Proyecto de acuerdo "Por el cual se adopta el Plan de Manejo de la Reserva Forestal Protectora (RFP) Nacimiento del río Bogotá." - Proyectos Normativos de la Corporación Autónoma Regional Cundinamarca - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 953291855

Proyecto de acuerdo "Por el cual se adopta el Plan de Manejo de la Reserva Forestal Protectora (RFP) Nacimiento del río Bogotá."

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Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR
Consejo Directivo
República de Colombia
ACUERDO No DE
Por el cual se adopta el Plan de Manejo de la Reserva Forestal Protectora (RFP)
Nacimiento del río Bogotá
www.car.gov.co
Av. Esperanza # 62-49 Costado Esfera - Pisos 6 y 7. Telefono 5801111
Email buzonjudicial@car.gov.co
Bogotá Colombia.
GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 4 25-06-2020 Página 1 de
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El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
CAR, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las que
le confieren los artículos 27, literal g y 31 numeral 16 de la Ley 99 de 1993, en
armonía con el artículo 24, numeral 6º, del Acuerdo 48 de 2021, por medio del cual
se adoptan los estatutos de la Corporación y,
CONSIDERANDO:
Que, a las Corporaciones Autónomas Regionales, corresponde al amparo de lo
dispuesto en el numeral 16 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993, reservar,
alinderar, administrar o sustraer, en los términos y condiciones que fijen la ley y los
reglamentos, los distritos de manejo integrado, los distritos de conservación de
suelos, las reservas forestales y reglamentar su uso y funcionamiento.
Que el primer inciso del artículo 2.2.2.1.1.3 del Decreto 1076 de 2015, define la
figura de Reserva Forestal Protectora como el “Espacio geográfico en el que los
ecosistemas de bosque mantienen su función, aunque su estructura y
composición haya sido modificada y los valores naturales asociados se ponen al
alcance de la población humana para destinarios a su preservación, uso
sostenible, restauración, conocimiento y disfrute. Esta zona de propiedad pública o
privada se reserva para destinarla al establecimiento o mantenimiento y utilización
sostenible de los bosques y demás coberturas vegetales naturales”.
Que el mismo artículo, en su tercer inciso, dispone que la reserva, delimitación,
alinderación, declaración, administración y sustracción de las Reservas Forestales
que alberguen ecosistemas estratégicos en la escala regional, corresponde a las
Corporaciones Autónomas Regionales, en cuyo caso se denominarán Reservas
Forestales Protectoras Regionales.
Que la otrora Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de La Sabana
de Bogotá y de los valles de Ubaté y Chiquinqui, mediante Acuerdo No. 10 de 31
de marzo de 1982 declaró la Reserva Forestal Protectora Nacimiento del río
Bogotá, ubicada en el Municipio de Villapinzón, veredas de Chasques, Bosavita y
La Merced, con una extensión de 1.128 hectáreas.
Que, mediante Resolución 142 de 31 de marzo de 1982, el Departamento de
Nacional de Planeación aprobó el Acuerdo No. 10 de 31 de marzo de 1982
mediante el cual declaró la Reserva Forestal Protectora Nacimiento del río Bogotá.
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR
Consejo Directivo
República de Colombia
ACUERDO No DE
Por el cual se adopta el Plan de Manejo de la Reserva Forestal Protectora (RFP)
Nacimiento del río Bogotá
www.car.gov.co
Av. Esperanza # 62-49 Costado Esfera - Pisos 6 y 7. Telefono 5801111
Email buzonjudicial@car.gov.co
Bogotá Colombia.
GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 4 25-06-2020 Página 2 de
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Que la Reserva Forestal Protectora presenta coberturas naturales de bosque alto
andino y páramo y se traslapada con la delimitación del Páramo Rabanal y Río
Bogotá.
Que mediante la Resolución No. 1768 del 28 de octubre de 2016 el Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible delimita el páramo de Rabanal- Río Bogotá.
Que en el artículo decimo del Acuerdo No. 7 de 21 de marzo de 2017 se
establecen, en coherencia con la categoría de Reserva Forestal Protectora los
siguientes objetivos de conservación para la RFP Nacimiento río Bogotá:
1. Conservar y recuperar los ecosistemas estratégicos de bosque andino
existentes en la Reserva Forestal Protectora, para garantizar la presencia
de poblaciones de especies de flora y fauna.
2. Proteger y mantener la oferta del recurso hídrico que genera la Reserva
Forestal Protectora, como bien fundamental para el desarrollo
socioeconómico y cultural de la región.
3. Proteger las bellezas naturales y paisajísticas de los ecosistemas de
páramo y subpáramo de la Reserva Forestal Protectora Nacimiento río
Bogotá
Que mediante el Acuerdo No. 26 de 27 de agosto de 2019 del Consejo Directivo
de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, se precisaron los
límites de la Reserva Forestal Protectora Nacimiento del río Bogotá quedando
definida con un área de 1.354,31 hectáreas.
Que el artículo 2.2.2.1.6.5 del Decreto 1076 de 2015 establece que Cada una de
las áreas protegidas que integran el Sistema Nacional de Áreas Protegidas
(SINAP) contará con un plan de manejo que será el principal instrumento de
planificacn que orienta su gestión de conservación para un periodo de cinco (5)
años de manera que se evidencien resultados frente al logro de los objetivos de
conservación que motivaron su designación y su contribución al desarrollo del
SINAP...”
Que, en el mismo artículo se establece que, el contenido del plan de manejo debe
comprender como mínimo los siguientes componentes.
Componente diagnóstico: Ilustra la información básica del área, su
contexto regional, y analiza espacial y temporalmente los objetivos de
conservación, precisando la condición actual del área y su problemática.

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