Proyecto de Ley 112 de 2018 Senado - 31 de Agosto de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 737870453

Proyecto de Ley 112 de 2018 Senado

por medio del cual se efectúan unas modificaciones a los pagos generados por concepto de derechos notariales, impuesto departamental de registro y derechos de registro en las líneas de crédito Finagro para el sector Agropecuario colombiano. El Congreso de la República

DECRETA:

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto establecer modificaciones a las tarifas por concepto de pago de derechos notariales, impuesto departamental de registro y derechos de registro, en los actos que contengan garantía hipotecaria que respalden los créditos de línea FINAGRO, utilizados por productores del sector agropecuario colombiano.

Artículo 2°. Establézcase como acto sin cuantía para efectos del pago de derechos notariales, impuesto departamental de registro y derechos de registro, toda escritura que contenga garantía hipotecaria que respalden los créditos de línea FINAGRO, cuya cuantía no supere doscientos (200) salarios mínimos mensuales legales vigentes; Para aquellos que créditos que estén en el rango entre doscientos uno y quinientos (201 - 500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, pagarán el equivalente al cincuenta por ciento (50%) de derechos notariales, impuesto departamental de registro y derechos de registro; y aquellos Créditos que superen los quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, pagarán el cien por ciento (100%) de la tarifa vigentes de derechos notariales, impuesto departamental de registro y derechos de registro.

Artículo 3°. Vigencia. La presente ley modifica y deroga las anteriores y rige a partir de su promulgación.

De los honorables Senadores,

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I. INTRODUCCIÓN

El presente proyecto de ley, de Iniciativa del Senador Ciro Alejandro Ramírez Cortés, desarrolla un componente económico y social a través del cual se enfoca en la dinámica de los créditos otorgados por el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro) como fuente de financiación para pequeños, medianos y grandes productores en la medida que ello conduce a la generación de ingresos y valor agregado para la cadena productiva del sector en mención.

No obstante de la interpretación de Crédito en su forma general, para el sector agropecuario ha existido una dinámica creciente en la solicitud de nuevo financiamiento, lo que ha llevado a una modernización en la forma como se percibe el financiamiento de mediano y largo plazo, pero al mismo tiempo coexiste con la paradoja del costo que se asume por la adquisición de una deuda.

Con base en lo anterior, el proyecto de ley establece una modificación a los costos generados una vez el agricultor asume la posición de financiar su proyecto productivo, al cual, están supeditados todos los costos variables de retroalimentación financiera inherentes al proceso acomodaticio de la función de producción. En tal media, el productor asume como costos de entrada tres ítems catalogados como: el pago de derechos notariales, concernientes a la figura de hipoteca sobre la propiedad, el pago al impuesto departamental de registro, que cambia para cada uno de los Departamentos o zona geográfica objeto del crédito y finalmente, el pago de derechos de registro que evidencia una contraprestación que conlleva a efectos notariales. Los mismos susceptibles de variación.

La ocurrencia del evento generador de estos pagos, limita en forma directa la capacidad de ingreso de los productores toda vez que los recursos deben salir de la cuantía disponible para asumir los costos del crédito a que se enfrente...

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