Proyecto de ley 008 de 2011 cámara
PROYECTO DE LEY 008 DE 2011 CÁMARA. por medio de la cual se modifica el artículo 4º del Decreto 4476 de 2007 y se dictan otras disposiciones (se establecen las funciones y requisitos generales para los diferentes empleos públicos de los organismos y entidades del orden nacional).
El Congreso de la República
DECRETA:
Grados
Requisitos generales
01 al 04 05
Título profesional.
Título profesional y doce (12) meses de experiencia profesional relacionada.
06
Título profesional y quince (15) meses de experiencia profesional relacionada.
07
Título profesional y dieciocho (18) meses de experiencia profesional relacionada.
08
Título profesional y veintiún (21) meses de experiencia profesional relacionada.
09
Título profesional y veinticuatro (24) meses de experiencia profesional relacionada.
10
Título profesional y veintisiete (27) meses de experiencia profesional relacionada.
11
Título profesional y treinta (30) meses de experiencia profesional relacionada.
12
Título profesional y título de posgrado en la modalidad de especialización y siete (7) meses de experiencia profesional relacionada.
13
Título profesional, título de posgrado en la modalidad de especialización y diez (10) meses de experiencia profesional relacionada.
14
Título profesional, título de posgrado en la modalidad de especialización y trece (13) meses de experiencia profesional relacionada.
15
Título profesional, título de posgrado en la modalidad de especialización y dieciséis (16) meses de experiencia profesional relacionada.
16
Título profesional, título de posgrado en la modalidad de especialización y diecinueve (19) meses de experiencia profesional relacionada.
17
Título profesional, título de posgrado en la modalidad de especialización y veintidós (22) meses de experiencia profesional relacionada.
18
Título profesional, título de posgrado en la modalidad de especialización y veinticinco (25) meses de experiencia profesional relacionada.
19
Título profesional, título de posgrado en la modalidad de especialización y veintiocho (28) meses de experiencia profesional relacionada.
20
Título profesional, título de posgrado en la modalidad de especialización y treinta y uno (31) meses de experiencia profesional relacionada.
21
Título profesional, título de posgrado en la modalidad de especialización y treinta y cuatro (34) meses de experiencia profesional relacionada.
22
Título profesional, título de posgrado en la modalidad de especialización y treinta y siete (37) meses de experiencia profesional relacionada.
23
Título profesional, título de posgrado en la modalidad de especialización y cuarenta (40) meses de experiencia profesional relacionada.
24
Título profesional, título de posgrado en la modalidad de especialización y cuarenta y tres (43) meses de experiencia profesional relacionada.
Parágrafo 1º. En este nivel no podrá ser compensado el título profesional.
Parágrafo 2º. Los Organismos y Entidades del Orden Nacional a que se refiere la Ley 909 de 2004, deberán acoger los requisitos generales establecidos en el presente artículo.
Obed de Jesús Zuluaga Henao,
Representante a la Cámara.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Objeto
Como primer medida, se tiene que la Ley de Formalización y Primer Empleo, si bien contempló la generación de puestos de trabajo formales, facilitando la vinculación laboral de jóvenes, solamente lo hizo para el sector privado, dejando a un lado la entidad pública, la cual también debe entrar a formar parte de la generación de empleo de profesionales que quieren vincularse, pero que aún no cuentan con la experiencia profesional requerida, motivo de más para que esta propuesta sea acogida propendiendo por la generación de empleo en los Organismos Estatales.
Es por lo anterior que éste proyecto va en línea a mejorar el acceso al mercado laboral de aquella población de profesionales, que pese a haber obtenido un título, no han podido acceder a convocatorias, toda vez que dentro de los muchos requisitos exigidos, se encuentra el de acreditar como mínimo tres (3) meses de experiencia profesional relacionada, lo que se traduce en la no posibilidad de participar en estos procesos una vez culminen sus estudios profesionales y obtengan un título que los acredite como tal, puesto que para adquirir esta experiencia se requiere ejercer el empleo o actividad con funciones similares al del cargo a proveer.
La exigencia de estos requisitos limitan a la población de profesionales que aún no han podido adquirir una experiencia después de graduados, por lo que se propone eliminar en los grados comprendidos entre el 01 y el 04, el requisito de experiencia, lo que se traduciría en que un mayor grupo de colombianos pueda participar en concursos convocados por organismos y entidades del orden nacional ampliando la generación de empleos y la informalidad en la que muchos de ellos se encuentran.
El proyecto de ley que presento busca facilitar que más personas profesionales puedan enfrentar los retos una vez culminan sus estudios de pregrado, pudiendo acceder a empleos formales y que perciban un ingreso estable, lo que se traducirá en incentivos para especializarse y ser mejores profesionales, además evitar que muchos de ellos deserten de sus estudios universitarios, ofreciéndoles la oportunidad de adquirir experiencia, y puedan participar de forma competitiva en el mercado de oferta y demanda, en especial para las entidades públicas que se encuentran en procesos de vinculación mediante concursos de mérito.
Es bien sabido que las Universidades son instituciones que buscan la excelencia académica e imparten una formación crítica y ética para afianzar en los estudiantes las responsabilidades sociales y compromisos con el entorno, los preparan integralmente y desarrollan en ellos un proyecto de vida académico y profesional sobresaliente, basados en actividades investigativas y prácticas, graduando profesionales solidarios, auténticos, austeros, dotados con criterio, capaces de...
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