Objeción al proyecto de ley 036 de 2007 cámara 225 de 2007 senado - 30 de Septiembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451370214

Objeción al proyecto de ley 036 de 2007 cámara 225 de 2007 senado

OBJECIÓN AL PROYECTO DE LEY 036 DE 2007 CÁMARA, 225 DE 2007 SENADOpor la cual se reglamenta el ejercicio profesional de la archivística, se dicta el Código de Etica y otras disposiciones

DESESTIMACION PARCIAL DE LAS OBJECIONES PRESIDENCIALES AL PROYECTO DE LEY NUMERO 036 DE 2007 CAMARA, 225 DE 2007 SENADO

por la cual se reglamenta el ejercicio profesional de la archivística, se dicta el Código de Etica y otras disposiciones.

Bogotá, D. C., 24 de septiembre de 2009

Doctores

EDGAR GOMEZ ROMAN

Presidente

Honorable Cámara de Representantes

JAVIER CACERES LEAL

Presidente

Senado de la República

Capitolio Nacional

Referencia: Desestimación Parcial de las Objeciones Presidenciales al Proyecto de ley número 036 de 2007 Cámara, 225 de 2007 Senado, por la cual se reglamenta el ejercicio profesional de la archivística, se dicta el Codigo de Etica y otras disposiciones.

Con el propósito de darle cumplimiento a los artículos 167 de la Carta Política y 66 199 y concordantes de la Ley 5ª de 1992, con relación a las objeciones presidenciales de carácter constitucional al proyecto de ley de la referencia, nos dirigimos a ustedes con el fin de que las plenarias de Cámara y Senado de la República, se pronuncien aprobando el libelo de esta iniciativa, con la desestimación parcial de las objeciones presidenciales por razones de constitucionalidad, legalidad y conveniencia para la reglamentación del ejercicio profesional de quienes ostentan el título de Archivistas, que por falta de disposición legal se encuentran actualmente en un limbo jurídico donde es pertinente ajustar su ejercicio profesional a derecho. Por tanto, nos permitimos expresar las razones de carácter jurídico para la desestimación parcial pertinente.

Desestimación parcial de las objeciones presidenciales

La interpretación jurídica que el Gobierno Nacional aduce para incoarle al proyecto en estudio razones de inconstitucionalidad por afectar derechos fundamentales plasmando taxativamente los atinentes al derecho a la educación, el principio de igualdad y el derecho al trabajo, al no contemplar esta iniciativa a otras disciplinas u ocupaciones como los ¿Historiadores¿; es a la luz del derecho palmariamente errónea, observándose que no hay cargos de fondo que motiven la inconstitucionalidad, cuando expresa:

¿Razones de inconstitucionalidad

De sancionarse el proyecto de ley pueden afectarse derechos fundamentales como son el de la educación (art. 67), el principio de Igualdad (art. 13), y aun el Derecho al Trabajo (arts. 25 y 53) como puede ocurrir, por ejemplo, con el caso de quienes se han formado académicamente en otras disciplinas u ocupaciones, como los historiadores, en los que el componente de la Archivística constituye un elemento importante para su desempeño, siendo así que dichos profesionales podrían también ejercer en el campo o área de la Información Archivística y quedarían por fuera de esa posibilidad afectándoseles en su núcleo central los derechos fundamentales antes señalados, aun respecto de quienes vienen ya ejerciendo en esa área de desempeño.

En consecuencia, para no limitar y desconocer derechos legítimos de quienes vienen formándose a nivel profesional y para aquellos que cuentan con títulos académicos, válidamente expedidos en programas e instituciones de educación, que cumplen los requisitos que las normas vigentes han exigido, se propone que en el campo de desempeño que se regula en el proyecto de Ley se contemplen aquellas profesiones que como la del Historiador pueden tener las competencias e idoneidad para ejercer dicho campo, y aquellas que siendo de la misma área o afines, también vienen egresando y recibiendo títulos académicos de programas de los niveles técnico-profesional y, tecnológico, todo con el cumplimiento de los requisitos legales.¿

A contrario sensu de lo señalado por el Presidente de la República y la Ministra de Educación Nacional, esta iniciativa si incluyera a otras profesiones u ocupaciones estaría desconociendo el quehacer de los profesionales de la archivística, con título legalmente expedido, en todo lo relacionado con el manejo de los archivos, cuyo campo de acción se desarrolla fundamentalmente en las áreas relacionadas con el conocimiento, organización, recuperación, difusión, preservación de la información, conservación y conformación del patrimonio documental del país; su derecho a la asociación, a las funciones públicas que el artículo 26 de la Carta Política le otorga a los Colegios profesionales con base en la Ley, priorizando la de otorgar las Tarjetas Profesionales a quienes en este caso ostenten el título de Archivistas en los diferentes niveles de formación de que tratan las disposiciones legales contenidas en la Ley 30 de 1992, la de crear el Registro Unico Profesional de Archivistas y realizar el trámite de inscripción correspondiente y conformar el Tribunal Nacional Etico de Archivística para darle cumplimiento a las responsabilidades establecidas en el Código Deontológico o Código de Etica, de que trata el proyecto de ley y de conformidad con las disposiciones legales vigentes y de su Reglamento Interno, así como lo ha manifestado en reiteradas jurisprudencias la Corte Constitucional.

