Proyecto de Ley 127 de 2014 Senado - 4 de Diciembre de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 548256826

Proyecto de Ley 127 de 2014 Senado

por medio de la cual la Nación se asocia a la celebración de los 300 años de fundación del municipio de Guadalupe, departamento de Santander. El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. La Nación se asocia a la conmemoración de los trescientos (300) años de fundación del municipio de Guadalupe, departamento de Santander, como justo homenaje al valor de su pueblo y a su recia tradición histórica.

Artículo 2°. Exáltese y felicítese a todos los hijos de esta tierra prócera quienes, ya como nativos ora como habitantes a lo largo de estos tres centenarios han jalonado el desarrollo cultural, social y económico de Guadalupe, de Santander y del país en general.

Artículo 3°. Radio y Televisión de Colombia, RTVC, producirá y emitirá un documental de televisión y radio, contentivo de los principales aspectos culturales, sociales, políticos, económicos, deportivos y turísticos del Municipio de Guadalupe, Santander, que será transmitido por el Canal Institucional, Señal Colombia y la Radiodifusora Nacional, el día de la efeméride.

Artículo 4°. De conformidad con los artículos 150, 334, 339, 341, 345 y 359 de la Constitución Política, autorízase al Gobierno Nacional para apropiar dentro del Presupuesto General de la Nación, y/o impulsar a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, las partidas necesarias que permitan la ejecución de las siguientes obras:

¿ Terminación de la pavimentación de la carretera que comunica a Guadalupe con el municipio de Oiba.

¿ Construcción de un complejo deportivo tur ístico y cultural.

¿ Construcción del Embalse Maravillas para surtir con sus aguas el acueducto municipal.

¿ Construcción del Plan Maestro de Alcantarillado incluyendo sus PTAR.

Artículo 5°. Autorízase al Gobierno Nacional de conformidad con el artículo 341 de la Constitución Política, para realizar los traslados presupuestales, contratar los créditos y contracréditos, celebrar los convenios interadministrativos que sean necesarios entre la Nación, el Departamento de Santander y el Municipio de Guadalupe para el cabal cumplimiento de la presente ley.

Artículo 6°. Esta ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

De los honorables Senadores,

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Guadalupe, de la legendaria provincia comunera, se encuentra ubicado al sur del departamento de Santander, a escasos 50 kilómetros del municipio de El Socorro, cuna de la independencia de Colombia. Enclavado en su rica tradición colonial, enmarcado en sus antiguas casas y en su exuberante parque, el municipio cuenta con la invaluable joya religiosa y arquitectónica del Santuario de Nuestra Señora La Virgen de Guadalupe que tutela y bendice toda la comarca.

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