Proyecto de ley 179 de 2012 cámara - 11 de Octubre de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451052198

Proyecto de ley 179 de 2012 cámara

PROYECTO DE LEY 179 DE 2012 CÁMARA. por medio de la cual se modifica la Ley 47 de 1993 y crea la contribución para el desarrollo social y el bienestar de la comunidad raizal y el apoyo a la educación superior de los jóvenes de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

  1. Exposición de Motivos

    La singular condición de islas oceánicas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, su fragilidad ambiental, la singular etnia raizal del departamento y el particular crisol de culturas que componen su sociedad, inspiraron a un grupo de ciudadanos del Archipiélago a solicitar a la Asamblea Nacional Constituyente la inclusión de un artículo en el cuerpo de la Carta, que plasmara las bases constitucionales para que el legislador promulgara leyes para proteger el ambiente, la etnia raizal y los habitantes de la frontera azul de Colombia.

    Desde que el constituyente primario incluyó el artículo 310 en la Constitución Nacional en 1991 se han desarrollado diversos instrumentos legales para controlar la densidad poblacional y proteger el ambiente en las islas. Es así como el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2762 de 1991 donde se establecieron las bases de un régimen especial para el Archipiélago en materia de circulación y residencia, y el cual no ha sido adecuado a las nuevas realidades del departamento después de más de veinte años.

    De igual manera la Ley 47 de 1993 estableció una contribución especial para la infraestructura turística de San Andrés, Providencia y Santa Catalina con los recursos recaudados por el valor de las tarjetas de turismo y las de residencia provisional. Esta iniciativa del parlamentario Julio Gallardo Archbold tenía el propósito de apoyar el desarrollo económico y social de la región, sin embargo las nuevas fuentes de financiación se abren con recursos como los de regalías y los establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) para recuperación de playas e inversión turística del departamento cumplen a cabalidad con este propósito, abriendo la posibilidad de la utilización de estos recursos para los fines establecidos en la presente ley.

    Pero a pesar de la intención sana del legislador al expedir la mencionada ley, la verdadera vocación de esos recursos debe ser el apoyo a la comunidad raizal, razón esencial de la expedición del artículo 310 de la Constitución, y del establecimiento de una política de reducción de la presión demográfica y de inmigración indiscriminada en las islas.

    En ese orden de ideas, presento este proyecto de ley para modificar la esencia y la destinación de la contribución que creara la Ley 47 de 1993, erigiendo la contribución para el desarrollo social y el bienestar de la comunidad raizal y el apoyo a la educación superior de los jóvenes de las islas. Dándole coherencia a la utilización de los recursos que se generan por el control poblacional en el Archipiélago y las políticas públicas que se deben establecer con los mismos.

    En el Plan Nacional de Desarrollo 2010 - 2014 ¿Prosperidad para todos¿ se define como ¿El objetivo final del Gobierno y del Plan Nacional de Desarrollo 2010 - 2014 como mapa de ruta, la prosperidad de todos los colombianos. Esto significa lograr una sociedad con más empleo, menos pobreza y más seguridad. La visión de sociedad que queremos es la de una sociedad con igualdad de oportunidades y con movilidad social, en que nacer en condiciones desventajosas no signifique perpetuar dichas condiciones a lo largo de la vida, sino en que el Estado acude eficazmente para garantizar que cada colombiano tenga acceso a las herramientas fundamentales que le permitirán labrar su propio destino, independientemente de su género, etnia, posición social, orientación sexual o lugar de origen. Así como el crecimiento económico conduce a mayor desarrollo social, las políticas y avances en el desarrollo social y la igualdad de oportunidades, además de generar impactos positivos sobre el bienestar de la población, también retroalimentan el crecimiento económico y se traducen en mayor productividad¿[1][1].

    1.1. Situación Socio Económica y Demográfica

    El departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina presenta cifras de desarrollo humano que reflejan un presente preocupante, y un futuro desalentador que nos obligan a encontrar mecanismos más audaces, imaginativos y justos para enfrentar los retos del porvenir.

    El índice de edad promedio de fecundidad ha bajado dramáticamente desde 1985 hasta el presente, y se augura un descenso mayor hacia el futuro. Las cifras demuestran que en 1985 la edad promedio de fecundidad estaba en 28,7 años, ha...

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