Proyecto de ley 083 de 2010 cámara - 9 de Septiembre de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451386646

Proyecto de ley 083 de 2010 cámara

PROYECTO DE LEY 083 DE 2010 CÁMARA. por la cual se extienden al departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina unos beneficios para la promoción turística

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Los beneficios de que trata el parágrafo 1° del artículo 18 de la Ley 1101 de 2006, se extenderán al Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

Artículo 2°. La presente ley rige a partir de su promulgación.

Cordialmente,

Jack Housni Jaller,

Representante a la Cámara por el Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia

y Santa Catalina.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Honorables Congresistas:

El proyecto tiene por objeto impulsar el sector turístico del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para el mejoramiento económico y social de la población que allí habita.

El Archipiélago, en materia social, tiene un importante rezago en comparación con el promedio nacional; por ejemplo, ver los siguientes indicadores[1][1]:

INDICADORES

ARCHIPIÉLAGO

NACIÓN

Tasa de crecimiento población (estimada 1999-2015)

2,25%

1,79%

Población con Necesidades Básicas Insatisfechas, 2005

40,87%

27,63%

En el campo económico, el sector de servicios es la principal actividad económica del Archipiélago con un peso de más del 60% del total del PIB y dentro del sector de servicios, la principal área es la turística. La composición sectorial del valor agregado departamental a 2005[2][2] fue:

SECTOR

ARCHIPIÉLAGO

NACIÓN

Comercio, Hoteles y Restaurantes

60,89%

11,63%

En ese orden de ideas, se concluye que en el Archipiélago:

1°. Su población crece más rápido que el promedio nacional.

2°. Sus habitantes satisfacen sus necesidades básicas por debajo del promedio nacional.

3°. El turismo es la principal actividad económica insular y, dadas las condiciones geográficas y ambientales, es la única que puede absorber a esa población creciente en edad de trabajar, con la consecuente posibilidad de disminuir el Índice de Necesidades Básicas Insatisfechas.

Para fomentar el turismo hacia las islas, es necesario promover el destino mediante una inversión extensa y permanente en publicidad audiovisual, impresa, electrónica, etc., con el ánimo de lograr niveles de penetración iguales o mayores a los que han obtenido otros destinos caribeños exitosos.

El artículo 18 de la Ley 1101 de 2006 creó el Banco de Proyectos Turísticos, al cual pueden acceder las entidades territoriales aportando una cofinanciación del...

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