Proyecto de ley 111 de 2005 cámara - 30 de Agosto de 2005 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451292514

Proyecto de ley 111 de 2005 cámara

PROYECTO DE LEY 111 DE 2005 CÁMARA. por la cual se dispone la chatarrización de vehículos de servicio particular y se establece el procedimiento para su reposición.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Todo vehículo de servicio particular obsoleto debe ser chatarrizado y su reposición se hará previa comprobación de su desintegración física total y cancelación de la respectiva matrícula ante el correspondiente organismo de tránsito.
Artículo 2º La reposición implica el ingreso de un vehículo nuevo en sustitución de otro que sale definitivamente del servicio y que será sometido a un proceso de desintegración física total, para lo cual se le cancelará su matrícula.
Artículo 3º

A partir de la vigencia de la presente ley el Gobierno Nacional en un plazo no mayor de seis (6) meses, determinará, previo estudio de los aspectos técnicos, económicos, ambientales y financieros la vida útil de los vehículos de servicio particular y dispondrá su chatarrización, previa cancelación de las deudas fiscales pendientes en el respectivo organismo de tránsito, proceso de chatarrización que adelantará la entidad siderúrgica que para tal efecto autorice el Gobierno Nacional.

Parágrafo. Exceptúense de la aplicación de este artículo los vehículos...

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