Proyecto de ley 054 de 2010 cámara - 18 de Agosto de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451385546

Proyecto de ley 054 de 2010 cámara

PROYECTO DE LEY 054 DE 2010 CÁMARA. por medio de la cual se crea el programa nacional para el fomento y fortalecimiento de la articulación entre la educación media, educación técnica y educación superior, se asignan subsidios para el desarrollo de la articulación y se dictan otras disposiciones

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Objeto. Fortalecer la articulación de la Educación Media, Técnica y Superior mediante la integración de programas de las Instituciones de Educación Media Técnica con las Instituciones de Educación Superior, SENA e Institutos de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano, y el sector productivo, para potenciar la formación para el trabajo, inserción al mercado laboral y la movilidad en la cadena de formación.

Parágrafo. Los Institutos de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano a que hace referencia el presente artículo, deben acreditar un convenio con una Institución de Educación Superior en los programas académicos que ofrecen en el marco del Programa Nacional para el Fomento y Fortalecimiento entre la Educación Media, Técnica y Superior.

Artículo 2º. Campo de aplicación. El proceso de articulación se realizará a través del Programa Nacional para el Fomento y Fortalecimiento de la articulación entre la Educación Media, Técnica y Superior, y el sector productivo, que estará liderado por el Ministerio de Educación Nacional.

Artículo 3º. Programa nacional para el fomento y fortalecimiento de la articulación entre la educación media, técnica y educación superior. Créase el Programa Nacional para el Fomento y Fortalecimiento de la articulación entre la Educación Media, Técnica y la Educación Superior a cargo del Ministerio de Educación Nacional. El programa deberá lograr la concertación entre las Secretarías de Educación del ente territorial certificado, y el Ministerio de Educación Nacional para la elaboración de convenios entre las Instituciones de Educación Media y las Instituciones de Educación Superior, SENA e Institutos de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano para el desarrollo de la articulación, los cuales serán avalados por la Secretaría de Educación del ente territorial certificado.

Parágrafo. Aquellos municipios que no estén certificados deberán adelantar el proceso de articulación a través de la Secretarías Departamentales de Educación.

Artículo 4º. ElPrograma Nacional para el Fomento y Fortalecimiento de la articulación entre la Educación Media, Técnica y la Educación Superior se desarrollará previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) La Institución de Educación Media deberá contar con Infraestructura (aulas, talleres, laboratorios, medios) adecuada para el desarrollo del (los) programa(s) seleccionado(s) en el proceso de articulación, docentes actualizados, en términos de pedagogía y técnicamente; en caso que lo amerite para el cumplimiento del convenio.

b) El Proyecto Educativo Institucional (PEI) deberá estar debidamente articulado con los programas ofrecidos por las Instituciones de Educación Superior, SENA e Institutos de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano con los que se realice el convenio, para el cumplimiento del proceso de articulación.

Artículo 5°. Para que una Institución de Educación Media haga parte del Programa Nacional para el Fomento y Fortalecimiento de la articulación entre la Educación Media, Técnica y la Educación Superior deberá inscribirse ante el Ministerio de Educación Nacional y Secretaría de Educación del ente territorial certificado a la cual está adscrita, o ante la Departamental en caso contrario.

Parágrafo. El Ministerio de Educación Nacional reglamentará los requisitos para la inscripción de las Instituciones de Educación Media.

Artículo 6°. Beneficiarios. Serán beneficiarios de los subsidios del Programa Nacional para el Fomento y Fortalecimiento de la articulación entre la Educación Media, Técnica y la Educación Superior, los estudiantes de grado 10 y 11 de Instituciones de Educación Media Públicas o no oficiales que sean financiadas con recursos del Sistema General de Participaciones que cursen simultáneamente programas de técnico profesional ofrecidos por Instituciones de Educación Superior, SENA e Institutos de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano.

Artículo 7º. Obligaciones del Ministerio de Educación Nacional. El Ministerio de Educación Nacional deberá:

  1. Coordinar y reglamentar el Programa Nacional para el Fomento y Fortalecimiento de la articulación entre la Educación Media, Técnica y la Educación Superior.

  2. Reglamentar los requisitos para la Inscripción de las Instituciones de Educación Media en el Programa Nacional para el Fomento y Fortalecimiento de la articulación entre la Educación Media, Técnica y la Educación Superior.

  3. Reglamentar los requisitos y el proceso de asignación de los subsidios a las Instituciones de Educación Superior, SENA o Institutos de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano.

  4. Reglamentar los requisitos para la elaboración de los convenios entre las Secretarías de Educación de las entidades territoriales certificadas, o departamentales para los casos que lo amerite, y las Instituciones de Educación Superior, SENA e Institutos de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano.

    e) Supervisar el cumplimiento de las funciones asignadas en la presente ley a las Secretarías de Educación de las entidades territoriales certificadas, o departamentales para los casos que lo amerite.

    Artículo 8°. Obligaciones de la institución de educación media. La Institución de Educación Media deberá:

  5. Inscribirse ante el Ministerio de Educación Nacional y Secretaría de Educación de las entidades territoriales certificadas, o departamentales para los casos que lo amerite, donde presta sus servicios para hacer parte del Programa Nacional para el Fomento y Fortalecimiento de la articulación entre la Educación Media, Técnica y Profesional.

  6. Brindar facilidades en los horarios para que los estudiantes tengan disponibilidad de tiempo para acceder al Programa Nacional para el Fomento y Fortalecimiento de la articulación entre la Educación Media y Técnica.

  7. Definir conjuntamente con la Secretaría de Educación y la Institución de Educación Superior, SENA o Institutos de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano, la oferta de cursos pertinentes con necesidades laborales y productivas de la región.

  8. Adoptar la formación por créditos académicos como unidad de medida del tiempo de estudio del estudiante bajo el proceso de articulación.

  9. Ofrecer las condiciones necesarias para que los docentes y personal administrativo involucrado en el Programa de Articulación reciban la actualización y asesoría requeridas.

  10. Establecer alianzas con empresas y el sector productivo de la región, que permitan el ejercicio de las prácticas para los alumnos beneficiados del proceso de articulación.

  11. Hacer seguimiento a los alumnos en la etapa práctica. Efectuar la autoevaluación del proyecto y las evaluaciones de impacto a sus egresados.

    Artículo 9º Obligaciones de la Institución de Educación Superior, SENA o Instituto de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano. La Institución de Educación Superior, Sena o Instituto de Educación para el trabajo y Desarrollo Humano deberán:

  12. Inscribir programas de Educación Media Técnica ante el Ministerio de Educación Nacional para que las Secretarías de las entidades territoriales certificadas o departamentales para los casos que lo amerite; puedan escoger entre ellos, los que le permitan el cumplimiento de la articulación de acuerdo al PEI de las Instituciones de Educación Media que actúan bajo su jurisdicción.

  13. Acompañar a las instituciones educativas en el proceso de incorporación en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), de los programas de formación para el trabajo y de los cursos que se integran con la oferta de la Institución de Educación Superior, SENA o Institutos de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano.

  14. Definir el calendario estudiantil de cada semestre para que los...

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