Providencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 26366 del 29-08-2007 - Jurisprudencia - VLEX 874066997

Providencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 26366 del 29-08-2007

Fecha29 Agosto 2007
Número de expediente26366
EmisorSala de Casación Penal
Tipo de procesoCASACIÓN
“2

Proceso No 26366

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

A.G.Q.

Aprobado acta No. 158

B.D.C., veintinueve (29) de agosto de dos mil siete (2007)

VISTOS

Decide la Sala el recurso extraordinario de casación interpuesto por el defensor de O.A.R.A., quien fue condenado por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Tunja el 5 de octubre de 2005, sentencia modificada parcialmente por el Tribunal del Distrito Judicial de Tunja el 28 de abril de 2006, al encontrarlo responsable de las conductas de peculado por apropiación (Art. 133 inc. tercero del Decreto 100 de 1980, modificado por la Ley 190 de 1995, artículo 19), falsedad ideológica en documento público (Art. 219 del Decreto 100 de 1980)[1] y contrato sin cumplimiento de requisitos legales (Art. 146 del Decreto 100 de 1980, modificado por el Decreto 141 de 1980, por la L. 80 de 1993 y por la L. 190 de 1995) cometidas en concurso heterogéneo y sucesivo.

El Tribunal confirmó el fallo y lo modificó, de suerte que las penas y condenaciones civiles fueron las siguientes: noventa (90) meses de prisión, interdicción de derechos y de funciones públicas por seis años; multa de $42 354 181 (equivalente al valor de la apropiación) más 20 s.m.l.m.v.; pago de ciento un millones ochocientos once mil quinientos nueve pesos con sesenta y un centavos ($101 811 509. 61) por concepto de perjuicios, suma debidamente indexada, que el sentenciado debe pagar a órdenes de la Industria Licorera de Boyacá.

HECHOS

O.A.R.A. se desempeñó como Gerente en la Industria Licorera de Boyacá entre el 1° de septiembre de 1995 y el 18 de diciembre de 1996.

Durante su gestión auspició una serie de irregularidades en la contratación, concretamente en el área de publicidad de los productos de la Industria, que consistió en el aporte de documentos privados falsos como soporte de procesos contractuales, contrataciones irregulares y apropiación de dineros públicos.

Como Gerente, R.A. suscribió varios contratos, órdenes de compra y órdenes de publicidad a nombre de terceras personas, casi siempre parientes o conocidos de la señora E.A.T. (de la entera confianza del Gerente), quien cobraba los dineros oficiales sin ejecutar el objeto contractual o a cambio de entregas parciales de productos contratados con terceros, todo ello con la finalidad propuesta de apropiarse de dineros de la empresa oficial.

El siguiente cuadro muestra la forma de contratación realizada, el valor de los contratos y el monto del sobreprecio o de la apropiación en cada una de las negociaciones, que permitió totalizar en $42 354 181 el monto del capital oficial ilícitamente apropiado:

Contrato / orden de compra/ de publicidad

contratista

objeto

cuantía

Sobrecosto / apropiación

027 de 13/3/1996

R.M.B. de Niño

Suministro muebles planta de Moniquirá

$10 900 000

$7 580 000

037 de 29/4/1996

P.A.A.

5 vallas publicitarias “R.B.

$16 440 000

$9 720 000

024 14/3/1996

E.S.U. (Publimundo Duitama)

Arte publicitario.

Desmonte y decoración de 9 vallas publicitarias

$16 400 000

$9 400 000

054 13/6/1996

Cecilia Alarcón Suelta

Elaboración de 10 000 viseras de cartulina

$6 800 000

$5 400 000

046 13/6/1996

M.I.B. de Vargas

Suministro de papelería

$6 066 000

$5 000 000

072

28/8/1996

D.M. de A.

Suministro de 10 000 bolsas de satín para promocionar aguardiente y ron

$4 240 000

$2 120 000

Orden de compra 1 – 043 11/3/1996

E.S.U.

Suministro de 60 gallardetes

$1 750 000

$525 000

Orden de compra 1 – 314 25/12/0995

E.S.U.

Suministro de 556 gallardetes en cuero o charolina con logotipo ILB

$1 650 000

$750 000

1 – 085 del 4/6/1996

Cecilia Alarcón Suelta

Suministro 3 banderas grandes y 360 pequeñas

$1 760 000

$226 666

Orden de publicidad 7587 de 22/12/1995

Decoración miniaturas ILB

M.A.T.

$1 683 000

$1 632 510

Total del detrimento patrimonial de la ILB....

$42 354 181

ANTECEDENTES

La Resolución de apertura de instrucción penal se profirió el 6 de febrero de 1998 (Fol. 153 - 155 / 1); el 13 de marzo de 1998 fue escuchado en indagatoria O.A.R.A....(.. 222 - 229 / 1); ampliaciones: 22 de abril de 1998 (Fl. 269 / 1); nuevas ampliaciones de indagatoria el 24 de diciembre de 1998 (F.. 237 - 252 / 4), el 4 y 22 de enero de 1999 (F.. 318 a 324 / 4, F.. 72 - 80 / 5), el 1 y 5 de febrero de 1999 (F..172 - 183, 233 a 238, 241 a 253 / 5).

El 26 de agosto de 1999 resolvió situación jurídica con medida de aseguramiento de detención preventiva (F.. 59 - 80 / 2). La Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior confirmó la decisión el 2 de diciembre de 1998 (cuaderno I de la segunda instancia).

El 31 de marzo de 1999 se resolvió –amplió- la situación jurídica del procesado por otras conductas relacionadas con los contratos administrativos números 037, 024, 054, 046, 072 y las órdenes de compra números 1-043, 1-3134, 1-085 y 7587.

Se ordenó sustituir la medida de aseguramiento de detención domiciliaria por privación efectiva de la libertad (F.. 1 - 52 / 7). La resolución fue confirmada el 11 de junio de 1999 por la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia (F.. 55 - 84 / 6 segunda instancia).

El 14 de mayo de 1999 se decretó el cierre de la instrucción (Fol. 275 / 8); el 23 de Julio de 1999 la Fiscalía Cuarta Delegada ante el Tribunal Superior de Tunja acusó a O.A.R. ALBARRACÍN por los delitos de peculado por apropiación, celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales y falsedad ideológica en documento público en concurso heterogéneo y sucesivo. (Cfr. F.. 160 – 234 / 9).

El 5 de octubre de 1999 la Unidad de Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia confirmó la acusación (F.. 269 – 306 / cuaderno de segunda instancia).

El juicio lo tramitó el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Tunja (F.. 4 y 5 / primer cuaderno del juicio); posteriormente se transfirió el expediente al Juez Segundo Penal del Circuito (Fl. 812 / 2 juicio).

El 10 de febrero de 2005 el juzgado aprobó el acuerdo celebrado entre R.A. y Fiscalía Segunda Nacional de Anticorrupción, tramitado en la Unidad de Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, consistente en una rebaja de una sexta parte de la pena de prisión a imponer por cooperación con la Administración de Justicia (F.. 30 - 35 cuaderno de control de legalidad acuerdo).

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