Proyecto de ley 123 de 2004 cámara - 20 de Agosto de 2004 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451278722

Proyecto de ley 123 de 2004 cámara

PROYECTO DE LEY 123 DE 2004 CÁMARA. por medio de la cual se adiciona la Ley 769 de 2002.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónese el siguiente artículo a la Ley 769 de 2002:

Artículo 76A. Queda prohibido el estacionamiento de vehículos en zonas demarcadas y/o reservadas como espacio para discapacitados y para mujeres embarazadas o con bebé abordo, salvo que cuente con el permiso expedido gratuitamente por la entidad de tránsito de la localidad.

Parágrafo. El permiso deberá ser portado en lugar visible del vehículo y deberá ser renovado anualmente sin costo alguno. Quien haga caso omiso de esta norma será sancionado por la autoridad competente con multa equivalente a treinta (30) salarios mínimos legales diarios vigentes.

Artículo 2° Adiciónese el siguiente artículo a la Ley 769 de 2002:

Artículo 76B. Toda zona de parqueo o parqueadero con capacidad superior a cien (100) espacios de estacionamiento, tendrá reservado un mínimo de diez (10) espacios de estacionamiento para discapacitados y para mujeres embarazadas o con bebé abordo. Los que tengan menos de cien (100) espacios de estacionamiento y más de cincuenta (50), tendrán como mínimo cinco (5) espacios de estacionamiento para minusválidos. Los que tengan menos de cincuenta (50) espacios de estacionamiento y más de quince (15), tendrán como mínimo dos (2) espacios de estacionamiento para minusválidos. En caso de un número superior de estacionamientos, se conservará la misma proporción.

Artículo 3° La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Jaime Amín Hernández,

Representante a la Cámara, departamento del Atlántico.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Introducción

Con la expedición de la Constitución Política de 1991 se elevaron a categoría constitucional los derechos de los discapacitados físicos. Es por ello que en su artículo 47 dice: \"El Estado adelantará una política de prevención, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y síquicos, a quienes prestará la atención especializada que requieran.\". Este artículo desarrolla uno de los fundamentos del Estado colombiano, cual es el respeto de la dignidad humana y por...

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