Proyecto de Acto Legislativo 240 de 2017 Cámara - 28 de Marzo de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 676164365

Proyecto de Acto Legislativo 240 de 2017 Cámara

por medio del cual se modifica el artículo 34 de la Constitución Política, suprimiendo la prohibición de la pena de prisión perpetua. El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. Modifíquese el artículo 34 de la Constitución Política, el cual quedará así:

Artículo 34. Se prohíben las penas de destierro y confiscación.

No obstante, por sentencia judicial, se declarará extinguido el dominio sobre los bienes adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del tesoro público o con grave deterioro de la moral social.

De manera excepcional, se podrá imponer pena de prisión perpetua en los eventos en los que la gravedad del delito lo amerite. En todo caso, la pena será revisable en los términos y condiciones que establezca la ley.

Artículo 2º. El presente acto legislativo rige a partir de su publicación.

Atentamente,

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. Objeto del proyecto

Por medio del presente Proyecto de Acto Legislativo, se pretende la supresión de la prohibición constitucional de la pena de prisión perpetua, dotando con ello al Legislador de una nueva herramienta jurídica dentro del abanico de posibilidades que tiene para la elaboración de la política criminal, concretamente en la elaboración y actualización de las penas a imponer a las personas transgresoras de las normas punitivas cuyo sujeto pasivo sea en ciertas circunstancias específicas que la ley posteriormente reglamente los niños y niñas de nuestro país.

Situación actual y justificación fáctica del proyecto

Existe una realidad innegable, los delitos sexuales contra los niños en Colombia van en directo aumento cuantitativo, vemos por ejemplo el comportamiento de los delitos contra la integridad sexual y formación sexual en los últimos 10 años[1][1]:

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De la anterior imagen se infiere que los delitos contra la libertad e integridad sexual contra menores de edad entre los años 2009 y 2015 casi que se quintuplicaron.

Por otro lado, específicamente el delito de acceso carnal violento con menor de 14 años ha tenido el siguiente comportamiento:

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A su vez el delito de actos sexuales abusivos presenta las siguientes estadísticas:

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Ahora bien, los datos anteriores solo comportan los casos activos que tiene la Fiscalía General de la Nación en sus despachos de los delitos anteriormente mencionados, sin embargo debe decirse con extrema preocupación que los casos inactivos de esos mismos delitos en la Fiscalía desde el año 2005 al 2015 presentan las siguientes cifras, mostrando una alta ineficiencia de la justicia[2][2]:

¿ Casos delitos contra la integridad y formación sexual: 67.784

¿ Acceso carnal abusivo menor 14 años: 16.347

¿ Casos de acto sexual abusivo: 52.862

Es decir que los niños en Colombia son doblemente víctimas, por un lado el aumento considerable de los delitos sexuales y también la ineficiencia en el acceso a la justicia real y efectiva en la investigación y juzgamiento de esos casos.

Así mismo, los recientes acontecimientos de gran impacto mediático como el asesinato de los cuatro menores de edad de la familia Vanegas-Grimaldo; así como los de Luis Alfredo Garavito; Rosa Elvira Cely; Manuel Octavio Bermúdez `El Monstruo de los Cañaduzales¿[3][3]; el peor asesino de la historia del mundo, Pedro Alonso López, `El Monstruo de los Andes¿, culpable de más de 300 muertes[4][4]; Eduardo C. T. con presuntamente alrededor de 52 crímenes contra menores de edad[5][5], entre muchos otros, han generado el total repudio de la sociedad colombiana, así como de los medios de comunicación, donde...

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