V A R I O S Avisos judiciales La Secretaria del Juzgado Primero de Familia de Bogotá, D. C., avisa que se decretó la Interdicción Provisoria de Julia Elvira Pedreros de Ruiz. - 19 de Julio de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 61252157

V A R I O S Avisos judiciales La Secretaria del Juzgado Primero de Familia de Bogotá, D. C., avisa que se decretó la Interdicción Provisoria de Julia Elvira Pedreros de Ruiz.

EmisorVarios
Número de Boletín47415

eguridad social, programas especiales para la atencion del Adulto Mayor orientados a la asistencia permanente de alimentos y medicamentos a las mujeres y hombres mayores de 60 años de escasos recursos economicos y que presenten deficiencias nutricionales.

Que en tal sentido, el Gobierno Nacional puso en marcha el programa de Proteccion Social al Adulto Mayor (Ppsam), cuya cobertura no alcanza a todos los adultos mayores en condiciones de pobreza y vulnerabilidad, Es por ello que se crea el Programa Nacional de Alimentacion para el Adulto Mayor "Juan Luis Londoño de la Cuesta", como una alternativa para ofrecer servicios basicos de alimentacion a esta poblacion de adultos mayores, contribuyendo a mitigar su situacion.

Que el programa tiene una cobertura propuesta para el territorio nacional, con el fin de alimentos para cuatrocientos diecisiete mil doscientos treinta (417.230) adultos mayores pobres o en situacion de desplazamiento y en condiciones de extrema vulnerabilidad economica y social, mediante el suministro de un complemento alimentario.

Que esta previsto brindar complemento alimentario durante doscientos cincuenta (250) dias habiles del año de conformidad con el documento Conpes 86.

Que el Consejo Nacional de Politica Economica y Social, en el documento Conpes 86 del 6 de diciembre de 2004, denominado: "Lineamientos para la Operacion del Programa Nacional de Alimentacion para el Adulto Mayor "Juan Luis Londoño de la Cuesta" y la Seleccion y Priorizacion de sus Beneficiarios", determino las responsabilidades generales aplicables a todos los actores del programa. Al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, como entidad ejecutora de este, dicho Organismo le asigna, entre sus varias responsabilidades, las referentes a asistencia tecnica y administracion del mismo.

Que en cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad que rigen la contratacion publica, el articulo 2°, literal C, numeral 4° de la Ley 1150 de 2007, preve dentro de las modalidades de seleccion, la Contratacion Directa.

Que el Decreto 2474 de 2008 reglamentario de la Ley 80 de 1993 y de la Ley 1150 de 2007, establece en su articulo 77 que para adelantar la contratacion directa, la Entidad debera proferir un Acto Administrativo de justificacion;

asi mismo, en su articulo 78 contempla la celebracion de contratos interadministrativos, siempre y cuando se cumplen los requisitos establecidos para tal efecto.

Que en este orden de ideas, el ICBF requiere celebrar un contrato interadministrativo Nacional de Colombia cuyo objeto es "Realizar el seguimiento a las actividades de la operacion a nivel nacional del "Programa Nacional de Alimentacion para el Adulto Mayor - Juan Luis Londoño de la Cuesta", en los componentes administrativo, financiero, social y tecnico".

Que la Universidad Nacional de Colombia es la Institucion mas idonea para realizar las actividades necesarias para ejercer el control, a nivel nacional, del Programa Nacional de Alimentacion para el Adulto Mayor "Juan Luis Londoño de la Cuesta" en los componentes administrativo, financiero, social y tecnico.

Que para el pago del valor del contrato, el ICBF cuenta con la disponibilidad presupuestal numero 240 del 13 de marzo de 2009, y certificacion del cupo de vigencias futuras año fiscal 2010 expedida por la Direccion Financiera el 11 de febrero de 2009.

Que el contrato tendra un valor de mil sesenta y seis millones doscientos mil pesos moneda corriente ($1'066.200.000.00) cuya distribucion presupuestal es de la siguiente manera: Vigencia 2009 la suma de seiscientos dieciseis millones ochocientos ochenta mil pesos ($616'880.000.00) y para la vigencia 2010, la suma de cuatrocientos cuarenta y nueve millones trescientos veinte mil pesos moneda corriente ($449.320.000.00).

2 Que los estudios y documentos previos a la contratacion que se pretende, se podran consultar en la Oficina Juridica de la Sede Nacional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Grupo de Contratos.

Que en merito de lo expuesto, RESUELVE:

Articulo 1°

Contratar directamente con la Universidad Nacional de Colombia, el seguimiento a las actividades de la operacion a nivel nacional del "Programa Nacional de Alimentacion para el Adulto Mayor "Juan Luis Londoño de la Cuesta", en los componentes administrativo, financiero, social y tecnico, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo y los estudios previos realizados para el efecto.

Articulo 2° La presente resolucion rige a partir de la fecha de su expedicion y contra la misma no proceden recursos por la via gubernativa, conforme a lo establecido en el articulo 49 del Codigo Contencioso Administrativo.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 19 de marzo de 2009.

La Directora Tecnica, Martha Liliana Huertas Moreno.

(C.F.) Direccion General RESOLUCION NUMERO 0985 DE 2009 La Directora General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Cecilia de la Fuente de Lleras, en uso de sus facultades legales y estatutarias y especialmente lo dispuesto en el articulo 37 del Decreto 2150 de 1995, articulo 12 de la Ley 80 de 1993, articulo 9 de la Ley 489 de 1998, articulos 21 de la Ley 7 de 1979 y 127 del decreto Reglamentario 2388 de 1979, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 209 de la Constitucion Politica establece que la funcion administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economia, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralizacion, delegacion y desconcentracion de funciones.

Que el articulo 12 de la Ley 80 de 1993 señala que los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podran delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realizacion de licitaciones en los servidores publicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes.

Que el ICBF adelanta el proceso de seleccion mediante la modalidad de Concurso de Meritos ICBF - CM - 001 de 2009 cuyo objeto es realizar la interventoria de la ejecucion de los contratos a traves de los cuales se desarrollan los programas estrategicos del Gobierno Nacional, tales como, Desayunos Infantiles con Amor DIA, PNA AM, Recuperacion Nutricional y Raciones de Emergencia.

Que en merito de lo expuesto, RESUELVE:

Articulo 1° Delegar en la Secretaria General del ICBF la competencia para actuar como Ordenadora de Gasto dentro del Concurso de Meritos ICBF- ICBF CM-001 de 2009, y en consecuencia, adjudicarlo o declararlo desierto, suscribir los contratos y demas actos inherentes a las distintas etapas contractuales, derivados del proceso, hasta por el valor del presupuesto total.
Articulo 2° La delegacion conferida mediante la presente Resolucion comprende el adelantamiento de todos los tramites y la suscripcion de los documentos necesarios para garantizar el cumplimiento de las etapas del Concurso de Meritos y de aquellas que para el desarrollo de su objeto se requieran.
Articulo 3° La presente Resolucion rige a partir de la fecha de su expedicion.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 20 de marzo de 2009.

La Directora General, Elvira Forero...

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