Proyecto de ley 50 de 2011 senado - 2 de Agosto de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451475686

Proyecto de ley 50 de 2011 senado

PROYECTO DE LEY 50 DE 2011 SENADO. por la cual se dispone la enajenación de una participación accionaria de la Nación en Ecopetrol S. A.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° La Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá enajenar su participación accionaria en Ecopetrol S

A. hasta por el equivalente al diez por ciento (10%) del capital suscrito y pagado de la empresa, garantizando que la Nación conserve como mínimo la propiedad del setenta por ciento (70%) de las acciones en circulación con derecho a voto de Ecopetrol S. A.

Parágrafo. La enajenación a que se refiere el presente artículo se efectuará sin perjuicio de la capitalización autorizada por la Ley 1118 de 2006.

Artículo 2° La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

De los honorables Congresistas,

Juan Carlos Echeverry Garzón, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Carlos Rodado Noriega, Ministro de Minas y Energía.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Gobierno Nacional presenta a consideración del honorable Congreso de la República este proyecto de ley con el propósito de viabilizar un proceso de enajenación de su participación accionaria en Ecopetrol S. A.

Es importante recordar que, mediante Ley 1118 de 2006, se modificó la naturaleza jurídica de Ecopetrol para convertirla en una Sociedad de Economía Mixta de carácter comercial, previa emisión y colocación de acciones de dicha empresa, lo cual se concretó finalmente en la colocación más exitosa en la historia del mercado de valores en Colombia.

Dicha capitalización, en los términos del artículo 2° de la misma Ley 1118 de 2006 no podría diluir a menos del ochenta por ciento (80%) la participación de la Nación en Ecopetrol. En virtud de esta norma, Ecopetrol realizó en 2007 una emisión de acciones nuevas, que representan hoy el 10.1% de su capital, quedando pendiente la culminación del Proceso mediante una emisión futura del restante 9.9% del mismo, la cual se realizará en los términos especificados en la Ley 1118 y bajo las condiciones que para el efecto determine la Junta, tal y como lo informó Ecopetrol S. A., a través de comunicado de prensa de 26 de noviembre de 2010.

La capitalización autorizada por la Ley 1118 de 2006 consiste en la emisión primaria de acciones por parte de Ecopetrol S. A...

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