Proyecto de ley 110 de 2010 cámara - 30 de Septiembre de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451387374

Proyecto de ley 110 de 2010 cámara

PROYECTO DE LEY 110 DE 2010 CÁMARA. por la cual se dictan normas en materia de fiscalización sobre la correcta declaración, liquidación, pago y recaudo de las regalías

El Congreso de la República de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. El artículo 24 de la Ley 141 de 1994 quedará así:

Artículo 24. Recaudación y fiscalización de regalías. Las regalías serán recaudadas por las entidades públicas o privadas que designe el Ministerio de Minas y Energía.

La fiscalización sobre la correcta declaración, liquidación, pago y recaudo de las regalías corresponderá a la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales o de quien haga sus veces, para lo cual podrá hacer uso de todas sus facultades legales. La Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales, en desarrollo de la función fiscalizadora aquí concedida, podrá solicitar a los explotadores y entidades encargadas del recaudo de las regalías toda la información necesaria para el desarrollo de tal fin. Lo anterior, sin perjuicio de las funciones de fiscalización y recaudo que ejerza el Ministerio de Minas y Energía o a quien este designe.

El no pago de las regalías, su deficiente declaración y liquidación por parte de los explotadores será causal de caducidad del contrato. De igual forma, la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá iniciar los procedimientos administrativos necesarios para el cobro de los intereses moratorios por el no pago de las regalías, su deficiente declaración y liquidación.

Parágrafo 1°. En caso de no pago, deficiente declaración y liquidación, la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá imponer las multas y sanciones a que haya lugar.

Parágrafo 2°. El pago de las regalías será condición necesaria para que los explotadores accedan a los beneficios tributarios que el Gobierno disponga para fomentar las actividades del sector.

Artículo 2º. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. Estado como propietario de los recursos naturales no renovables

La Constitución Política de Colombia establece que los recursos naturales no renovables son de propiedad inalienable, imprescriptible e inembargable del Estado, en general, los productos del subsuelo, yacimientos minerales y de hidrocarburos.

Para cumplir con estas disposiciones de manera soberana, el Estado Colombiano ha delegado funciones en diferentes entidades que propenden para que el Estado participe en los beneficios del aprovechamiento de los recursos no renovables como el petróleo, la minería y el gas; recursos que sirven como fuente de financiamiento para atender las necesidades del país.

El Ministerio de Minas y Energía, es la entidad encargada de establecer la política en ¿materia de exploración, explotación, transporte, refinación, procesamiento, beneficio, transformación y distribución de minerales e hidrocarburos¿, también realiza las liquidaciones para el pago de regalías de hidrocarburos, función delegada en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH[1][1]. El Instituto Colombiano de Geología y Minas, Ingeominas realiza la liquidación, recaudo y giro de las regalías del carbón, níquel, hierro, cobre, oro, plata, platino, esmeraldas y las Alcaldías municipales recaudan y liquidan las regalías generadas por calizas, arenas, arcillas, gravas y, en general, de materiales de construcción[2][2], también verifican la producción de metales preciosos[3][3].

De esta manera, el Estado garantiza la explotación sustentable y soberana de los recursos naturales no renovables, formulando y controlando la aplicación de políticas, investigando y desarrollando el sector.

La explotación de los recursos naturales no renovables genera regalías, que son una contraprestación económica generada en favor del Estado. En Colombia están sustentadas en los artículos 360 y 361 de la Constitución Política, la Ley 141 de 1994, entre otras, al igual que en los Decretos y Resoluciones actualmente vigentes. Las regalías generan un beneficio económico importante para el Estado, el cual funciona como fuente de financiación para el desarrollo territorial. Estas contraprestaciones deben administrarse siguiendo los...

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