Proyecto de Ley 088 de 2017 Cámara - 15 de Agosto de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 691834193

Proyecto de Ley 088 de 2017 Cámara

por la cual se crea la licencia ambiental para exploración minera y se dictan otras disposiciones. El Congreso de la República de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Modifíquese el numeral segundo del artículo 52 de la Ley 99 de 1993 el cual quedará así:

2. Exploración minera y ejecución de proyectos de gran minería.

Parágrafo. La licencia de ex ploración minera contenida en el numeral 2 del artículo 52 de la Ley 99 de 1993 solo aplicará para los contratos que se suscriban a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo 2°. Adiciónese el artículo 57-A a la Ley 99 de 1993 el cual quedará así:

Artículo 57A. Del Estudio de Impacto Ambiental para la Exploración Minera. El estudio de impacto ambiental para la exploración minera contendrá la información sobre la localización del proyecto, la descripción de las actividades para cuya ejecución se solicita la licencia y la evaluación de los impactos que puedan producirse.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expedirá los términos de referencia para la elaboración del estudio de impacto ambiental que se debe presentar para la obtención de la licencia ambiental de exploración minera.

Artículo 3°. Vigencia y derogatorias. La presente ley deroga las disposiciones que le sean contrarias y rige a partir de la fecha de su publicación.

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. Antecedentes

Históricamente en Colombia la minería ha existido, y ha sido uno de los principales polos de desarrollo dentro de la sociedad colombiana, pero en la actualidad la minería es una actividad que crece rápida e indiscriminadamente, al ser declarada como una actividad de utilidad pública e interés social (artículo 13 Código de Minas).

Con el fin de regular la actividad minera el Gobierno nacional en el año 2004 a través del Ministerio de Minas y Energía designó al Ingeominas como Autoridad Minera en Colombia para que, con base en el Código de Minas o Ley 685 de 2001, reglamentara las distintas etapas del desarrollo de las actividades mineras: prospección, exploración, construcción y montaje, explotación, aprovechamiento y comercialización de la riqueza del subsuelo. Sin embargo, el Gobierno nacional en el año 2012 decidió crear la Agencia Nacional de Minería (ANM), que reemplazó a Ingeominas. La ANM expide, mediante contratos de concesión, los títulos mineros para las etapas de exploración, construcción y montaje, y explotación, concesiones que...

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