Proyecto de Ley 61 de 2017 Senado - 4 de Agosto de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 691176549

Proyecto de Ley 61 de 2017 Senado

¿ANA CECILIA NIÑO¿ por el cual se prohíbe el uso de asbesto en el territorio nacional y se establecen garantías de protección a la salud de los colombianos frente a sustancias nocivas. HOMENAJE

El presente proyecto de ley rinde homenaje a la memoria de ANA CECILIA NIÑO, víctima del asbesto. Ejemplo de lucha y tenacidad, quien dedicó sus últimos días de vida a transmitir un mensaje de esperanza e instó a todas las instancias y autoridades del Estado a trabajar por ¿Una Colombia libre de asbesto¿.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Este documento plasma la necesidad de que a través del Congreso de la República se legisle en torno a la prohibición del asbesto, toda vez que se reconocen los efectos nocivos para la salud derivados de la manipulación de este mineral. Siendo coherentes con el Estado social de derecho se requiere que el legislador mire intereses públicos como la salud desde la faceta preventiva.

Esta exposición de motivos está estructurada de la siguiente forma:

¿ Introducción

¿ Justificación

¿ Antecedentes legislativos.

¿ Impacto del Asbesto en la Salud.

¿ Contexto del asbesto en Colombia

¿ Víctimas

¿ Proposición

¿ Articulado.

1. INTRODUCCIÓN

El término ¿Asbesto¿ designa un grupo de minerales naturales fibrosos, que han tenido o siguen teniendo un uso comercial debido a su extraordinaria resistencia a la tensión, su escasa termoconductividad y su relativa resistencia al ataque químico; por estos motivos, el asbesto se utiliza en el aislamiento de los edificios, como componente de diversos productos (tejas, tuberías de agua, mantas ignífugas y envases médicos), como aditivo de los plásticos y en la industria automovilística (revestimiento de embragues y frenos, juntas y amortiguadores). Se clasifican en dos variedades: Serpentina (asb esto cristilo o amianto blanco) y Anfíboles (crocidolita, amosita, tremolita, antofilita, actinolita).

La creciente utilización de este material en la industria alertó acerca del posible impacto de este frente a la salud de la población expuesta, teniendo como resultado una construcción científica que da fe de una variedad de patologías relacionadas a la manipulación de asbesto.

Estos descubrimientos médicos, que determinan que todas las formas de asbesto son cancerígenas para el ser humano y que la exposición laboral causa más de 107.000 muertes anuales por cáncer de pulmón relacionado con el asbesto, mesotelioma y asbestosis, han llevado a que se haga un llamado internacional para la sustitución de este material y la prohibición de su manipulación de este mineral, es así como en la actualidad más de 50 países de todo el mundo han prohibido el amianto, incluyendo todos los miembros de la Unión Europea.

En Colombia, a pesar de que se calcula que mueren cerca de 320 personas al año a causa de alguna enfermedad relacionada con el asbesto, las regulaciones normativas en relación al asbesto en nuestro ordenamiento jurídico se remiten al convenio internacional de la OIT aprobado por la Ley 436 del 11 de febrero de 1998, convenio que tiene por objetivo esencial, ¿prescribir las medidas que habrán de adoptarse para prevenir y controlar los riesgos para la salud debidos a la exposición profesional al asbesto y para proteger a los trabajadores contra tales riesgos¿, que posteriormente fue regulado con la Resolución número 007 de 4 de noviembre de 2011. De tal forma que se implementa un esquema precario de ¿uso seguro¿, que día a día se proyecta como una amenaza a la salud pública y además desconoce el avance de carácter internacional del ¿uso seguro¿ a la prohibición absoluta a partir de la Resolución 34 de 15 de junio de 2006 de la OIT.

2. JUSTIFICACIÓN

La materialización del Estado Social de Derecho en el área de la salud pública exige que el Estado garantice la prevención de futuras afectaciones del bienestar físico o psicológico de sus habitantes; esto conlleva a realizar una ponderación de los riesgos y afectaciones a la salud de tal forma que se implementen las medidas eficaces y eficientes para aminorar el impacto de factores externos.

Es de allí que surge la necesidad de implementar un esquema legislativo que transcienda de la implementación segura de asbesto a la prohibición de la manipulación del mismo, utilizando como medio la sustitución de este mineral por sustancias menos nocivas; de tal forma que se constituya en una medida preventiva eficiente frente al impacto que ha generado en la salud de los colombianos.

3. ANTECEDENTES DE LA INICIATIVA

¿ En el 2007, Jesús Bernal Amorocho - Polo Democrático (Proyecto de ley aprobado en primer debate - pero después fue archivado), por medio del cual se prohíbe el uso del asbesto, en todas sus formas, en la fabricación de todo tipo de elementos en el territorio nacional. (Uso de asbesto).

