Proyecto de Decreto. Por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y se dictan otras disposiciones, 2022 - Proyectos de Normativa del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 907283313

Proyecto de Decreto. Por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y se dictan otras disposiciones, 2022

Año2022
Fecha de publicación21 Junio 2022
EmisorMinisterio de Ciencia, Tecnología e Innovación
REPÚBLICA DE COLOMBIA
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
DECRETO
( )
"Por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Ciencia, Tecnología e
Innovación y se dictan otras disposiciones "
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en particular, las conferidas
por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 54 de la Ley
CONSIDERANDO
Que el numeral 7 del artículo 150 de la Constitución Política de Colombia establece que
le corresponde al Congreso de la República hacer leyes para determinar la estructura
de la administración nacional y crear, suprimir o fusionar ministerios, departamentos
administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y otras entidades del
orden nacional, señalando sus objetivos y estructura orgánica.
Que el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia establece
que le corresponde al Presidente de la República modificar la estructura de los
Ministerios, Departamentos Administrativos y demás entidades u organismos
administrativos nacionales, con sujeción a los principios y reglas generales que defina
la ley.
Que el artículo 49 de la Ley 489 de 1998 establece que frente a los organismos y
entidades administrativas su creación se lleva a cabo por medio a la ley y por iniciativa
gubernamental, entidades dentro de las cuales se encuentran enunciados los
ministerios, entre otros.
Que mediante la Ley 1951 de 2019 se creó el Ministerio de Ciencia, Tecnología e
Innovación como organismo para la gestión de la administración pública, rector del
sector y del Sistema Nacional Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), encargado de
formular, orientar, dirigir, coordinar, ejecutar, implementar y controlar la política del
Estado en esta materia, teniendo concordancia con los planes y programas de
desarrollo.
Que el artículo 125 de la Ley 1955 de 2019 fusionó el Departamento Administrativo de
Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), en el Ministerio de Ciencia, Tecnología
e Innovación, creado mediante la Ley 1951 de 2019, señalando que continuará con la
misma denominación y como organismo principal de la Administración Pública del
DECRETO NÚMERO _________________ de 2022 Hoja N°. 2
Continuación del decreto "Por el cual se adopta la estructura del Ministerio de Ciencia, Tecnología e
Innovación y se dictan otras disposiciones "
____________________________________________________________________
Sector Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación, fijó sus objetivos generales
y específicos, dentro de los cuales se encuentra el de velar por la consolidación y
fortalecimiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI).
Que en ejercicio de las competencias permanentes conferidas mediante la Ley 489 de
1998, se adoptó a través de los Decretos 2226 y 2227 de 2019, la estructura interna y
la planta de personal requerida por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
para su funcionamiento, en virtud del mencionado artículo 125 de la Ley 1955 de 2019.
Que mediante la Sentencia de constitucionalidad C-047 de 2021 la Corte Constitucional
declaró inexequible la Ley 1951 de 2019 y los artículos 125 y 126 de la Ley 1955 de
2019 con efectos diferidos a dos legislaturas completas contadas a partir del 20 de julio
de 2021 con fundamento en que, para la Corte Constitucional se desconoc el artículo
150.7 de la Constitución, en cuanto la Ley 1951 de 2019 no reguló la estructura orgánica
del Ministerio, cuyo vacío no podía subsanarse con lo dispuesto en el art. 1, par. 1º, de
la citada ley, ya que el legislador se limitó a otorgarle al Gobierno facultades que la
Constitución le confería para modificar la estructura de los ministerios, pero no para
determinarla, tal como lo dispone su artículo 186.16.
Que en virtud de la Ley 2162de 2021 se creó el Ministerio de Ciencia, Tecnología e
Innovación, para contar con el ente rector de la política de ciencia, tecnología e
innovación que genere capacidades, promueva el conocimiento científico y tecnológico,
contribuya al desarrollo y crecimiento del país y se anticipe a los retos tecnológicos
futuros, siempre buscando el bienestar de los colombianos y consolidar una economía
más productiva y competitiva y una sociedad más equitativa.
Que el artículo 9 de la Ley 2162 de 2021 establecla estructura del Ministerio de
Ciencia, Tecnología e Innovación y en virtud del artículo 11 de la citada norma,
corresponde al Gobierno Nacional reglamentar dicha estructura mediante decreto.
Que dado que el fundamento legal para la expedición del Decreto 2226 de 2019 fue la
Ley 1951 de 2019 y el artículo 125 de la Ley 1955 de 2019, y que estas normas fueron
declaradas inexequibles por la Sentencia C-047 de 2021 y que como consecuencia de
lo anterior, fue expedida la Ley 2162 de 2021, se hace necesario adoptar la estructura
interna del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación establecida en dicha ley.
Que con la expedición de este Decreto se pretende cumplir con el mandato legal de la
Ley 2162 de 2021 y lograr una mejor articulación de las funciones designadas a cada
una de las dependencias que integra la Entidad, de manera que se propenda por la
materialización de los objetivos misionales del Ministerio.
Que el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación continua a cargo del Fondo
Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, Fondo
Francisco José de Caldas, y cumpliendo las funciones que en relación con los demás
fondos le fueron asignadas por la Constitución y la ley al Departamento Administrativo
de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), función que cumplirá a través de
una dependencia con autonomía administrativa y financiera.
Que el artículo 19 de la Ley 2162 de 2021 señaló que la fusión del Departamento
Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación- Colciencias en el Ministerio de
Ciencia, Tecnología e Innovación se realizará a costo cero.

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