Proyecto de ley 304 de 2013 cámara
PROYECTO DE LEY 304 DE 2013 CÁMARA. por la cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2013.
5.1.2.
Bogotá, D. C.
Doctor
AUGUSTO POSADA SÁNCHEZ
Presidente
Cámara de Representantes
Edificio Nuevo del Congreso - Capitolio
Carrera 7 calles 8 y 9
Bogotá
Asunto: Remisión Proyecto de ley número 304 de 2013 Cámara, por la cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2013.
Honorable Presidente:
En forma atenta anexo a la presente, el proyecto de ley, por la cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2013, para que a través de su distinguido conducto sea puesto a consideración del honorable Congreso de la República.
El proyecto de ley que se presenta a consideración del legislativo, persigue varios objetivos, entre los cuales se destacan los siguientes: i) adecuar presupuestalmente algunas de las disposiciones contempladas en la reciente reforma tributaria, Ley 1607 del 26 de diciembre de 2012; ii) dar cumplimiento a los acuerdos establecidos con los productores cafeteros a comienzos del mes de marzo; iii) asignar nuevos recursos a sectores con gran potencial de impacto sobre el crecimiento económico y la generación de empleo, los cuales se ejecutarán en el marco del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo, PIPE, que el Gobierno Nacional ha puesto en marcha, y iv) incluir algunas operaciones que se consideran necesarias para la correcta ejecución del presupuesto en algunas entidades.
Cordial saludo,
Mauricio Cárdenas Santamaría,
Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Anexo: 21 folios.
PROYECTO DE LEY NÚMERO 304 DE 2013 CÁMARA
por la cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2013.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Efectúense las siguientes modificaciones al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2013, que lo adicionan en la suma de tres billones trescientos noventa y un mil doscientos cuatro millones ciento noventa y un mil novecientos cincuenta y dos pesos moneda legal ($3.391.204.191.952), según el siguiente detalle:
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Efectúanse los siguientes contracréditos en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2013, en la suma de dos billones seiscientos veintisiete mil quinientos veintidós millones seiscientos ochenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos moneda legal ($2.627.522.683.453), según el siguiente detalle:
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Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos en el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 2013, en la suma de dos billones seiscientos veintisiete mil quinientos veintidós millones seiscientos ochenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos moneda legal ($2.627.522.683.453),según el siguiente detalle:.
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Los recursos del impuesto sobre la renta para la equidad - CREE, de que tratan los artículos 23 y 24 de la Ley 1607 de 2012, apropiados en el Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la presente vigencia fiscal para financiar el sistema de seguridad social en salud, deberán ser transferidos al Fosyga a partir de enero de 2014 en los términos establecidos por el referido artículo 24.
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Para efectos de atenuar en el mercado interno el impacto de las fluctuaciones de los precios de los combustibles en los mercados internacionales, conforme lo disponen los artículos 69 de la Ley 1151 de 2007 y 101 de la Ley 1450 de 2011, el Ministerio de Minas y Energía podrá autorizar la importación de combustibles con las calidades del país de origen para ser distribuidos de manera exclusiva en los municipios reconocidos por el Gobierno Nacional como zonas de frontera¿.
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Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a los
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
De acuerdo con las disposiciones de la Constitución Política y de la Ley Orgánica del Presupuesto, el Gobierno Nacional presenta al Honorable Congreso de la República el proyecto de ley ¿por la cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2013¿.
Una característica de las últimas administraciones ha sido la de gestionar el presupuesto sin recurrir al mecanismo de adición a la ley del Presupuesto General de la Nación (PGN), previsto en la Constitución Política y en el Estatuto Orgánico de Presupuesto (EOP). En los dos pasados cuatrienios, solo en contadas ocasiones se ha utilizado este procedimiento. Cuando así se ha hecho, ha sido, fundamentalmente, con el fin de allegar y canalizar recursos para atender los efectos de las intensas temporadas invernales que entre 2010 y 2012 afectaron la mayor parte del país. También se ha utilizado recientemente como instrumento contracíclico, con resultados muy positivos, en apoyo al crecimiento de nuestra economía y la generación de empleo, en el contexto global de debilitamiento de las economías de nuestros principales socios comerciales, Estados Unidos de América, Comunidad Europea y Venezuela.
El uso de estos instrumentos de programación y gestión presupuestales, autorizados al ejecutivo por la Constitución Política y la ley, le ha permitido al Gobierno Nacional actuar diligentemente con el fin de hacer más eficiente el gasto y generar un mayor impacto con su ejecución, sin afectar las metas fiscales. Como se muestra más adelante, las operaciones presupuestales que se proponen en este proyecto implicarán un incremento en el PGN de 2013 cercano a $3,4 billones. Sin embargo, por las características con que han sido diseñadas estas operaciones, su efecto sobre el balance fiscal será nulo, señal de la responsabilidad fiscal con que ha actuado esta administración.
A. CONTEXTO DE LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN AL PGN 2013
El proyecto de ley que ahora se presenta a consideración del legislativo, persigue varios objetivos, entre los cuales se destacan los siguientes: i) incorporar presupuestalmente algunas de las disposiciones contempladas en la reciente reforma tributaria, Ley 1607 del 26 de diciembre de 2012; ii) dar cumplimiento a los acuerdos establecidos con los productores cafeteros a comienzos del mes de marzo; iii) asignar nuevos recursos a sectores con gran potencial de impacto sobre el crecimiento económico y la generación de empleo, los cuales se ejecutarán en el marco del Plan de Impulso a la Productividad y el Empleo, PIPE, que el Gobierno Nacional ha puesto en marcha, y iv) Incluir operaciones que se consideran necesarias para la correcta ejecución del presupuesto en algunas entidades, como en el caso del presupuesto de la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV). Con estos propósitos se ponen a consideración del Congreso de la República las propuestas que se resumen y justifican a continuación.
i) Modificaciones al presupuesto en concordancia con la ley de reforma tributaria o Ley 1607 de 2012. La reforma tributaria aprobada por el Congreso de la República, después de un amplio debate público, adoptó medidas importantes para la generación de empleo y la promoción de equidad entre los colombianos. Esta ley, entre otras disposiciones, creó la contribución sobre la renta para la equidad ¿ CREE. Este tributo está constituido por el aporte con el que contribuirán las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la...
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