Proyecto de ley 007 de 2013 cámara - 25 de Julio de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 465822486

Proyecto de ley 007 de 2013 cámara

PROYECTO DE LEY 007 DE 2013 CÁMARA. por la cual se adiciona el numeral 5 del artículo 192 del Decreto número 663 de 1993.

El Congreso de la República

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónese el numeral 5 del artículo 192 del Decreto número 663 de 1993, adicionado por el artículo 244, numeral 1 de la Ley 100 de 1993, el cual quedará así:

Artículo 192. ...

5. Las Compañías Aseguradoras que operan el seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito, destinarán el 3.0 por ciento de las primas que recauden anualmente a la constitución de un fondo administrado por ellas para la realización conjunta de campañas de prevención vial nacional, en coordinación con las entidades estatales que adelanten programas en tal sentido.

Las campañas de prevención vial nacional comprenden todas aquellas actividades, servicios, insumos, obras y demás labores que tiendan a prevenir la siniestralidad vinculada con al tráfico vehicular.

Artículo 2º La presente ley rige a partir de su publicación y deroga las normas contrarias

Juan Lozano Ramírez,

Senador de la República.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 18 de marzo de 2013 radiqué el Proyecto de ley número 247 de 2013 Cámara, publicado en la Gaceta del Congreso número 110 de 2013, remitido a la Comisión Sexta Constitucional Permanente, cuya Mesa Directiva designó Ponente al honorable Representante José Caicedo, quien radicó ponencia el día 12 de junio del presente año, y fue publicada en la Gaceta del Congreso número 412 de 2013. Sin embargo, no se surtió el debate correspondiente en la Comisión por lo que los tiempos legislativos determinaron su archivo.

Convencido de la pertinencia y necesidad de la disposición radicada presento esta iniciativa nuevamente para estudio y aprobación del Congreso de la República.

El fin de la presente disposición es el de aclarar el alcance dado por el Legislador al numeral 5 del artículo 192 del Decreto número 663 de 1993, adicionado por el artículo 244, numeral 1 de la Ley 100 de 1993, en virtud a la facultad que tiene el legislador para precisar el sentido de una ley, que como en el caso presentado pueda dar alguna interpretación distinta al espíritu legislativo.

Esto se conoce como...

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