Proyecto de decreto del Ministerio del Interior. Ministerio publica proyecto decreto Por el cual se modifica el Decreto 617 de 2012, 07-10-2021 - Proyectos de normatividad del Ministerio del Interior - Iniciativas Legislativas y Proyectos de Normativa - VLEX 877031128

Proyecto de decreto del Ministerio del Interior. Ministerio publica proyecto decreto Por el cual se modifica el Decreto 617 de 2012, 07-10-2021

Fecha de publicación07 Octubre 2021
NotasLa fuente original no indica fecha de fin de consultas, por lo que se estima en base al Decreto 1081 de 2015
Fecha de Fin de Comentarios Públicos21 Octubre 2021
Año2021
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DEL INTERIOR
DECRETO NÚMERO DE 2021
Por el cual se modifica el Decreto 617 de 2012 “Por el cual se crea la condecoración
medalla al mérito "Luis Carlos Galán Sarmiento" por el aporte en materia de Derechos
Humanos, democracia y participación ciudadana”, adicionando el criterio de “Seguridad y
Convivencia Ciudadana” y se crea la categoría especial Gran Medalla Luis Carlos Galán
Sarmiento”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las que le
confiere el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo segundo de la Constitución Política,
son fines esenciales del Estado, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad
de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la
participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política,
administrativa y cultural de la Nación.
Que en virtud de lo señalado en los artículos 1° y 2° del Decreto 2893 de 2011, modificado
por el Decreto 1140 del 4 de julio de 2018, por el cual se modifica la estructura del Ministerio
del Interior, corresponde al Ministerio del Interior formular, adoptar, dirigir, coordinar y
ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia de derechos humanos,
derecho internacional humanitario, integración de la Nación con las entidades territoriales,
gestión pública territorial, seguridad y convivencia ciudadana, asuntos étnicos y minorías,
población LGBTI, enfoque de género, población vulnerable, democracia, participación
ciudadana, acción comunal, libertad e igualdad religiosa, de cultos y conciencia y el derecho
individual a profesar una religión o credo, consulta previa, derecho de autor y derechos
conexos, prevención y protección a personas por violaciones a la vida, libertad, integridad y
seguridad personal, gestión integral contra incendios, las cuales se desarrollarán a través
de la institucionalidad que comprende el Sector Administrativo.
Que así mismo, los numerales 3 y 5 del artículo 2 del Decreto Ley 2893 de 2011, subrogado
por el Decreto 1140de 2018, le confiere como funciones al Ministerio del Interior, las
siguientes:
“3. Servir de enlace y coordinador de las entidades del orden nacional en su relación con
los entes territoriales y promover la integración de la Nación con el territorio y el desarrollo
territorial, a través de la profundización de la descentralización, ordenamiento y autonomía
territorial y la coordinación y armonización de las agendas de los diversos sectores
administrativos, dentro de sus competencias, en procura de este objetivo.
5. Dirigir y promover las políticas tendientes a la prevención de factores que atenten contra
el orden público interno, así como tomar las medidas para su preservación, en coordinación
con el Ministerio de Defensa Nacional, las autoridades departamentales y locales en lo que
a estos corresponda.

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