Proyecto de ley 239 de 2003 cámara
PROYECTO DE LEY 239 DE 2003 CÁMARA. por medio de la cual se implementa el voto electrónico y se dictan otras disposiciones
El Congreso de la República de Colombia
DECRETA:
El sistema de votación electrónica está compuesto por un computador de uso específico (diseñado con el fin de operar como sistema para elecciones). Este sistema tiene dos terminales: La terminal del delegado electoral (microterminal) o computador de identificación biométrico, donde el votante es identificado y autorizado a votar, y la terminal del votante donde cada voto es registrado numéricamente.
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Ofrecer mayores facilidades al elector para el ejercicio del derecho al sufragio.
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Fortalecer la transparencia de los procesos electorales.
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Reducir el abstencionismo electoral.
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Disminuir las posibilidades de fraude.
Las urnas electrónicas se encenderán treinta minutos antes de iniciarse la jornada electoral.
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Se limpian todos los archivos, inclusive el sistema operacional.
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Ante la autoridad electoral y en presencia de los delegados de los diferentes partidos políticos, se cargará en cada urna electrónica el programa general con los siguientes archivos:
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La tabla de candidatos que contiene el nombre del candidato, el número, el partido o coalición y la foto.
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La tabla de votantes de la zona o área electoral.
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El programa para la operación de la terminal o urna electrónica.
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Cada urna electrónica contendrá electores de una sola mesa, de acuerdo con lo establecido por las autoridades electorales.
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En presencia de los testigos electorales se confirma el proceso de cargue del programa y luego se procede a analizar la información después de las pruebas de operación en varias terminales.
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Se sellarán todas las tapas del gabinete de la urna electrónica con adhesivos de seguridad.
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Se realizará una auditoría en algunas o todas las urnas.
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Se preparan algunas urnas especiales para que sirvan en el caso de sustituciones (vacías).
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Se distribuirán las urnas en los distintos puestos de votación del país y del exterior garantizando que lleguen oportunamente para el inicio de las elecciones.
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El Presidente de cada mesa de votación procederá a realizar una impresión o reporte en cada uno de los terminales de cada zona. Este reporte muestra la información de cada localidad o zona e imprime los contadores de votos de cada uno de los candidatos, el cual iniciará en ceros.
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La autoridad electoral le exigirá al elector la cédula de ciudadanía, verificará su identidad por medio de un sistema de reconocimiento de huella biométrico el cual debe coincidir con el número de cédula. Adicionalmente el votante puede ser identificado a través del nombre y de la información que aparece en el visor digital del computador que opera el sistema biométrico de reconocimiento de huella. Desde este computador se autoriza para que el votante pueda realizar su voto en la terminal correspondiente.
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Al entrar el votante en el cubículo encontrará la terminal electrónica del elector, lista para recibir su voto. El elector procederá entonces a digitar el número de su candidato preferido.
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Una vez digitado el número del candidato, aparecerá en la pantalla el nombre de este, su partido político y su foto.
Si la información corresponde al candidato escogido, el votante deberá oprimir la tecla ¿confirmar¿, y en caso contrario, deberá oprimir la tecla ¿corregir¿.
En caso de que el elector elija votar en blanco, también encontrará esta opción en el teclado.
Este reporte contiene la siguiente información:
¿ Identificación de la zona o localidad de votación.
¿ Identificación de la terminal de votación.
¿ Número de votantes que se presentaron y votaron.
¿ Resultados de votos por candidatos y por corporación.
Las cinco copias...
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