Proyecto de ley 019 de 2005 cámara - 29 de Julio de 2005 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451290782

Proyecto de ley 019 de 2005 cámara

PROYECTO DE LEY 019 DE 2005 CÁMARA. por la cual se reglamenta los mecanismos para la venta de licores al exterior y se protegen las rentas obtenidas del ejercicio del monopolio de licores.

El Congreso de la República de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º

Protección a las rentas obtenidas en ejercicio del monopolio de licores. Las empresas productoras de licores o concesiones que en ejercicio del monopolio de licores consagrado en la Constitución y en la ley, vendan para el exterior, para el departamento de San Andrés y Providencia o en general, bajo alguna modalidad que se considere exportación para efectos tributarios o aduaneros; directamente o por intermedio de comercializadores, distribuidores, agentes o intermediarios de cualquier tipo, además de lo establecido en otras disposiciones sobre la materia y de las obligaciones contenidas en los parágrafos 4° y 5° del artículo 50 de la Ley 788 de 2002, estarán obligados a adelantar dichas operaciones bajo el Incoterm CIF (Costos-seguros y fletes) si el transporte es marítimo, fluvial o lacustre o bajo el Incoterm DAF (entrega en frontera), si el transporte es terrestre.

Las empresas productoras de licores o concesionarias serán directamente responsables de cumplir y hacer cumplir además de los requisitos hoy establecidos en las normas y los que se desprenden de la modalidad Incoterm de exportación, de todos los trámites hasta la llegada de los productos al destino de exportación, gestionando los correspondientes documentos de embarque y exportación, el manifiesto de carga emitido por el transportador terrestre, marítimo, fluvial o lacustre y el documento que acredite la llegada de la mercancía al país de destino emitido por la autoridad competente.

Copia de estos documentos deberán ser conservados a efecto de poder verificar la realización de la exportación o venta.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El proyecto de ley que se presenta a consideración del honorable Congreso, \"por la cual se reglamenta los mecanismos para la venta de licores al exterior y se protegen las rentas obtenidas del ejercicio del monopolio de licores, tiene como objetivo proteger los recursos que deben ingresar a todos los Departamentos por concepto del monopolio de producción y comercialización de licores consagrado en la Constitución Nacional, de la actividad de contrabando denominada \"carrusel\".

El monto de los impuestos a los licores al interior de Colombia es uno de los más altos del mundo; al exportarlo sale sin ningún gravamen, este hecho estimula, por su altísima rentabilidad a que el licor sea devuelto ya sea del país de destino o desde el mismo puerto, vía contrabando y utilizando estampillas falsas para comercializarse en todos los departamentos. Esta actividad genera un gran lucro porque el margen está constituido no solo por la utilidad en el licor, por el impuesto al consumo establecido en la ley, sino por el monto adicional que pueden fijar los departamentos a través de las Asambleas (artículo 51 Ley 788 del 2002.)

El precio de nuestros licores en el exterior no es el más atractivo, se debe competir con grandes multinacionales que por simple economía de escala y poderosos presupuestos de publicidad, pueden manejar unos precios y condiciones de venta tan favorables, que nos dificultan ostensiblemente el proceso de comercialización.

La venta de los licores nacionales se hace casi en su totalidad a colombianos residentes en el exterior o a personas afines a ellos y en principio pagan su precio, por costumbre, conocimiento de marca o sentido de pertenencia. Es por eso que la abundante emigración de los últimos años ha aumentado ostensiblemente la venta de los licores, especialmente a aquellos países en donde se ha concentrado este fenómeno.

Tal como sucede con muchos productos fabricados en el país, son los colombianos los que solicitan las distribuciones para comercializarlos, especialmente a las colonias de nacionales en los diferentes países.

Es por eso que con contadas excepciones, donde la colonia no es abundante, los distribuidores de licores no son fuertes ni permanentes, ya que una vez llenados los canales, el producto rota muy lentamente y muchos de ellos van a la quiebra.

Se han hecho esfuerzos para penetrar mercados distintos a los colombianos y latinos, procurando ser codificados en almacenes de cadena de grandes superficies, pero el presupuesto de publicidad que exigen para el lanzamiento y soporte de la marca en un solo país, por lo general supera la tercera parte o la mitad del presupuesto total que para ese rubro tiene cualquiera de las empresas productoras de licores nacionales. Es aquí donde debe actuar el Gobierno.

Hoy las empresas de licores que desarrollan su actividad en base al monopolio, pueden adelantar el proceso de exportación bajo cualquier modalidad Incoterm establecida en la ley, en las disposiciones gubernamentales o en los tratados...

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