Proyecto de Ley 129 de 2018 Senado - 5 de Septiembre de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 738223257

Proyecto de Ley 129 de 2018 Senado

por medio del cual se establece la política de uso adecuado de TIC. El Congreso de la República

DECRETA:

Artículo 1°. La utiliza ción de teléfonos inteligentes o de cualquier otro tipo dispositivo de comunicación electrónica deberá ser restringida a los estudiantes de las instituciones educativas públicas y privadas de preescolar, básica y media, durante las horas de clase y de las actividades académicas que se desarrollen en horario escolar dentro o fuera del establecimiento.

La Dirección de la institución educativa determinará los lugares y contextos en los que podrá darse uso a estos dispositivos, así como las excepciones para su aprovechamiento con fines pedagógicos y de la política del uso adecuado de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, contemplada en el artículo 3° de la presente ley.

La Dirección de las instituciones educativas en acuerdo con los padres de familia determinarán dentro del manual de convivencia las reglas para el uso adecuado de los dispositivos electrónicos, así como las sanciones a las que haya lugar en los casos en que se viole la restricción.

Parágrafo. La restricción del uso de estos dispositivos no aplicará para los estudiantes en condición de discapacidad que los utilicen como apoyo para el desarrollo de sus actividades cotidianas.

Artículo 2°. El Ministerio de Educación, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y el Ministerio del Trabajo crearán y desarrollarán la política del uso adecuado de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en las aulas, orientada en los siguientes ejes:

1. Estrategias de preve nción al matoneo, acoso y acoso sexual en redes sociales.

2. Instrucción sobre el uso pedagógico y productivo de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones en las aulas.

3. Desarrollo de líneas curriculares y de investigación; e impulso de proyectos académicos basados en el uso adecuado de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones; que permitan el desarrollo de conocimientos y competencias en innovación tecnológica y emprendimiento.

Artículo 3°. Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

De los honorables Congresistas,

CONSULTAR NOMBRES Y FIRMAS EN ORIGINAL IMPRESO O EN FORMATO PDF

PROYECTO DE LEY NÚMERO 129 DE 2018 senado

por medio del cual se establece la política de uso adecuado de TIC.

El Congreso de la República

DECRETA:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. Objetivo del proyecto

El presente proyecto tiene como objetivo principal desincentivar el uso ocioso y sin supervisión de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, especialmente la utilización de dispositivos móviles, como celulares, smartphones, tabletas, durante la jornada escolar.

Esta medida permitirá, además de promover que los estudiantes se concentren en las actividades pedagógicas, protegerlos de los peligros de la red.

El uso inadecuado durante la jornada escolar es una ventana abierta para que los niños, niñas y adolescentes puedan ser víctimas de redes de pornografía infantil, trata y matoneo o bullying, en tanto que la navegación por redes sociales e internet no está debidamente orientada y supervisada por adultos responsables, en este caso por el cuerpo docente de las instituciones...

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