Proyecto de ley 100 de 2006 cámara - 8 de Septiembre de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451309142

Proyecto de ley 100 de 2006 cámara

PROYECTO DE LEY 100 DE 2006 CÁMARA. por medio de la cual se mejora la calidad de vida urbana a través de la calidad del diésel y se dictan otras disposiciones.

Bogotá, D. C., septiembre 4 de 2006.

Doctor

ANGELINO LIZCANO RIVERA

Secretario General

Honorable Cámara de Representantes

Ciudad

En nuestra condición de congresistas y en uso del derecho que consagra el artículo 154 de la Constitución Política y 140 de la Ley 5ª de 1992, nos permitimos poner a consideración del honorable Congreso, el presente proyecto de ley, por medio de la cual se mejora la calidad de vida urbana a través de la calidad del diésel y se dictan otras disposiciones.

Cordialmente,

David Luna Sánchez, Simón Gaviria Muñoz, Luis Felipe Barrios Barrios, Wilson Alfonso Borja, Angel Custodio Cabrera, José Fernando Castro Caicedo, Sandra Rocío Ceballos, Lucero Cortés, Gloria Stella Díaz, Germán Navas Talero, Germán Alonso Olano, Pablo Enrique Salamanca, Luis Enrique Salas, Rubén Darío Salazar, Venus Albeiro Silva, Fernando Tamayo Tamayo, Nicolás Uribe Rueda, Germán Varón Cotrino.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Con el propósito de mejorar la calidad de vida urbana y garantizar el derecho constitucional al goce de un ambiente sano, declárese de interés público colectivo, social y de conveniencia nacional la utilización de combustibles diésel que cumplan los parámetros usuales de calidad internacional.

Parágrafo. Para ello las autoridades estatales a que alude la presente ley, deberán implementar las medidas conducentes a mejorar la calidad del diésel mediante la disminución progresiva de los niveles de azufre, hasta llegar a un máximo de 500 partes por millón de azufre, a 31 de julio de 2009.

Artículo 2º Los Ministerios de Minas y Energía y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, de acuerdo con sus competencias, serán las Entidades encargadas de implementar la presente ley y de asegurar el cumplimiento de lo establecido en ella.
Artículo 3º Para la implementación de la presente ley establézcanse los siguientes plazos:

Tres (3) meses a partir de la vigencia, para que el Ministerio de Minas y Energía expida la regulación técnica conducente a dar cumplimiento a lo establecido en el parágrafo del artículo primero de esta ley.

Tres (3) meses a partir de la vigencia de la presente ley, para que el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial y/o las respectivas autoridades ambientales territoriales expidan la regulación ambiental y sancionatoria respectiva.

Parágrafo. Las regulaciones que expidan las autoridades mencionadas en este artículo, se implementarán y aplicarán iniciando por Bogotá, D. C., y los centros con mayor densidad de población y contaminación atmosférica. Además deben establecer un mecanismo de verificación semestral del cumplimiento progresivo de lo establecido en la reglamentación de la ley.

Artículo 4º Después del 31 de julio de 2009, las distribuidoras de combustibles que comercialicen diésel de inferior calidad al establecido en el parágrafo primero de esta ley tendrán las siguientes sanciones:

¿ Multas que irán de 100 a 10.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

¿ Suspensión hasta por un (1) año en el ejercicio de la actividad.

¿ Terminación definitiva de las actividades.

Parágrafo. Para la imposición de las anteriores sanciones los Ministerios de Minas y Energía y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y/o las respectivas autoridades ambientales territoriales deberán observar el principio de la proporcionalidad de la sanción; la naturaleza, efectos, circunstancias y daño probable de la conducta a sancionar; así como los principios del debido proceso que rigen las actuaciones administrativas.

Artículo 5º La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

De los honorables Congresistas,

David Luna Sánchez, Simón Gaviria Muñoz, Luis Felipe Barrios Barrios, Wilson Alfonso Borja, Angel Custodio Cabrera, José Fernando Castro Caicedo, Sandra Rocío Ceballos, Lucero Cortés, Gloria Stella Díaz, Germán Navas Talero, Germán Alonso Olano, Pablo Enrique Salamanca, Luis Enrique Salas, Rubén Darío Salazar, Venus Albeiro Silva, Fernando Tamayo Tamayo, Nicolás Uribe Rueda, Germán Varón Cotrino.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Consideraciones urbanas y de calidad de vida

En la actualidad Colombia es un país urbano, la mayoría de su población vive en las ciudades. Este fenómeno no se da solamente en nuestro país sino que hace parte de una tendencia global. Es más, es en América Latina donde se da uno de los mayores porcentajes de urbanización, alcanzando un 75% en promedio, con algunas variaciones menores entre los países. Esto nos sugiere que este proceso urbanizador tendería ya a estabilizarse en América Latina, a diferencia de Asia o Africa donde en los próximos años va a crecer la población urbana a tasas muy aceleradas.

Estas son algunas de las conclusiones del estudio ¿Estado de las Ciudades en el Mundo 2006/2007¿1 producido por Hábitat, que es el organismo de Naciones Unidas encargado de los temas relacionados con los asentamientos urbanos, el cual fue lanzado en el III Foro Urbano Mundial que se llevó a cabo el pasado mes de junio en Vancouver (Canadá).

Para Colombia en particular, esta situación se corrobora con los resultados del Censo del año pasado, toda vez que somos el tercer país más poblado de América Latina, donde el 75% de sus habitantes vive en cabeceras urbanas cuando hace solamente 100 años ese porcentaje era del 10%2.

Mirando hacia el futuro, tal y como lo sugiere el documento ¿Construir Ciudades Amables¿3 ¿que hace parte del proyecto Colombia: Visión 2019 que lidera Planeación Nacional¿ para el 2019 la población en las ciudades colombianas aumentará en 10 millones alcanzado 42 millones o sea, el 78% de la población colombiana. Es más, el número de ciudades con más de 1 millón de habitantes pasará de 4 a 7 y las de más de cien mil habitantes pasarán de 38 a 55, lo que consolidará aún más el sistema de ciudades en nuestro país.

Incluso, el mismo documento refiere que estudios realizados por Naciones Unidas, han demostrado una alta y positiva asociación entre el índice de urbanización de los países con los índices de desarrollo humano y de ingreso per cápita de sus habitantes4.

A pesar de estas realidades, también el proceso de urbanización presenta enormes retos con miras a lograr una mejor calidad de vida. El tema del transporte es vital en este sentido, pues con cada día más habitantes en las ciudades y al mismo tiempo con dificultades para ampliar la oferta de tierra urbana, la construcción y consolidación de sistemas eficientes de transporte urbano se vuelven críticos para lograr condiciones de vida adecuada y conforme a los estándares internacionales de calidad.

Toda la política urbana de desestímulo al uso del vehículo particular y del fortalecimiento del transporte público, no es solamente un acuerdo generalizado entre todos los estudiosos del tema urbano a nivel mundial5, sino un mecanismo eficiente para liberar recursos que en vez de destinarse a la construcción de...

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