Proyecto Decreto Licencia Parental Compartida y la Licencia Parental Flexible Tiempo Parcial - Proyectos Normativos del Departamento Administrativo de la Función Pública - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 945687199

Proyecto Decreto Licencia Parental Compartida y la Licencia Parental Flexible Tiempo Parcial

Fecha de publicación25 Septiembre 2023
Fecha de Inicio de Comentarios Públicos25 Septiembre 2023
Fecha de Fin de Comentarios Públicos11 Octubre 2023
EmisorDepartamento Administrativo de la Función Pública
REPUBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
DECRETO NÚMERO DE 2023
( )
Por medio del cual se modifica y adiciona el Capítulo 5 del Título 5 de la Parte 2
del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de la
Función Pública, en lo relacionado con la licencia parental compartida y la
licencia parental flexible de tiempo parcial
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial de las
previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo
del parágrafo 4º y 5º del artículo 2 la Ley 2114 de 2021, y
CONSIDERANDO
Que la Ley 2114 de 2021, tiene como objeto ampliar la licencia de paternidad, crear
la licencia parental compartida, la licencia parental flexible de tiempo parcial modificar
el artículo 236 y adicionar el artículo 241A del Código Sustantivo del Trabajo y dictar
otras disposiciones.
Que se requiere actualizar las situaciones administrativas que se encuentran
compiladas en el Capítulo 5 del Título 5 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083
de 2015, conforme con los parágrafos 4º y 5º del artículo 2º de la Ley 2114 de 2021,
y la Sentencia T-143 de 2023 de la Corte Constitucional, mediante la cual se insta al
Departamento Administrativo de la Función Pública para que expida la regulación
de la que trata el inciso 3 del parágrafo 4 del artículo 2 de la Ley 2114 de 2021 de
acuerdo con las consideraciones esbozadas en la providencia.”
Que se hace necesario reglamentar para el sector público la licencia parental
compartida y la licencia parental flexible de tiempo parcial.
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011,
en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.1.2.1.14. del Decreto
Reglamentario Único 1081 de 2015, el contenido del presente Decreto junto con su
memoria justificativa fue publicado en la página web del Departamento
Administrativo de la Función Pública, para conocimiento y posteriores observaciones
de la ciudadanía y los grupos de interés.
Que, en mérito de lo expuesto,

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