¿ En 2007, Pedro Muvdi (Retirado por el autor), por medio del cual se establece y regula la producción y distribución del cemento social y las láminas de asbesto cemento para cubiertas, como insumos para incentivar la construcción o mejoramiento de vivienda de interés social.

¿ En 2007, Zulema Jatin Corrales, Partido Social de la Unidad Nacional (Archivado, no se le dio debate), por la cual se expiden normas sobre la prohibición del uso del asbesto en todas sus variedades y se establecen medidas de prevención, protección y vigilancia frente a los riesgos derivados de la exposición al asbesto en los lugares de trabajo y el ambiente en general.

¿ En 2007, Javier Cáceres Leal - Cambio Radical (Fue retirado por el Autor, no se le dio debate), por medio de la cual se adoptan lineamientos para la política de protección contra el amianto/asbesto, en el territorio nacional.

¿ En 2009, Pedro Muvdi - Partido Liberal (No se le dio debate - retirado por el autor), por medio de la cual se establece y regula la producción y distribución del cemento social y las láminas de asbesto cemento para cubiertas y se dictan otras disposiciones.

¿ En 2015, Nadia Blel Scaff - Partido Conservador (Votado negativamente en el seno de la Comisión Séptima de Senado), Proyecto de ley número 97 de 2015 Senado, por la cual se prohíbe la producción, comercialización, exportación, importación y distribución de cualquier variedad de asbesto en Colombia.

¿ En 2016, Nadia Blel Scaff - Partido Conservador (Retirado por indebida acumulación), Proyecto de ley número 034 de 2016 Cámara, por la cual se prohíbe la producción, comercialización, exportación, importación y distribución de cualquier variedad de asbesto en Colombia.

4. IMPACTO DEL ASBESTO EN LA SALUD

CONCEPTO DE LA OMS

La Organización Mundial de la Salud considera que ¿Todas las formas de asbesto son cancerígenas para el ser humano. La exposición al asbesto, incluido el crisotilo, es causa de cáncer de pulmón, laringe y ovario, así como de mesotelioma (un cáncer del revestimiento de las cavidades pleural y peritoneal). La exposición al asbesto también puede causar otras enfermedades, como la asbestosis (una forma de fibrosis pulmonar), además de placas, engrosamientos y derrames pleurales.

En el mundo hay unos 125 millones de personas expuestas al asbesto en el lugar de trabajo. Según los cálculos más recientes de la OMS, la exposición laboral causa más de 107.000 muertes anuales por cáncer de pulmón relacionado con el asbesto, mesotelioma y asbestosis.

Se calcula que la mitad de las muertes por cáncer de origen laboral son causadas por el asbesto. Además se calcula que cada año se producen varios miles de muertes atribuibles a la exposición doméstica el asbesto.

También se ha demostrado que la exposición conjunta al humo del tabaco y a las fibras de asbesto aumenta el riesgo de cáncer de pulmón, y que el riesgo es tanto mayor cuanto más se fuma.

En su Resolución WHA58.22 sobre prevención y control del cáncer, la Asamblea de la Salud instó a los Estados Miembros a que prestaran especial atención a los cánceres relacionados con exposiciones evitables, en particular la exposición a sustancias químicas en el lugar de trabajo o en el medio ambiente.

En su Resolución WHA60.26, la Asamblea de la Salud pidió a la OMS que llevara a cabo campañas mundiales para eliminar las enfermedades relacionadas con el asbesto, teniendo en cuenta un enfoque dif erenciado en la reglamentación de sus diversas formas, de conformidad con los pertinentes instrumentos jurídicos internacionales y los datos científicos más recientes relativos a las intervenciones eficaces. Las intervenciones costo-efectivas para prevenir las enfermedades pulmonares laborales debidas a la exposición al asbesto se encuentran entre las opciones de política para aplicar el plan de acción mundial para la prevención y el control de las enfermedades no transmisibles (2013-2020), aprobado en 2013 por la 66 Asamblea Mundial de la Salud en su resolución WHA66.10.

La eliminación de las enfermedades relacionadas con el asbesto tiene dos componentes principales: la asistencia a los países que siguen utilizando el crisotilo y la asistencia relacionada con las exposiciones derivadas del uso histórico de todas las formas del asbesto.

INSTITUTO NACIONAL DE CÁNCER EE.UU. ¿RIESGOS A LA SALUD EXPOSICIÓN A ASBESTOS[1] [1] ¿

Es posible que la gente esté expuesta al asbesto en su trabajo, en su localidad o en sus hogares. Si los productos que contienen asbesto se sacuden, fibras pequeñas de asbesto se desprenden en el aire. Cuando se inhalan las fibras de asbesto, es posible que se alojen en los pulmones y que permanezcan ahí por mucho tiempo. Con el tiempo, las fibras pueden acumularse y causar cicatrices e inflamación, lo cual puede dificultar la respiración y llevar a serios problemas de salud (6).

El asbesto ha sido clasificado como un cancerígeno humano...

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