Proyecto de acto legislativo 09 de 2012 senado - 15 de Agosto de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451040438

Proyecto de acto legislativo 09 de 2012 senado

PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO 09 DE 2012 SENADO. por el cual se adiciona el artículo 171 de la Constitución Nacional, para fortalecer la representación de afrodescendientes en el Congreso de la República.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° El artículo 171 de la Constitución Política quedará así:

Artículo 171. El Senado de la República estará integrado por cien miembros elegidos en Circunscripción Nacional.

Habrá un número adicional de dos Senadores elegidos en circunscripción nacional especial por comunidades indígena, y dos Senadores elegidos en Circunscripción Especial Nacional por comunidades afrodescendientes.

Los ciudadanos colombianos que se encuentren o residan en el exterior podrán sufragar en las elecciones para Senado de la República.

Las Circunscripciones Nacionales Especiales, tanto para la elección de Senadores por las comunidades indígenas como por las comunidades afrodescendientes se regirán por el sistema de cuociente electoral. Los candidatos de dichas comunidades que aspiren a integrar el Senado de la República, deberán haber ejercido un cargo de autoridad tradicional en su respectiva comunidad o haber sido líder de una organización indígena o afrodescendiente, respectivamente, calidad que se acreditará mediante certificado de la correspondiente organización, refrendado por el Ministerio del Interior.

Parágrafo 1°. Se entiende como afrocolombianos aquellos colombianos que descienden de los africanos esclavizados y que se autorreconocen como tal.

Parágrafo 2°. La pertenencia a la organización indígena o afrodescendiente no solo es un concepto racial sino fundamentalmente sociocultural.

Parágrafo transitorio. La ley reglamentará las circunscripciones especiales de que trata este artículo, a más tardar dentro del año siguiente a la aprobación de este Acto Legislativo, la cual incluirá entre otros temas: Inscripción de candidatos, inscripción de ciudadanos habilitados para votar en cada una de las circunscripciones y mecanismos para promover la participación de las comunidades respectivas.

Artículo 2° Este acto legislativo rige a partir de su promulgación.

De los honorables Congresistas,

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I. La población afrodescendiente en Colombia

Según la página web Afrodescendientes creada por Javis Rojas, docente investigador de la Universidad Nacional en temas de minorías después de Brasil, Colombia es el país latinoamericano con la mayor cantidad de población afrodescendiente. Aun cuando no existen datos oficiales uniformes, se estima que el número de afrocolombianos va de un 16 a un 25% de la población total, esto es, entre seis (6) y diez con cinco (10,5) millones de habitantes. La población afrocolombiana se asienta a lo largo y ancho de todo el territorio, incluido el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, ubicado a 770 kilómetros del continente, lugar donde vive la población nativa raizal. Si bien mayoritariamente los afrocolombianos se ubican en la zona costeña del Pacífico (departamento del Chocó), en los últimos años la migración hacia los polos urbanos ha aumentado significativamente.

Para la comunidad afrodescendiente de Colombia, el conflicto armado que vive el país desde hace décadas ha sido sinónimo de muerte y desamparo, puesto que se trata de una población especialmente vulnerable, siendo en muchos lugares la más numerosa y, al mismo tiempo, más pobre.

Los indicadores sociales con respecto a los afrocolombianos son elocuentes en demostrar su desaventajada situación. De acuerdo a cifras oficiales, ¿el 80% de las comunidades negras tienen sus necesidades básicas insatisfechas y viven en extrema pobreza, mientras que el ingreso per cápita promedio oscila entre los 500 y 600 dólares frente al promedio nacional de 1.500 dólares.

Un 74% de la población afrocolombiana recibe salarios inferiores al mínimo legal, y la esperanza de vida es de 55 años frente a 65 como promedio nacional¿.[1][1]

El informe reciente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, IDH, organismo adscrito a la OEA, publicado en el año 2009, sobre la población afrodescendiente en Colombia, reseñado por el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, indica que esta población se encuentra marcada por una historia de invisibilidad, exclusión y desventajas sociales y económicas que afectan el goce de sus derechos fundamentales. La población afrocolombiana constituye el segmento mayoritario de las clases más pobres del país, muestra los indicadores socioeconómicos más bajos, padece una tasa de mortalidad infantil que duplica la registrada a nivel nacional, y tiene menor acceso a servicios básicos como educación y salud, así como menor acceso a empleos redituables y menor participación en la vida pública.

Así mismo, el estudio destaca que regiones del país mayoritariamente habitadas por afrodescendientes se han visto particularmente afectadas por la crisis humanitaria derivada del conflicto armado interno.

Las disparidades entre las condiciones sociales y económicas de los afrodescendientes y el resto de la población en Colombia están estrechamente vinculadas a la exclusión social padecida históricamente por este segmento de la población, indica el documento; que a pesar de la vigencia de legislación y políticas públicas destinadas a promover el desarrollo de la población afrocolombianas, el goce igualitario de derechos y la superación de la discriminación estructural continúan presentándose como un gran desafío para esta población, que permanece invisibilizada.

II. Fundamentos jurídicos

El proceso Constituyente de 1991 significó un gran avance en el terreno jurídico para la población afrocolombiana. En primer lugar, el artículo 7° de la Carta Política hizo el reconocimiento de la existencia de una nación multiétnica y pluricultural al señalar que...

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