Proyecto de ley 003 de 2009 cámara - 23 de Julio de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451364466

Proyecto de ley 003 de 2009 cámara

PROYECTO DE LEY 003 DE 2009 CÁMARA. por medio de la cual se declara como patrimonio cultural de la Nación el Festival ¿El Garcero del Llano¿ de Yopal, en el Departamento de Casanare, y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Declárese como Patrimonio Cultural de la Nación el Festival ¿El Garcero del Llano¿ de Yopal, en el departamento de Casanare, que se celebra en la mencionada ciudad, y se le reconoce la especificad de cultura tradicional, a la vez que se le brinda protección a sus diversas expresiones de tradición y cultura.

Artículo 2°. Declárase al municipio de Yopal y a sus habitantes como origen y gestores del Festival ¿El Garcero del Llano¿, y reconózcaseles en todas sus expresiones artísticas y culturales como parte integral de la identidad y de la cultura de Casanare y el país.

Artículo 3°. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Cultura contribuirá al fomento nacional e internacional, promoción, sostenimiento, conservación, divulgación y desarrollo del Festival ¿El Garcero del Llano¿,en sus expresiones artísticas, de investigación cultural, de pedagogía y enseñanza de las tradiciones culturales que preceden y están asociadas al Festival a nivel del departamento de Casanare, el que se celebrará en el Municipio de Yopal.

Artículo 4°. Esta ley rige a partir de su promulgación.

María Violeta Niño Morales,

Representante a la Cámara.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Introducción

Este proyecto de ley eleva a categoría de Patrimonio Cultural de la Nación el Festival ¿El Garcero del Llano¿ de Yopal, en el departamento de Casanare, que se celebra en la mencionada ciudad, y le reconoce la especificad de cultura tradicional, a la vez que le brinda protección a sus diversas expresiones de tradición y cultura.

Marco Constitucional

El artículo 7° de la Constitución Política de Colombia establece que ¿el Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana¿. Y en el artículo 8° fija que ¿es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación¿.

Así mismo, en el artículo 44 señala que ¿son derechos fundamentales de los niños: ¿ la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión¿¿.El artículo 67 señala que¿la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social: con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura¿¿.

El artículo 70 dice que ¿el Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional¿ La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación¿.

En cuanto al desarrollo artístico, el artículo 71 es claro al señalar que ¿la búsqueda...

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