Proyecto de ley 205 de 2012 cámara - 23 de Marzo de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451039046

Proyecto de ley 205 de 2012 cámara

PROYECTO DE LEY 205 DE 2012 CÁMARA. por la cual se autoriza a institutos o centros de investigaciones o estudios y academias, previo cumplimiento de requisitos, a desarrollar programas académicos de doctorado.

El Congreso de la República

DECRETA:

Artículo 1

°. Autorización legal. Los institutos o centros de investigaciones o estudios y las academias científicas constituidos como entidades sin ánimo de lucro que en su objeto social, como actividad principal, se dediquen a la investigación científica o académica y que cumplan los requisitos contemplados en la presente ley, lo mismo que las entidades del Estado dedicadas de modo principal a la investigación científica que también satisfagan tales requisitos, podrán obtener el registro calificado para realizar programas académicos de doctorado relacionados con sus campos de acción, por un término de siete (7) años. Concedido el registro calificado, en el mismo acto administrativo, el Ministerio de Educación Nacional les otorgará autorización especial para funcionar como instituciones de educación superior y expedir los títulos respectivos.

Como instituciones de educación superior, en lo que concierne a los programas académicos que desarrollen, estarán sujetos a facultades de inspección - vigilancia de la educación que le competen al Estado.

Artículo 2° Requisitos ordinarios. Los institutos y academias a los que se refiere esta ley deberán presentar las solicitudes de registro calificado con la información que corresponde a los siguientes requisitos ordinarios, contemplados en las reglamentaciones sobre registro calificado de programas académicos:
  1. Denominación del programa.

  2. Justificación del programa.

  3. Contenidos Curriculares.

  4. Organización de las actividades académicas.

Artículo 3

°. Requisitos extraordinarios. Los institutos y academias a los que se refiere la presente ley, además de lo establecido en el artículo anterior, deberán presentar las solicitudes de registro calificado con la información que corresponde a los siguientes requisitos extraordinarios:

  1. Tener registrados en el sistema de Colciencias...

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