Proyecto de ley número 031 de 2023 Cámara, por medio de la cual se establecen medidas especiales de garantía de derechos y acompañamiento psicosocial a los hijos e hijas de mujeres víctimas de feminicidio - 31 de Julio de 2023 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 942504847

Proyecto de ley número 031 de 2023 Cámara, por medio de la cual se establecen medidas especiales de garantía de derechos y acompañamiento psicosocial a los hijos e hijas de mujeres víctimas de feminicidio

Fecha de publicación31 Julio 2023
Número de Gaceta968
G 968 Lunes, 31 de julio de 2023 Página 13
solicitud formal ante la Administradora de pensiones de
manera tardía o porque la administradora de pensiones,
sea privada o pública emitió una respuesta negativa
relacionada con el reconocimiento de la prestación
económica solicitada. Estas negativas prestacionales por
regla general se deben a una interpretación desfavorable
y errónea de la norma, por negligencia, o en razón a
un cambio normativo o jurisprudencial que obligan al
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debatir su derecho pensional.
4. Del ahorro en costos judiciales y litigiosidad.
Este proyecto de ley evitaría costos judiciales al
Estado. En efecto, las administradoras de Pensiones,
Colpensiones y los fondos privados, han sido condenadas
repetidamente a reconocer y pagar prestaciones
económicas que han sido negadas por vía administrativa,
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un tema cuya claridad no se cuestiona y por el contrario
se ha reconocido abierta y reiteradamente la violación de
derechos a los potenciales pensionados.
5. Impacto scal.
La Sostenibilidad Financiera introducida por el Acto
Legislativo 001 de 2005, no debe ser una razón para
desconocer derechos fundamentales como la pensión, ni
mucho menos ser fundamento para medidas regresivas
que limiten la materialización de este derecho, además
que su dominio debe encuadrarse en un marco de
progresividad y sostenibilidad social, acorde a un Estado
Social de Derecho como el nuestro.
6. Causales de impedimento.
En virtud del artículo 286 de la Ley 5a de 1992 y
del artículo 1° de la Ley 2003 del 2009, este proyecto
de ley reúne las condiciones del literal a) y b) de las
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interés como lo desarrolla el artículo 286 de la Ley 5ª
de 1992, toda vez que es un proyecto de ley de interés
general, que puede coincidir y fusionarse con los intereses
del electorado.
En cumplimiento del artículo 3° de la Ley 2003 de
Cordialmente,
* * *
PROYECTO DE LEY NÚMERO 031 DE 2023
CÁMARA
por medio de la cual se establecen medidas especiales
de garantía de derechos y acompañamiento psicosocial
a los hijos e hijas de mujeres víctimas de feminicidio.
Bogotá D.C., julio de 2023.
Doctor
JAIME LUIS LACOUTURE
Secretario General
Honorable Cámara de Representantes
Ciudad
Asunto: Radicación del proyecto de ley, por medio
de la cual se establecen medidas especiales de garantía
de derechos y acompañamiento psicosocial a los hijos e
hijas de mujeres víctimas de feminicidio.
En el marco de las funciones constitucionales y
legales que me asisten en calidad de Representante a la
Cámara, me permito radicar el proyecto de ley, por medio
de la cual se establecen medidas especiales de garantía
de derechos y acompañamiento psicosocial a los hijos e
hijas de mujeres víctimas de feminicidio.
En tal sentido, respetuosamente solicito proceder
según el trámite previsto constitucional y legalmente
para tales efectos.
Cordialmente,
PROYECTO DE LEY NÚMERO 031 DE 2023
CÁMARA
por medio de la cual se establecen medidas
especiales de garantía de derechos y acompañamiento
psicosocial a los hijos e hijas de mujeres víctimas de
feminicidio.
El Congreso de Colombia
DECRETA
Artículo 1°. Objeto. Esta ley tiene por objeto
establecer medidas especiales de garantía de derechos
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mujeres víctimas de feminicidio, cuando (i) el mismo fue
cometido por el padre de dichos hijos y/o hijas y (ii) el
feminicidio hubiese ocurrido mientras los hijos y/o hijas
fueren menores de edad.
Artículo 2°. Finalidad. Las medidas contempladas
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