Proyecto de Acto Legislativo 12 de 2018 Senado - 10 de Agosto de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 737091769

Proyecto de Acto Legislativo 12 de 2018 Senado

por el cual se adiciona un artículo a la Constitución Política. El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Los delitos contra la administración pública serán imprescriptibles.

Artículo 2°. El presente Acto Legislativo rige a partir de la fecha de su promulgación.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La presente reforma constitucional se fundamenta en dotar a la administración de elementos para desarrollar el principio de transparencia en la función pública. Para ello se busca establecer vía constitucional la imprescriptibilidad de los delitos contra la administración pública.

De aprobarse este proyecto de acto legislativo, el Estado estaría avanzando en la lucha contra la corrupción por dos motivos. El primero de ellos es que los entes acusadores, entiéndase la Fiscalía General y la Corte Suprema de Justicia, no estarían limitadas temporalmente por cuanto los delitos no prescribirían. Esto sería provechoso puesto que en muchas circunstancias las redes de corrupción requieren de investigaciones complejas las cuales toman tiempo. También se sabe que la recaudación de material probatorio en estos procesos es dispendiosa y requiere el trabajo conjunto de muchas entidades del Estado. El segundo motivo, tiene que ver con que la aprobación de esta norma fungiría como un desincentivo a los corruptos. Sobre esto es evidente que al Estado, al no tener el límite tempor al que implica la prescripción, podrá ser mucho más minucioso en sus investigaciones. De igual manera, no importarán las fechas en las que se reciba la noticia criminal, ya que se podrán adelantar los procesos.

Para efecto de esta exposición de motivos el texto se dividirá en tres partes. En la primera, se harán unas precisiones conceptuales sobre la noción de prescripción. La segunda, se explicará la necesidad de establecer la imprescriptibidad de los delitos contra la administración pública. En tercer lugar, se hará un análisis de la imprescriptibilidad desde el derecho comparado. Por último, se abordarán las razones de la constitucionalidad del proyecto de acto legislativo frente a un posible juicio de sustitución.

1. Sobre la noción de prescripción

La prescripción es una institución jurídica que ha operado a lo largo de toda la historia del derecho y que reúne varias dimensiones. En efecto, se habla de prescripción en el campo civil, administrativo, penal, pensional, entre otros.

Asimismo, contiene varias definiciones dependiendo del área. Por ejemplo, se ha entendido como la extinción de un derecho por no haberse ejercitado o porque su titular lo ha abandonado. De manera que contiene una condición subjetiva de negligencia de quien lo podría ejercer[1][1].

En el mismo sentido, la Corte Constitucional, a raíz de la legislación civil, ha entendido que la prescripción tiene dos implicaciones, por un lado como un modo de adquirir el dominio con el paso del tiempo -adquisitiva- y, por otro, como un modo de extin guir una acción por el transcurso del tiempo y sin haberse ejercido por su titular[2][2]. Esta última, se conoce como la prescripción extintiva[3][3].

Por otro lado, la prescripción también se ha entendido, para la Corte Constitucional, como la cesación de la potestad punitiva del Estado por haber dejado transcurrir un período de tiempo fijado por la ley. De manera que opera para la acción, como para la pena. ¿En la prescripción de la pena el Estado renuncia a su potestad represiva por el transcurso del tiempo, anulando de esta manera el interés de hacer efectiva una condena o sanción legalmente impuesta¿[4][4]. Mientras que en relación con la acción, ¿es un instituto jurídico liberador, en virtud del cual por el transcurso del tiempo se extingue la acción o cesa el derecho del Estado a imponer una sanción¿. Esta figura se materializa cuando, quienes tienen a su cargo el ejercicio de la acción penal, dejan vencer el plazo señalado por el Legislador para ejercerla, sin haber adelantado las gestiones necesarias para determinar la responsabilidad del presunto infractor de la ley penal, lo cual implica la pérdida de potestad de la autoridad judicial competente para continuar con una investigación en contra de la persona beneficiada con la prescripción¿[5][5]. Sobre estos últimos aspectos, tiene interés el presente proyecto de acto legislativo.

2. Necesidad de establecer la imprescriptibidad en los delitos contra la administración pública

Se puede decir sin temor a equívocos que en el último tiempo el flagelo de la corrupción es el que ha despertado más preocupación en la ciudadanía colombiana. De acuerdo con los datos Transparencia Internacional en su último Índice de Percepción de la Corrupción[6][6], Colombia ha descendido del puesto 90 al 96 entre 180 países. La calificación del país es de 37 en una escala de 0 a 100, donde 0 corresponde a muy corrupto y 100 es muy limpio.

De igual manera, la firma Gallup en su periódica encuesta sobre percepción...

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