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Proyecto de Circular Por el cual se determina la permanencia de los reglamentos técnicos que regulan la producción, procesamiento de alimentos y bebidas, en el marco del proceso de la cadena productiva

Fecha12 Diciembre 2023
Fecha de Fin de Comentarios Públicos15 Diciembre 2023
MateriaSalud
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023
( )
Por el cual se determina la permanencia de los reglamentos técnicos que regulan la
producción, procesamiento de alimentos y bebidas, en el marco del proceso de la cadena
productiva
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas en
los artículos 259 y 299 de la Ley 9 de 1979, 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y 2.2.1.7.6.7
del Decreto 1468 de 2020 y,
CONSIDERANDO
Que el Decreto 1595 de 2015 dictó normas relativas al Subsistema Nacional de Calidad y
modificó el Capítulo 7 y la Sección 1 del Capítulo 8 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del
Decreto 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
Que el Decreto 1468 de 2020, que refiere lo concerniente a el Subsistema Nacional de Calidad
-SNCA en materia de normalización, reglamentación técnica, acreditación, evaluación de la
conformidad, metrología y vigilancia y control, previendo al tenor del artículo 2.2.1.7.6.7, que
los reglamentos técnicos expedidos deberán ser sometidos a revisión por parte de la entidad
reguladora, con el fin de determinar su permanencia, modificación o derogatoria, por lo
menos, una vez cada cinco (5) años, o antes, si cambian las causas que le dieron origen.
Que la Resolución 5865 de 2018 “Por la cual se determina la permanencia de los
reglamentos técnicos que regulan la producción procesamiento de alimentos y bebidas en
el marco del proceso de la cadena productiva, determinó la permanencia de los reglamentos
técnicos, citados a continuación:
- Resolución 5109 de 2005, que establece el reglamento técnico sobre los requisitos de
rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de
alimentos para consumo humano, notificado ante la Organización Mundial del comercio
OMC con la signatura G/TBT/N/COL/31 del 14 de mayo de 2023.
- Resolución 337 de 2006, sobre los requisitos que deben cumplir las sardinas en conserva
que se fabriquen, importen a exporten para el consumo humano, notificada ante la
Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/61 del6 de
marzo del 2006.
- Resolución 779 de 2006, modificada por las Resoluciones 3462 de 2008, 3544 de 2009,
modificada a su vez por las Resoluciones 4217 de 2013 y 4121 de 2011, sobre los
requisitos sanitarios que se deben cumplir en la producción y comercialización de la
panela para consumo humano y se dictan otras disposiciones, notificada ante la
Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/70 del 5 de
septiembre de 2005.
- Resolución 148 de 2007, sobre los requisitos que debe cumplir el atún en conserva y las
preparaciones de atún que se fabriquen, importen o exporten para el consumo humano,

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