Providencia Nº 20150052702 de Comisión Nacional de Disciplina Judicial, 2015 - Comisión Nacional de Disciplina Judicial - Jurisprudencia - VLEX 972712193

Providencia Nº 20150052702 de Comisión Nacional de Disciplina Judicial, 2015

Fecha de sentencia10 Agosto 2023
Número de registro15001110200020150052702
Año2015
Motivo de la decisiónSala 061 del 10 de agosto de 2023: resuelve: primero: negar la petición probatoria elevada por el disciplinado.Segundo: confirmar la sentencia dictada el 27 de abril de 2023 por la comisión seccional de disciplina judicial de boyacá, que lo declaró responsable de incurrir a título de dolo en la falta descrita en el artículo 34 literal e) de la ley 1123 de 2007, en concordancia con el artículo 28 numeral 8° ibidem, sancionándolo con suspensión del ejercicio profesional por el término de dos (2) meses.Tercero: efectuar las notificaciones judiciales a que haya lugar, utilizando para el efecto los correos electrónicos, incluyendo en el acto de notificación copia integral de la providencia notificada, en formato pdf no modificable. Se presumirá haber recibido la comunicación, cuando el iniciador recepcione acuso de recibo, en este caso se dejará constancia en el expediente y adjuntará una impresión del mensaje de datos, advirtiendo que no procede recurso alguno.Cuarto: anotar la sanción imp
Número de sentencia20150052702
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