Proyecto de ley 125 de 2005 cámara - 6 de Septiembre de 2005 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451292734

Proyecto de ley 125 de 2005 cámara

PROYECTO DE LEY 125 DE 2005 CÁMARA. por medio de la cual se precisa el alcance de las exenciones tributarias para los alcoholes carburantes con destino a la mezcla con gasolina para los vehículos automotores

El Congreso de Colombia

DECRETA

Artículo 1º

Los alcoholes carburantes con destino a la mezcla con gasolina para los vehículos automotores beneficiarios de las exenciones del impuesto sobre las ventas, el impuesto global a la gasolina y la sobretasa de que tratan la Ley 788 de 2002, artículos 31 y 88 y que conservan el derecho a devolución de impuestos conforme lo establece el artículo 11 de la Ley 863 de 2003, serán única y exclusivamente los que se produzcan en el territorio nacional.

Artículo 2º En todo caso, las exenciones tributarias y cualquier tipo de prerrogativa que se otorgue a los alcoholes carburantes con destino a la mezcla con gasolina para los vehículos automotores se aplicarán única y exclusivamente a los que se produzcan en el territorio nacional.
Artículo 3º Vigencia

La presente ley rige a partir de su promulgación.

Presentado por,

Buenaventura León León,

Representante a la Cámara por el departamento de Cundinamarca.

EXPOSICION DE MOTIVOS

De acuerdo con lo previsto en la Ley 693 del 2001 referente al uso de alcoholes carburantes en Colombia, a partir de septiembre del año 2005 las ciudades con más de 500.000 habitantes deben tener mezcladas sus gasolinas con un 10% de alcohol (Etanol). El Gobierno Nacional, consciente de la necesidad de otorgar los estímulos tributarios necesarios para el desarrollo y dinamismo de esta nueva actividad introdujo en las Leyes 788 de 2002 y 863 de 2003, las exenciones de IVA, Impuesto Global y sobretasa al componente alcohol de los combustibles oxigenados. Adicionalmente, el 14 de abril de 2003 fue firmada la resolución conjunta Minminas-Minambiente número 447, en la cual se establecen los requisitos de calidad del alcohol carburante y de los combustibles oxigenados por utilizar en el país. Posteriormente, por medio de Resolución número 180687 del 17 de junio de 2003, y previo sometimiento a discusión de los agentes económicos interesados y tras surtir las...

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