Proyecto de Ley 157 de 2013 Senado - 2 de Diciembre de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 490739378

Proyecto de Ley 157 de 2013 Senado

por medio de la cual se rinde honores al municipio de Quimbaya en el departamento del Quindío en la celebración de sus 150 años de fundación, y se dictan otras disposiciones en materia de infraestructura, y promoción y fortalecimiento institucional a la identidad cultural del municipio. El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto el fortalecimiento y la promoción de la cultura, el legado histórico y la identidad del municipio de Quimbaya en el departamento del Quindío, asociándose la Nación a la celebración de los ciento cincuenta (150) años de fundación del municipio.

Artículo 2°. El Estado colombiano rinde homenaje al municipio de Quimbaya, se vincula a la celebración de los ciento cincuenta (150) años de la fundación de Quimbaya en el departamento de Quindío, que se cumplirán el 1° de agosto de 2014, como homenaje de gratitud y admiración a sus fundadores y a las excelsas virtudes de sus gentes; y establece un conjunto de medidas administrativas, económicas y sociales que materializan la promoción, garantía y protección de los derechos constitucionales de sus habitantes.

Artículo 3°. Para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley, el Gobierno nacional, de conformidad con el artículo 341 de la Constitución Política, podrá incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación correspondiente a las vigencias 2015, 2016 y 2017, las apropiaciones necesarias correspondientes para la ejecución, terminación y efectiva entrega de las siguientes obras de infraestructura, dirigidas al desarrollo social y económico del municipio de Quimbaya en el departamento de Quindío, las cuales pretender hacer efectivo el desarrollo humano sostenible de sus habitantes:

a) Mantenimiento y modernización del hospital (categoría 1) del municipio de Quimbaya en el departamento de Quindío.

b) Asesoría, apoyo, capacitación y promoción desde el Ministerio de Agricultura al modelo agrícola y de convivencia territorial, que toma como base el fortalecimiento de los modelos productivos de la familia campesina.

Parágrafo. Una vez se haya realizado la evaluación técnica y analizado el impacto social y económico sobre las obras descritas en el artículo anterior, estas serán incluidas inmediatamente en el Banco de Programas y Proyectos del Departamento Nacional de Planeación.

Artículo 4°. El Gobierno nacional, impulsará y apoyará ante la gobernación del departamento de Quindío, los Fondos de Cofinanciación y otras entidades públicas cuya función y facultades correspondan con el cumplimiento de la presente ley, la obtención de recursos económicos adicionales o complementarios a los apropiados a través del Presupuesto General de la Nación necesarios para la ejecución, terminación y cumplimiento de las obras descritas en el artículo 3 de la presente ley.

Artículo 5°. En cumplimiento de la Ley 397 de 1997, el Estado a través del Ministerio de Agricultura, apoyará el establecimiento de un programa cultural artístico e incluyente de diversas disciplinas con el fin de promover la creación, investigación y fortalecimiento de las diversas expresiones culturales en el municipio de Quimbaya en el departamento de Quindío.

Igualmente, el Mini sterio de Cultura apoyará la creación de una beca anual y la realización de un festival cultural en el municipio de Quimbaya en el departamento del Quindío, como exaltación de la identidad cultural del municipio.

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