Al respecto es menester traer las consideraciones contempladas en el estudio preparado por el grupo de docentes del Programa de Sistemas de Información, Bibliotecología y Archivística de la Universidad de la Salle de Bogotá en julio de 2009, como ¿Propuesta para la creación de Programa de Maestría en Gestión Documental y Administración de Archivos. Bogotá: Universidad de la Salle; Facultad de Sistemas de Información y Documentación¿, atinente a la epistemología de la archivística como saber autónomo e independiente de la historia.

¿La Archivística, en su carácter de disciplina profesional tuvo sus orígenes en el siglo XIX a partir de los planteamientos realizados en Europa por importantes historiadores de la época, viniendo a consolidarse como tal en el siglo XX, con posterioridad a la terminación de la segunda guerra mundial, siendo una de las disciplinas de las Ciencias de la Información y de la aparición de lo que hoy denominamos Sociedad de la Información. En este proceso, se ha nutrido de otras disciplinas que podríamos denominar auxiliares tales como la administración, la historia, el derecho, la economía y la informática, entre otras, recibiendo una clara influencia de los cambios en los paradigmas administrativos presentes en la segunda mitad del siglo XX y más recientemente en la revolución tecnológica, caracterizada por la presencia de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en casi todos los ámbitos de la vida moderna.

Los cambios en la forma de registro de la información (de la piedra a los formatos electrónicos), el crecimiento acelerado de la información y el conocimiento, la consolidación de la web como medio de comunicación de masas y la necesidad de la sociedad de disponer de información significativa, dotada de valor, ha cambiado la fisonomía de las denominadas unidades de información entre ellas los archivos; sumado a lo anterior, crece la preocupación por la difusión, preservación y uso de la información registrada, fundamentalmente debido a la fragilidad de los medios de registro y a la necesidad de evaluar el contenido, seleccionando lo útil de lo inútil o superficial, con el fin de garantizar la perdurabilidad de la misma, en el tiempo y en el espacio.

Los Archivos como instituciones del Patrimonio documental y los documentos de archivo al incorporar el uso adecuado de las TIC, demandan un profesional cuya comprensión de la información esté enmarcada en función de la sociedad, ofreciendo elementos que coadyuven a mejorar la calidad de vida y a democratizar el conocimiento, apoyando el desarrollo social y cultural e impulsando la conformación del patrimonio archivístico que garantice la recuperación de la memoria del país.

La archivística moderna apuesta por el desarrollo de procesos, productos y servicios en archivos de cualquier tipo, en donde los profesionales promuevan la democratización del acceso a la información y el conocimiento, facilitando el intercambio y diálogo de saberes y promoviendo la creación de espacios que propicien el encuentro en torno al patrimonio documental. Por lo tanto, la generación de conocimiento y el acceso democrático a la información son esenciales para el progreso y bienestar de los seres humanos, adoptando el uso de las TIC como medio para ampliar la cobertura de acceso informacional.

Adicionalmente, en la sociedad actual el accionar ético juega un papel vital en la construcción de la Sociedad de la Información y el Conocimiento, siendo esencial trabajar por una sociedad más justa, por la dignidad y el valor de la persona, así como por la construcción de la paz sustentada en la búsqueda del sentido de la verdad, la solidaridad, la tolerancia, la honestidad, la responsabilidad social y el respeto.

La información y los documentos son productos sociales y culturales que configuran la objetivación del pensamiento que resulta del conocimiento gradual de realidades específicas, y cuyo fin es el conservar la memoria social. De las diversas clases de documentos, la ciencia de la información y documentación centran su atención en los que fueron creados para comunicar los hallazgos del conocimiento del mundo y del hombre, concebidos en una estructura sintáctica y semántica.

El Archivista estudia la información y su interrelación con el conocimiento y la sociedad, desde una multiplicidad de metodologías y perspectivas, siguiendo el fin mismo de la Archivística, que consiste en satisfacer las necesidades de información documental que tiene la sociedad. El Archivista aborda los elementos técnicos, tecnológicos y científicos inherentes a tal interrelación, que se encuentran representados no solamente en la generación, recolección, procesamiento, almacenamiento, recuperación, diseminación y uso de la información, sino además, en el...

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