Proyecto de ley 120 de 2003 cámara - 22 de Septiembre de 2003 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451268394

Proyecto de ley 120 de 2003 cámara

PROYECTO DE LEY 120 DE 2003 CÁMARA. por medio de la cual se suprime la expresión promoción del deporte del artículo 75 de la Ley 617 de 2000 y se modifica su parágrafo 2º.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Suprímase del contenido del artículo 75 de la Ley 617 de 2000 la expresión \"Promoción del Deporte\" y \"Promoción, Casas de la Cultura\".
Artículo 2º El parágrafo 2º del artículo 75 de la Ley 617 de 2000, quedará así:

\"La dependencia con funciones de promoción del deporte tendrán mínimo una Junta Directiva con representación de ligas, municipios y de Coldeportes Nacional; así como manejar los recursos de fondos del deporte en cuentas especiales para tal fin.

Los miembros de las Juntas Directivas distintos al funcionario encargado de la dependencia promotora del deporte no tendrán calidad de funcionarios públicos\".

Jaime Cervantes Varelo,

Representante a la Cámara,

Departamento del Atlántico.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Honorables Representantes:

En desarrollo de la actividad pública de producción legislativa, que el estatuto superior le asigna al Congreso de la República dentro del carácter democrático, participativo y pluralista que identifica nuestro Estado Social de Derecho; consultando tan solo los límites que la propia constitución imponen y las necesidades latentes del país, presento al Congreso de Colombia el presente proyecto de ley que sustento bajo las siguientes consideraciones:

Esta propuesta legislativa tiene como finalidad primordial reafirmarnos en la importancia y necesidad de conservar, sin burocratismos, las dependencias encargadas de promocionar el deporte y la cultura en el nivel territorial, teniendo en cuenta que la Ley 617 en su artículo 75 prácticamente las condenó a desaparecer sin tener en cuenta que la Constitución Política y su desarrollo jurisprudencial le sigue reafirmando la dimensión al deporte y consecuentes con esa dimensión el Estado debe seguir propendiendo por su fomento pero sin pasar por alto todos los problemas fiscales que hoy padece el país. Es tal la importancia de nuestro tema que en la Unesco existe la llamada Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte, que en diez artículos estipula la responsabilidad que deben tener los gobiernos para garantizar este derecho a la comunidad. Allí se señala, en primer lugar, que el Deporte y la educación física constituyen un derecho fundamental para todos, que debe ser elemento esencial y permanente dentro del sistema educativo. En el mismo sentido la Ley 397 de 1997 recoge la definición de cultura propuesta por la Unesco.

La importancia del deporte, y esa capacidad de convocatoria y movilización de los asociados, llevaron al Estado colombiano a reconocerlo en varios textos legales entre ellos la Ley 82 de 1925 que determinó la creación de la Comisión Nacional de Educación Física dentro del Ministerio de Instrucción Pública, el Decreto 2216 de 1938 que define la estructura deportiva nacional, ligas a...

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