrática implementación del uso de estos medios
conlleva un proceso más expedito y eficiente.
PROPIEDAD
INTELECTUAL
Decreto 525 de 2021, ¿apuesta para
una mayor protección de las
producciones cinematográf‌icas?

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