La provocación del delito contraria al Estado de Derecho y sus consecuencias jurídicas - Núm. 23, Enero 2020 - Cuadernos de Derecho Penal - Libros y Revistas - VLEX 926328390

La provocación del delito contraria al Estado de Derecho y sus consecuencias jurídicas

AutorProf. Dr. Imme Roxin
CargoAbogada de la Universidad de Hamburgo (Alemania); doctora en Derecho (Dr. iur.) de la Universidad de Freiburg (Alemania) y especialista en Derecho penal económico, ámbito en el que ejerce su profesión como abogada y en relación con el cual ha publicado múltiples trabajos académicos. Socia de Roxin Rechtsanwälte (Múnich)
Páginas17-34
La provocación del delito contraria al Estado
de Derecho y sus consecuencias jurídicas*
Imme Roxin**
Resumen: La introducción de investigadores encubiertos en las tar eas de per-
secución del delito ha suscitado múltiples discusiones acerca de l a legalidad y
admisibilidad general de su operación. Por ello, es per tinente debatir las condi-
ciones a partir de las cuales resulta permitida un a infiltración y el alcance de
sus facultades a la hora de determinar el involucramiento de un sospechos o. De
la ilegalidad de la provocación al hecho se pueden d erivar diversas consecuen-
cias jurídicas que van desde la consideración de la reducción de l a pena en la
medición de la misma, pasando por la prohibición de valor ación probatoria hasta
impedimentos procesales o causas per sonales de exención de la pena. De ello
se ocupa con propiedad este trabajo, que aborda el a sunto desde la perspectiva
de los tribunales europeos y de los alemanes en p articular.
Palabras claves: Agente encubier to, provocación del delito, personas de con-
fianza, criminalidad organizada, Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Tribu-
nal Federal Supremo alemán.
Abstract: The introduction of undercover agents in criminal prosecution has
given rise to many discussions about the legalit y and general admissibility of
their operation. It is therefore pertinent to discuss the co nditions under which
infiltration is permitted and the extent of its power in determining a suspect ’s
involvement. Various legal consequences may be derived fr om the illegality of
* El texto origina l se intitula «Die rechtsstaatsw idrige Tatprovokation und ihre Recht sfol-
gen»; traducción de John Zuluaga, profesor asociado de la Universidad Sergio Arboleda
(Colombia); Dr. Iur. y Magister Legum (LL .M.) de la Georg-August-Universität Göt-
tingen (GAU, Aleman ia).
** Abogada de la Universidad de Hamburgo (A lemania); doctora en Derecho (Dr. iur.)
de la Universidad de Freiburg (Alemania) y especialista en Derecho penal económico,
ámbito en el que ejerce su profesión como abogada y en relación con el cual ha publ i-
cado múltiples t rabajos académ icos. Socia de R oxin Rechtsanwälte (Múnich). Correo de
contacto: roxin@roxin.de
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Imme Roxin
ISSN: 2027-1743 / 2500-526x (en línea) enero-junio de 2020
the provocation to the act, ranging from the consideration of s entence reduction
in its very measurement, through the denial of evidentiar y assessment up to
procedural impediments or personal reason s for penalty exemption. These are
all properly addressed in this paper, which deals with the is sue from the pers-
pective of European courts and, par ticularly, German courts.
Keywords: Undercover agent, crime provocation, confidants, organized crime,
European Court of Human Rights, German Federal Con stitutional Court.
Introducción
En muchas partes del mundo se incorporan agentes encubiertos (AE)
y personas de conanza (Vertrauenspersonen o V-Leute, por sus siglas en ale-
mán) para la lucha y el descubrimiento de hechos punibles en el marco de
la criminalidad organizada, especialmente de la criminalidad en materia de
estupefacientes. Los AE corresponden a miembros del servicio policial, que
bajo una identidad alterada (legende, «leyenda») se inltran por un perio-
do limitado de tiempo en una escena criminal. Las personas de conanza
(Hombre-V) son sujetos privados, es decir, no se trata de agentes de policía, y
también son utilizados por las autoridades judiciales para sondear e investigar
el entorno criminal. A menudo, se trata de los mismos delincuentes que en
razón de su actividad de espionaje esperan un benecio por los crímenes que
ellos mismos han cometido.
En relación con la introducción de este tipo de investigadores surgen
diferentes preguntas relativas a la admisibilidad general de su operación, las
condiciones bajo la cuales se les permite inltrarse, el modo como pueden
proceder y, nalmente, las consecuencias jurídicas que tiene un proceder
ilegal. Por ello cabe preguntar: ¿Puede ser sancionado un ciudadano que
es provocado ilegalmente a cometer un hecho punible? La jurisprudencia
y la doctrina se han ocupado de esta pregunta desde hace décadas. Parti-
cularmente, la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
(TEDH) –que tiene gran inuencia en Alemania– debe ser tenida en cuenta,
especialmente, por la jurisprudencia alemana ( BGH, NStZ 2016, 52 nm. 64).

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